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El general Rafael Uribe Uribe fue el primero en plantear una política orientada a la salud de los trabajadores.
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El General Uribe pide indemnización para los trabajadores victimas de accidentes de trabajo.
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El congreso aprobó la Ley 57 que obligo a las empresas de alumbrado y acueducto público, ferrocarriles y tranvías, fabricas de licores y fósforos, empresas de construcción y albañilería con no menos de 15 obreros, minas, canteras, navegación por embarcaciones mayores, obras publicas nacionales y empresas industriales servidas por maquinas con fuerza mecánica a otorgar asistencia médica y farmacéutica, y a pagar indemnizaciones en caso de incapacidad o muerte.
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La Ley 46 de 1918, dictaminaba medidas de Higiene y Sanidad para empleados y empleadores
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La Ley 37 de 1921, establecía un seguro de vida colectivo para empleados.
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La Ley 10 de 1934, reglamentaba la enfermedad profesional, auxilios de cesantías, vacaciones y contratación laboral
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Se creo en Bogotá la oficina de Medicina Laboral que tenía como objetivo el diagnostico de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para poder así indemnizar a los empleados.
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Se establece la Legislación Laboral en donde se habla de los riesgos del trabajo.
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La Ley 96 de 1938, genero la creación de la entidad hoy conocida como Ministerio de la Protección Social
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Mediante la Ley 53 se otorgó protección a la mujer embarazada dándole derecho a 8 semanas de licencia remunerada en la época del parto.
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La Ley 44 de 1939, creación del Seguro Obligatorio e
indemnizaciones para accidentes de trabajo -
Decreto 2350 de 1944, que promulgaba los fundamentos del Código Sustantivo del Trabajo y la obligación de proteger a los trabajadores en su trabajo.
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Es en el año 1945 cuando se cementan las bases de la salud ocupacional en Colombia, al ser aprobada la Ley 6 (Ley General del Trabajo) por la cual se promulgaban disposiciones relativas a las convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de los asuntos del trabajo
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En la administración de Alfonso López Pumarejo se presentó ante el congreso la Ley 90 de 1.946 creadora del instituto de Seguro social.
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La sociedad colombiana de medicina del trabajo fue fundada y ha desarrollado permanente labor de la promoción de la medicina del trabajo.
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La Ley 90 se crea el Instituto de Seguros Sociales, con el objetivo de prestar servicios de salud y pensiones a los trabajadores colombianos.
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Mediante el Acto Legislativo No.77, se crea la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial y posteriormente
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Con el Decreto 3767 de 1949, se establecen políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo.
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Comenzo a operar con los únicos seguros de enfermedad general y maternidad.
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Se utiliza la primera tabla de enfermedades profesionales y se categorizan las incapacidades temporales, permanetes, parciales, permanentes totales y gran invalidez. Además de las indemnizaciones por enfermedad laboral.
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El Ministerio de Salud, desarrolló un plan de Salud Ocupacional, para capacitar profesionales colombianos, quienes realizaron el primer diagnostico.
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Se creó CONALPRA que posteriormente, en 1.958 cambia su nombre por Consejo Colombiano de Seguridad (CCS).
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El Ministerio de Trabajo formó la División de Seguridad y Salud en el Trabajo, INPES.
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En el gobierno de Guillermo León Valencia se hizo extensivo a accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
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Siendo Presidente Carlos Lleras Restrepo se ampliaron los beneficios a los riesgos de invalidez, vejez y muerte.
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El decreto Ley 0433 de 1971 sustituyó casi en su totalidad la Ley 90 de 1.946
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El decreto 0770 de 1.975 creó la medicina familiar.
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El decreto Ley 0148 de 1.976, le dio una nueva reorganización al Seguro Social
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La Ley 9 de 1979 fue la primera aproximación real del gobierno a la protección de la salud del trabajador, en especial su artículo 81 que señala que “la salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo socioeconómico del país; su preservación y conservación son actividades de interés social y sanitario en la que participarán el gobierno y los particulares”
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Ley 100 de 1993 y del Decreto Ley 1295 de 1994 se creó el Sistema General de Riesgos Profesionales, el cual estableció un modelo de aseguramiento privado de los riesgos ocupacionales y cuyo principal objetivo fue la creación y promoción de una cultura de prevención en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
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la Ley 879 del 2000, también llamada Ley de Flexibilización Laboral, permitió la intermediación de la contratación a través de cooperativas de trabajo, que, en muchos casos, desatienden las normas mínimas relativas a la seguridad social
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Las afecciones del sistema musculo-esquelético aparecen
en el 80% de los diagnósticos de enfermedad profesional notificados en el 2003, y el 83% en el 2004. -
En el 2008 un 30% de las enfermedades profesionales se declararon desde el sector industrial manufacturero, un 17% desde el sector de actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler y un 15% desde el sector de agricultura, ganadería, caza y silvicultura
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Ya en el año 2008, el Decreto 2646 pretende dar una respuesta para el manejo de los riesgos psicosociales y el estrés a los que se ven expuestos los trabajadores.
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Con relación a las enfermedades profesionales, el Ministerio de Protección Social expidió el Decreto 2566 de 2009, en el cual se actualizó la lista de enfermedades profesionales a efectos de complementar lo definido en el Sistema General de Riesgos
Profesionales en cuanto a protección de los trabajadores contra los riesgos ocupacionales. En este decreto, se relacionan 42 enfermedades profesionales. -
Hoy en día en muchas empresas se sigue viendo a la salud ocupacional como un sobrecosto y no como una inversión que trae beneficios, no solo para el empleador sino para los empleados, ya que mejora el clima organizacional. Al final, esto repercute en un aumento de la productividad porque disminuye el ausentismo laboral y los costos por indemnizaciones que se deben pagar por los accidentes y enfermedades profesionales.