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El general Rafael Uribe Uribe planteó la primera política orientada hacia la seguridad de los trabajadores.
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El mismo Uribe pidió la indemnización de los trabajadores victimas de accidentes de trabajo.
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Con la ley 57 el congreso obligó a las empresas de alumbrado, acueducto, ferrocarriles, tranvías, fábricas de licores, fósforos y albañilería , etc, pagar indemnizaciones por incapacidad o muerte y gastos de entierro en el último caso y velar por la asistencia médica y farmacéutica de los empleados.
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Se estableció en Bogotá y la actividad principal es el reconocimiento de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y su evaluación en materia de indemnizaciones.
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Mediante la Ley 53, se otorgó a la mujer embarazada dándole derecho a ocho semanas de licencia remunerada.
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En 1946 se fundó la Sociedad Colombiana de Medicina del trabajo. *También fue aprobada la ley 90 creadora de los seguros sociales.
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El Ministerio de Salud desarrolló el plan de salud ocupacional para capacitar profesionales colombianos, como médicos, ingenieros o sección anexa , medicina de higiene y seguridad industrial.
- Se creó CONALPRA que en 1958 cambió su nombre por Consejo Colombiano de Seguridad.
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El Ministerio del trabajo creó la División Salud Ocupacional , su función era prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
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Con la Ley 9 surgió el código sanitario nacional donde en su título III estableció normas para preservar y conservar y mejorar la salud de los individuos.
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Se establecen bases para la organización y administración de Salud Ocupacional país.
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Se reglamentó los comités paritarios de salud ocupacional en el trabajo.
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Se reglamentó la organización y funcionamiento de los programas de salud ocupacional que debían desarrollar los empleadores y patronos en el país.
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La Constitución consigna los principios fundamentales como derecho al trabajo ,derecho a condiciones dignas y justas , y garantía al acceso de las personas a la promoción , protección y recuperación de la salud.
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Se crea el Sistema Seguridad Social Integral.
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Se reglamentó la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
* El Decreto 1281 reglamentó las actividades de alto riesgo.
*En el Decreto 1772 se reglamentó la afiliación y cotización al Sistema General de Riesgos Profesionales. -
Se reglamenta la expedición de licencia en salud ocupacional para personas naturales y jurídicas.
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Reglamentó la integración, Financiación y funcionamiento de las juntas de invalidez.
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Surgen los formatos de informe de accidentes de trabajo y enfermedad laboral.
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Se reglamentó la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. *También salió la Resolución 2346 donde se regulaba las evaluaciones médico ocupacionales y contenido de historias clínicas.
*La Resolución 2844 se adoptan las GATISO o guías de atención integral en salud ocupacional. -
Establece las disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención e intervención y monitoreo permanente a la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo.
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DECRETO 2566 adoptó esta tabla.
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En esta ley se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan algunas disposiciones en salud ocupacional.También se define el término de accidente laboral y su reconocimiento económico y obligaciones de las ARL.
* La Resolución 1409 , regula los trabajos en alturas. -
Con el Decreto 1443 de 2014 se reglamenta la implementación de este sistema con el fin de reducir la accidentalidad y mortalidad en el sector trabajo.
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En el año 2015 surge el Decreto único reglamentario del sector trabajo 1072, en donde el capitulo 6 tiene una compilación del Decreto 1443.
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La Resolución 1111 de 2017 , fija los parámetros mínimos a cumplir en el SG-SST y define las fechas de transición y aplicación de dicho sistema.