Legislacion Laboral Diana Carolina Moreno Pulido id 288927

  • Simon Bolivar

    El primer antecedente de seguridad social lo encontramos con el Libertador Simón Bolívar, cuando en su discurso ante el Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819 señaló: «El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política.
  • Rafael Uribe Uribe

    Ley del General Rafael Uribe Uribe, de gran importancia en lo referente a la reglamentación de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, consagra las prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, la 13 clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo. Históricamente establece la primera y estructurada definición de Accidente de Trabajo.
  • Seguro Social

    Se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana. Funcionó bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora de salud (EPS) junto a una red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS); asimismo con cesantías ypensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARS).
  • Codigo Sustantivo del trabjo

    se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día
  • Regimen Laboral

    Reglamentaron el régimen laboral y prestacional de los empleados públicos. Industrial. RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL - Características del que cobija a
    servidores públicos. Reseña histórica / EMPLEADOS PÚBLICOS - Régimen
    salarial y prestacional. Reseña histórica / RÉGIMEN PRESTACIONAL -
    Competencia para fijarlo a los empleados públicos / ENTIDAD
    DESCENTRALIZADA - Competencia para fijar régimen salarial. Limites/
    RÉGIMEN SALARIAL EN EL DISTRITO CAPITAL - Regulación legal.
    Competencia"
  • Codigo Sanitario Laboral

    nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas.
  • Trabajo Con Pantallas de Vizualizacion

    En todos los campos de actividad, ya sean industriales, administrativos o de gestión, la lectura e información presentada sobre pantallas ha tenido un desarrollo destacado que se ha ampliado considerablemente por la generalización del empleo del ordenador.
    La visualización y el tratamiento de informaciones sobre pantallas catódicas representan la utilización mayor de este modo de comunicación, utilización permanente o temporal, asociada a otras formas de trabajo.
  • Comite Nacional De salud Ocupacional

    Mediante el Decreto 586 se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional, Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud Ocupacional se expide el Decreto 614 de 1984, el cual establece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñar poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional.
  • Plan Nacional de Salud Ocupacional

    Se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad
    y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias
  • Seguridad Industrial Higiene Laboral

    DECRETO 614 1984 (marzo 14)
    Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país.
    Artículo 3. Campo de la aplicación de las normas sobre la salud ocupacional. Las disposiciones sobre la salud ocupacional se aplicaran en todo lugar y clase de trabajo, cualquiera que sea la forma jurídica de su organización y prestación; así mismo regularán las acciones destinadas a proveer y proteger la salud de las personas.
  • Programas de Salud Ocupacional

    Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989
    Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
    LOS MINISTROS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SALUD
    En uso de sus facultades legales y en especial de las que les confieren los Artículos 28, 29 y 30 del Decreto 614 de 1984, y
  • Disposiciones minimas de Seguridad

    Referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización
  • Avtividades en Materia de Salud Ocupacional

    RESOLUCIÓN NÚMERO 1075
    Por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional.
    EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, En uso de sus facultades legales y las conferidas por el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo
    CONSIDERANDO:
    Que es de competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, establecer medidas tendientes a que el trabajo se realice dentro de condiciones apropiadas, para la conservación de la salud y el bienestar de los trabajadores.
  • Riesgos Profesionales

    DECRETO 1295 DE 1994, (junio 22)
    Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
  • Licencias de Salud Ocupacional

    RESOLUCION NUMERO 2318 DE 1996, (Julio 15)
    Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
  • Normas de Riesgos Profesionales

    LEY 776 DE 2002, (Diciembre 17)
    Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.
    EL CONGRESO DE COLOMBIA
    DECRETA:
    ARTÍCULO 1. DERECHO A LAS PRESTACIONES.
    ARTÍCULO 2. INCAPACIDAD TEMPORAL.
    ARTÍCULO 3. MONTO DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL.
  • Investifacion de Incidentes y accidentes laborales

    Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención, y monitorio permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.