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Es la carta magna de la República de Colombia. Fue promulgada en la Gaceta Constitucional número 114 del jueves 4 de julio de 1991, y también se le conoce como la Constitución de los Derechos Humanos. Reemplazó a la Constitución Política de 1886 y fue expedida durante la presidencia del liberal César Gavia.
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Crea el Ministerio del Medio Ambiente y Organiza el Sistema Nacional Ambiental. Reforma el sector Público encargado de la gestión ambiental. Organiza el sistema Nacional Ambiental y exige la Planificación de la gestión ambiental de proyectos.
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El texto de código nacional de recursos naturales renovables y de protección del medio ambiente, establece que el ambiente es patrimonio común. El estado y particulares deben participar en su preservación y manejo, que son de utilidad pública e interés social. La preservación y manejo de los recursos naturales renovables también son de utilidad pública e interés social.
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Define la licencia ambiental LA: naturaleza, modalidad y efectos; contenido, procedimientos, requisitos y competencias para el otorgamiento de LA.
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Reglamenta la licencia ambiental y otros permisos. Define los casos en que se debe presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas, Plan de Manejo Ambiental y Estudio de Impacto Ambiental.
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Nombre del Tratado:Acuerdo entre la República de Colombia y la República del Ecuador para aprovechamiento integral de la Energía Geotérmica.
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Define el seguro ecológico y delitos contra los recursos naturales y el ambiente.
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Por el cual se reestructura el Ministerio del Medio Ambiente.
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Por el cual se priorizan a nivel nacional el ordenamiento y la intervención de algunas cuencas hidrográficas y se dictan otras disposiciones.
Habla sobre: Priorización de cuencas hidrográficas a nivel nacional (río Páez, río Guarinó, río Guatiquía. río Chicamocha. río Bogotá. río Medellín. río Suárez, río Sinú, río Cali, río Combeima, declaración del ordenamiento, incorporación de los planes de ordenación en los planes de gestión ambiental regional. -
Habla sobre: Control sanitario de los usos del agua, Residuos líquidos y sólidos, la disposición de excretas., las emisiones atmosféricas, Suministro de agua, las aguas superficiales, subterráneas, lluvias, la conducción, las estaciones de bombeo, la potabilización del agua, los agentes físicos, químicos, biológicos, la seguridad industrial, la medicina preventiva y saneamiento básico, las sustancias peligrosas -plaguicidas- artículos pirotécnicos, las edificaciones, los alimentos.
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Nombre del tratado: Acuerdo sobre medio ambiente entre Canadá y la República de Colombia” hecho en lima Perú el 21 de noviembre de 2008, y el “canje de notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del acuerdo sobre medio ambiente entre Canadá y la república de Colombia.
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Nombre del Tratado: Acuerdo Complementario En Materia De Combustibles Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República De El Salvador.
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En cuanto a usos de agua y vertimientos. Habla sobre el ordenamiento del recurso hídrico, la destinación genérica de las aguas superficiales, subterráneas, marinas, los criterios de calidad para la designación del recurso.
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Nombre del Tratado: Acuerdo para el establecimiento de una Secretaria para la aplicación de la Legislación Ambiental bajo el acuerdo de Promoción comercial estados unidos Colombia.