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El Magistrado Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo a través de de la Sentencia C-703 de 2010, expone que, en relación con el Principio de Prevención “Tratándose de daños o de riesgos, en los que es posible conocer las consecuencias derivadas del desarrollo de determinado proyecto, obra o actividad, de modo que la autoridad competente pueda adoptar decisiones antes de que el riesgo o el daño se produzcan, con el fin de reducir sus repercusiones o de evitarlas"
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Mediante el Decreto-ley 3570 y la Ley 1444 de 2011 se logra la creación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que hagan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia ambiental al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; también, se consolida la creación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA., como entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento, permiso o tramite.
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El máximo tribunal constitucional, mediante Sentencia C-746 de 2012, Magistrado Ponente Dr. Luis Guillermo Guerrero Pérez, Expediente D- 8960 concluyó: “(…) que la licencia ambiental: (i) es una autorización que otorga el Estado para la ejecución de obras o la realización de proyectos o actividades que puedan ocasionar un deterioro grave al ambiente o a los recursos naturales o introducir una alteración significativa al paisaje (Ley 99/93 art. 49)
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Bajo este Decreto se establece que la autoridad ambiental que otorgó la licencia ambiental o estableció el plan de manejo ambiental respectivo, será la encargada de efectuar el control y seguimiento a los proyectos, obras o actividades autorizadas.
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Se realizó la presentación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto troncal de los Andes.
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Se emite la Resolución 2189 que otorga la Licencia Ambiental para el proyecto "Construcción Troncal de Los Andes".
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Mediante Resolución 2189 del 27 de noviembre de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA otorgó Licencia Ambiental a la sociedad ACCESOS NORTE DE BOGOTÁ S.A.S, ACCENORTE S.A.S., identificada, para el proyecto “CONSTRUCCIÓN TRONCAL DE LOS ANDES”, localizado en jurisdicción del municipio de Chía en el departamento de Cundinamarca.
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La comunidad toma conocimiento del humedal Los Andes y la construcción del puente y se manifiesta.
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Por medio de este Decreto se modifica la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA”, modificó la estructura de la Entidad.
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El señor Mauricio Abdalah presentó queja por presunta omisión de esta Autoridad Nacional respecto a visita en la zona del proyecto previo al otorgamiento de la Licencia Ambiental.
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Un ciudadano emite una queja reportando que la dirección de ordenamiento territorial certifica a la ANLA, la no existencia de cuerpos de agua en la CONSTRUCCIÓN TRONCAL DE LOS ANDES.
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Se crea la Mesa Ambiental y Animal de Chía como una mesa ciudadana para abordar temas ambientales y animales.
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Un ciudadano reporta una serie de presuntos impactos ambientales provocados por la sociedad ACCESOS NORTE DE BOGOTA S.A.S.
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La Personería Municipal solicita el reconocimiento del cuerpo de agua a la Secretaría de Ambiente, la ANLA y la categorización a LA CAR.
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Se obtiene el permiso de acceso al predio del Sr. Mustafá y se realiza un reconocimiento de especies y cuerpos de agua importantes.
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Se remite a la CAR un informe con los hallazgos de la visita técnica y se solicita la categorización del cuerpo de agua.
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Mediante un me morando, la ANLA emite el Informe de Visita para evaluación y Seguimiento por parte de Inspectora Ambiental Regional Boyacá / Cundinamarca.
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La CAR realiza una visita técnica al cuerpo de agua en el predio Las Veguitas.
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Se crea Voces del Río, un colectivo ambiental en defensa del Humedal Los Andes.
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Se solicitan fotografías aéreas para analizar el sector y determinar la naturaleza y características del cuerpo de agua.
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Voces del Río logra la presencia del director de la CAR y la visita de la ANLA al predio.
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Se solicita a la CAR un pronunciamiento respecto a sí en el área objeto de licenciamiento ambiental donde existen áreas pantanosas se estaba realizando algún estudio adicional o se encuentra en algún proceso de declaratoria o figura de conservación, sí se traslapa con ecosistemas estratégicos o sensibles, áreas identificadas como de importancia ambiental o con áreas protegidas.
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La CAR programa una visita técnica de seguimiento. La Universidad del Bosque presenta un informe técnico para la caracterización ambiental del predio.
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La CAR da respuesta a la solicitud del 23 de diciembre de 2020, informó que se encontraba realizando evaluación del cuerpo de aguas desde los componentes ecosistémico, hidrológico y geológico.
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La ANLA realiza seguimiento del proyecto y solicita algunos requerimientos a la sociedad encargada ACCESOS NORTE DE BOGOTÁ S.A.S.
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La resolución establece las obligaciones y describe el Jarillón, una estructura que se utiliza para contener las aguas de los ríos y evitar inundaciones.
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La ANLA impuso medidas adicionales a la sociedad ACCESOS NORTE DE BOGOTÁ S.A.S en la jurisdicción del municipio de Chía.
Se reporta que si la sociedad no presenta información a esta Autoridad Nacional sobre los estudios del ambiente, y la misma no haya emitido pronunciamiento al respecto, no podrá́ desarrollar ningún tipo de actividades constructivas en dicha área. -
El Humedal San Jacinto Los Andes efectivamente es un espacio que presenta una identidad suficiente para ser reconocido como un humedal en el marco de la definición de humedal adoptada por el país a través de la Ley 357 de 1997.
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La sociedad ACCESOS NORTE DE BOGOTÁ S.A.S remitió a la ANLA las firmas propietarias del predio Las Veguitas, así como la Personería y Secretaria de Ambiente de Chía solicitando acceso al predio.
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El informe contiene análisis y evaluaciones técnicas sobre el proyecto, incluyendo aspectos ambientales, hidrológicos u otros relacionados con el área.
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La ANLA suspendió los efectos jurídicos de la licencia ambiental otorgada, imposición de medida cautelar sobre la totalidad del proyecto en el cual no se puede continuar con la ejecución de las actividades de obra programadas.
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La Personería Municipal solicita el reconocimiento del cuerpo de agua a la Secretaría de Ambiente, la ANLA y la categorización a la CAR.
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Esta Autoridad Nacional, en aplicación del principio de prevención y teniendo como fundamento principal el insumo técnico enviado por el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt acerca del cuerpo de agua del predio “Las Veguitas”, ajustará vía seguimiento el artículo primero de la Resolución 414 de 26 de febrero de 2021 artículo primero de la Resolución 1037 de 18 de mayo de 2022.
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La sociedad ACCESOS NORTE DE BOGOTÁ S.A.S remite a la ANLA, solicitud para ingresar al predio “ Las Veguitas” dada la negativa por parte de sus propietarios a permitir el acceso manifestando la existencia de un estudio elaborado por la Universidad del Bosque que presuntamente suple la caracterización requerida por la ANLA.
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La Resolución 1037 modifica la Resolución 414. Esta modificación puede incluir cambios en las obligaciones establecidas anteriormente.
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Por la cual se resuelve un recurso de reposición en contra de la Resolución 414 del 26 de febrero de 2021. Imponer a la sociedad Accesos Norte de Bogotá S.A.S., ACCENORTE S.A.S. en desarrollo del proyecto “Construcción Troncal de Los Andes” localizado en jurisdicción del municipio de Chía en el departamento de Cundinamarca.
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La ANLA dio respuesta al comunicado del 27 de mayo de 2022, indicando que el estudio presentado de la Universidad El Bosque seria evaluado y analizado en el respectivo Concepto Técnico de seguimiento por parte del equipo de seguimiento ambiental del Grupo Alto Magdalena.
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Se presentó un informe por parte de la comisión de visita de seguimiento. Contener evaluaciones, observaciones y recomendaciones de la visita al predio.
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La sociedad ACCESOS NORTE DE BOGOTÁ S.A.S, ACCENORTE S.A.S., remitió́ a esta Autoridad Nacional copia de oficio enviado a la sociedad MUSTAFÁ HERMANOS S.A.S reiterando la solicitud de autorización para ingresar al predio “Las Veguitas” el día 27 de septiembre de 2022, con el fin de realizar las actividades asociadas a caracterización físico - biótica del cuerpo de agua.
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Se realiza una reunión con la comunidad y el colectivo llamado Voces del Río, y se hace un compromiso de visita al predio Las Veguitas.
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Esta Autoridad Nacional se informó al señor MAURICIO ABDALAH MUSTAFÁ LOTERO, la programación de visita a predio denominado “Las Veguitas” a realizarse el día 27 de octubre de 2022 con la asistencia y participación de funcionarios del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
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Se presentan diversos anexos de seguimiento y control del "humedal de los Andes", y se realizan acciones de análisis y se lleva a cabo una visita al predio.
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Se informa inconvenientes para la visita al predio Las Veguitas, y se retrasan los cronogramas.
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Se da negativa para continuar con la caracterización del predio Las Veguitas.
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Se acoge el concepto Técnico que puede ser una opinión o evaluación técnica realizada por expertos en relación con aspectos específicos del proyecto.
La ANLA realiza seguimiento de la “CONSTRUCCIÓN TRONCAL DE LOS ANDES”. -
Se utilizaron insumos cartográficos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi desde el año 1946 hasta el año 2020.
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Se realizan diversas solicitudes de ingresos al predio Las Veguitas.
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Se emite copia de un oficio a la ANLA para proceder a autorizar el ingreso al predio en mención a fin de ejecutar el estudio de los componentes de flora y fauna, actividades que requieren como mínimo 8 noches efectivas.
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El ingreso solamente fue permitido desde día jueves 19 de enero de 2023, así mismo informa que el día de hoy 21 de enero de 2023 en horas de la mañana, por parte del personal de Administración del grupo San Jacinto, se informa al personal que está realizando los trabajos de caracterización del componente de fauna en el predio.
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Se solicita permiso de ingreso al predio “Las Veguitas” dado que desde el domingo 22 de enero del año en curso a las 3:00 pm no fue posible ingresar al predio sino hasta el 24 de enero del mismo año a las 5:00 am.
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El instituto de investigación de recursos humanos envía un insumo técnico acerca del cuerpo de agua presente en el predio Las Veguitas.
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El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt presentó a esta Autoridad Nacional documento denominado “Información síntesis en relación al proceso Troncal de los Andes.
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, presentó a esta Autoridad Nacional documento denominado “Informe de gestión de insumos cartográficos para solicitud de análisis multitemporal en el predio “Las Veguitas” -
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Se cumple el plazo inicial de la caracterización ambiental, caracterización que no se pudo realizar.
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Se han evidenciado varios cambios en el sector de la construcción del dique que fragmentó el humedal de San Jacinto y la reconformación de los jarillones en el Río Bogotá. Estas adecuaciones hidráulica en este sector con el dragado del cauce, produjeron un descenso en los niveles de agua en los humedales aledaños al río y rompió los flujos naturales del agua subsuperficial que pasaban del río al humedal en épocas de lluvias. Esto trajo diferentes afectaciones en la flora del sector.
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La Resolución 1055 ajusta la Resolución 414, además de adoptar otras determinaciones además de incorporar cambios adicionales a las obligaciones y requisitos.
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Mediante la expedición del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, el Gobierno Nacional expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente, incluido lo referente al Título VIII de la Ley 99 de 1993, sobre licencias ambientales.
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Los instrumentos de manejo y control ambiental no son autorizaciones intangibles sino dinámicas, ello por cuanto se deben adaptar a los cambios que se generan en los ecosistemas por el simple paso del tiempo o a la nueva normativa que propende por una mejor protección a los recursos naturales o un mejor goce y ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, el cual fue definido por la Corte Constitucional, en sentencia C – 443 de 2009.
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