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  Desde el origen de los sistemas nacionales de educación, salud y seguridad social, hasta hace una década, cuando existían las evaluaciones, las realizaban las instituciones responsables de los programas en áreas de evaluación internas, y eran para uso exclusivo de las mismas.
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  México participó por primera vez en una evaluación estandarizada internacional del desempeño lingüístico y matemático de los estudiantes de nivel básico.
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  Esta evaluación fue contemplada en el diseño original del programa y ha sido implementada por instituciones y equipos de investigadores expertos e independientes nacionales e internacionales.
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  Se obliga al Poder Ejecutivo Federal presentar un estudio sobre la distribución de impuestos y beneficios del gasto público
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  Plantación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL)
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  Concluye la etapa de evaluación interna de la educación básica.
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  El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social es una instancia gubernamental mexicana con autonomía y capacidad técnica para generar información objetiva sobre la situación de la política social y la medición de la pobreza en México, que permita mejorar la toma de decisiones en la materia
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  Evaluación nacional de logro académico en centros encolares que hace disponibles los resultados a nivel de escuela y alumnos, es una condición necesaria para la rendición de cuentas de los responsables últimos de los servicios hacia los usuarios directos, los padres de familia.
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  La presente Ley es de orden público, y tiene por objeto reglamentar los artículos 74 fracción IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales
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  Conjunto general de normas, criterios, metodologías, lineamientos y sistemas, que establecen la forma en que deben desarrollarse las acciones para alcanzar los objetivos propuestos en el proceso de programación-Presupuestación.
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  La reforma constitucional es el mecanismo formal que la propia Constitución establece para su modificación o alteración. Este procedimiento debe ser más complicado que el que se sigue para cambiar la norma ordinaria, debido a la supremacía del precepto constitucional y a la necesidad de que la ley fundamental guarde alguna estabilidad.
