POLITICAS AMBIENTALES Y DE CONSERVACIÓN EN EL PERU

  • primeras disposiciones

    primeras disposiciones
    Se emite las primeras disposiciones a la contaminación minera obligando a Cerro de Pasco Corporation a instalar un sistema para despejar de los humos partículas en suspensión nocivas.
  • control sanitario

    control sanitario
    Se emite las primeras disposiciones para el control sanitario de plantas industriales.
  • Normas relativas a los desagües industriales

    Normas relativas a los desagües industriales
    Se emite las primeras disposiciones sobre olores y ruidos molestos, y normas relativas a los desagües industriales.
  • LEYES DE AGUAS,MINERIA,FAUNA SILVESTRE

    LEYES DE AGUAS,MINERIA,FAUNA SILVESTRE
    • Se dicta la ley general de aguas y el código sanitario en el sector agricultura.
    • Se promulga la ley general de minería.
    • Se promulga la ley forestas y de fauna silvestre.
    • Se crea la oficina nacional de evaluación de recursos naturales (ONERN)
    • Se determina los valores permisibles para agentes químicos en el ambiente de trabajo
  • CONSIDERACIONES AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

    CONSIDERACIONES AMBIENTALES EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
    Se emite mandatos constitucionales:
    • Uso sostenido de los RRNN.
    • Protección del medio ambiente.
    • Desarrollo de la amazonia.
    • Derecho a vivir en ambiente sano.
    • Desarrollo integral de grupos amazónicos y de los andes.
  • la deuda externa y crisis económica internacional

    la deuda externa y crisis económica internacional
    • Caracterizada por la problemática de la deuda externa y crisis económica internacional.
    • Presencia de grupos terroristas y el narcotráfico.
    • Se determina la erradicación de los cultivos de la hoja de coca que causa grave impacto ambiental.
  • CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE

    CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE
    • Se dicta el código del medio ambiente.
    • Se introduce los principios ambientales como herramientas de gestión ambiental:
    - Principio de prevención.
    - Principio contaminador – pagador.
    - Evaluación de impacto ambiental.
    - Ordenamiento ambiental.
    - Sistema de gestión ambiental.
  • CODIGO PENAL (Decreto Legislativo N° 635)

    CODIGO PENAL (Decreto Legislativo N° 635)
    DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA:
    • Envenenar, contaminar o adulterar aguas o sustancias alimenticias o medicinales, destinadas al consumo.
    • Adulterar de modo peligroso para la salud sustancias o bienes destinados al uso público. DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES Y EL MEDIO AMBIENTE.
    • Sanciona a quienes contamina el medio ambiente, vertiendo residuos sólidos, líquidos o gaseosos o de cualquier naturaleza por encima de los límites establecidos.
  • El CCD promueve 6 artículos referidos a salud y ambiente

    El CCD promueve 6 artículos referidos a salud y ambiente
    CAPITULO II
    Art. 2: Toda persona tiene derecho:
    19: A su identidad étnica y cultural, el estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la nación.
    DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES
    • Los RRNN, renovables y no renovables, son patrimonio de la nación, el estado es soberano en su aprovechamiento.
  • CREACION DEL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE – CONAM.

    CREACION DEL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE – CONAM.
    Tiene por finalidad planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y el patrimonio natural de la Nación.
  • LEY GENERAL DEL AMBIENTE. LEY N. 28611

    LEY GENERAL DEL AMBIENTE. LEY N. 28611
    ARTICULO I.- DEL DERECHO Y DEBER FUNDAMENTAL.
    Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente
    ARTICULO V. DEL PRINCIPIO DE SOSTENIBILIDAD.
    La gestión del ambiente y de sus componentes.
    ARTICULO VI. DEL PRINCIPIO DE PREVENCION.
    ARTICULO IX. DEL PRINCIPIO DE RESPONABILIDAD AMBIENTAL.
  • CREACIÓN DEL MINAN. (MINISTERIO DEL AMBIENTE)

    CREACIÓN DEL MINAN. (MINISTERIO DEL AMBIENTE)
    Objeto es la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.