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Se crea la Comisión de Eficiencia para racionalizar el aprovechamiento de los recursos y la Comisión Intersecretarial para la elaboración de un plan coordinado de mejoramiento de la organización de la administración pública.
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Se crea la Secretaría de la Presidencia para estudiar los acuerdo presidenciales, recabar los datos para elaborar el plan general de gasto público e inversiones del Poder Ejecutivo Federal y los programas especiales.
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La comisión de Administración Pública (CAP), en el Informe sobre la Reforma de la Administración Pública Mexicana, señala la necesidad de crea en cada Secretaría y Departamento de Estado. Unidades de Organización y Métodos (UOM) enfocadas en el estudio, análisis y planeación de la actividad administrativa.
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Se establece que le corresponde a la Secretaría de la Presidencia el llevar a cabo visitas periódicas de evaluación en materia de la reforma administrativa, así como elaborar los diagnósticos necesarios, relacionándose para ello con las Comisiones Internas de Administración y con las Unidades de Organización y Métodos
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se publica la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) en donde se establecen nuevos esfuerzos para elevar la eficiencia y eficacia de la Administración Pública Federal.
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Se emite la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público (LPCGPF), que en su articulo 5 señala la labor de realizar actividades de evaluación por parte de la SPP y la elaboración de disposiciones procedentes para el eficaz cumplimiento de sus funciones.
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El Plan Global de Desarrollo (PGD) constituye el primer ejercicio de integración programática de carácter nacional, mediante un sistema integrado de planeación como instrumento para la toma de decisiones, la participación y el compromiso de todos los sectores.
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Se crea la Secretaría de la Contraloría General de la Federación (SECOGEF) a la cual le correspondió planear y coordinar el Sistema de Control y Evaluación Gubernamental; inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con el presupuesto de egresos, realizar a solicitud de la SHCP y de la SPP, auditorías y evaluaciones a las dependieras y entidades de la Administración Pública Federal.
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A partir de este año, la Ley de Planeación asienta las bases para establecer las normas y principios básicos, conforme a los cuales se llevara el PND.
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Con la reforma de los Artículos 25, 26, 27 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) se estableció el Sistema Nacional de Planeación Democrática y con éste la obligatoriedad de la elaboración de un Plan Nacional de Desarrollo (PND) y la definición de políticas públicas y programas gubernamentales a partir de éste.
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La SHCP se fortalece con la eliminación de la SPP, nuevamente la planeación y el control de los egresos de la APF pasaría a formar parte de sus atribuciones. La SCHP denominada evaluación al monitoreo especifico del gasto publico.
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La SECOGED se transforma en la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM) con lo que el desarrollo administrativo se posiciona como una tarea prioritaria.
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En el PND se reconoció la importancia de la participación de la ciudadanía en temas de presupuesto por lo que por primera vez se propuso que los recursos se utilizaran con legalidad, transparencia, honestidad y eficiencia, dando por ello paso a la Nueva Estructura Programática (NEP) y al Sistema de Evaluación de Desempeño (SED).
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Se creó el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) desde el cual se impulso el tema de la evaluación, especialmente ante el aumento de programas sociales y la necesidad de conocer el impacto de las acciones gubernamentales en la población y el grado de desempeño de las instituciones encargadas de implementarlos.
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Se publica la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) en la cual el SED queda asentado en el articulo 2 Fracción LI, así mismo, se estableció su obligatoriedad en el articulo 25 fracción III de dicha Ley.