Mundo

EVOLUCIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL DE COLOMBIA Y EL MUNDO

  • 4 BCE

    EGIPTO 4.000 A.C.

    EGIPTO 4.000 A.C.
    Tenian un trato diferente los guerreros, embalsamadores y fabricantes de armas, los cuales tenian leyes especiales para realizar su trabajo y evitar accidentes de trabajo.
    Las medidas de protección estaban dadas por el Faraón y se implementaron en las grandes urbes o ciudades con talleres reales
  • 1 CE

    GRECIA 1.000 J.C.

    GRECIA  1.000 J.C.
    En Grecia se estableció una sociedad de formación económica social esclavista. Este sistema hizo posible la aparición de grandes culturas como la del Estado Griego y el Imperio romano, desarrollándose en Grecia el espacio ideal para el desarrollo intelectual, en cambio en Roma el espacio fue para la guerra.
  • 2

    MESOPOTAMIA 2.000 A.C.

    MESOPOTAMIA 2.000 A.C.
    Se origino el código legal, el cual fue creado por el Rey Hammurabi y en nombre de este rey se llamo luego el código de Hammurabi, dicho código unifica las leyes de los pueblos Babilonios, grabándolas en una piedra como símbolo de fortaleza para que todos los ciudadanos conocieran sus derechos y deberes.
  • 23

    PLINIO EL VIEJO (23-79 D.C.)

    PLINIO EL VIEJO  (23-79 D.C.)
    Describe un número de enfermedades ocupacionales, a las que clasifica como “enfermedades de los esclavos”, al referirse a los trabajadores de la manufactura y la minería; comenta el uso de pedazos de lino a manera de respiradores por los refinadores de minio, sulfuro rojo de Mercurio
  • 129

    GALENO

    GALENO
    GALENO Y CELSO: Incluyen también en sus escritos breves comentarios sobre enfermedades debidas a exposiciones de origen ocupacional.(Pérgamo, 129-Roma, c. 201/216),
  • 460

    HIPOCRATES

    HIPOCRATES
    El padre de la medicina describe la intoxicación como enfermedad ocupacional.(Cos, c. 460 a. C.-Tesalia c. 370 a. C.)
  • 476

    EDAD MEDIA

    EDAD MEDIA
    cae el imperio romano y se inicia este periodo, de edad media el cual comenzó aprox. en 476 D.C.-1453 D.C. En esta época se forman los estados y recae sobre esta la necesidad de proteger al ciudadano, circunstancia que posteriormente fundamento el nacimiento de la salud publica y reciben la formación profesional de esta área
  • 1453

    EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA
    Inicia en 1453 hasta 1914 aquí inicia la revolución industrial y se incorporaron mayor numero de trabajadores, tanto hombre como mujeres y niños es decir que el desarrollo ocasiona la utilización de mayor cantidad de mano de obra y de sistemas mecánicos mucho más complicados y peligrosos para quienes los manejaban, ocasionando accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.El movimiento intelectual de la ilustración donde la razón es la única guía para llegar a la sabiduría
  • EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA
    Año 1784: En el año de 1784, una epidemia de fiebre en las fabricas de hilados de algodón cercanas a Manchester, incitó a desarrollar la primera acción en pro de la seguridad por parte del gobierno. Atrajo así la atención de un público influyente sobre la explotación de los niños.
  • EDAD MODERNA HECHOS IMPORTANTES

    EDAD MODERNA HECHOS IMPORTANTES
    Año 1795: En el año de 1795 se formó la Cámara de Salud de Manchester, la que asesoraba en relación con la legislación para reglamentar las horas y las condiciones del trabajo en las fábricas.
    Año 1811: En el año de 1811 se organizó un movimiento en protesta por el trato infrahumano en el trabajo, este movimiento fue llamado Luddista, porque fue desarrollado bajo la dirección de Ned Ludd conocido como un benefactor de los pobres.
  • HISTORIA DE LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA

    HISTORIA DE LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA
    El primer encuentro de seguridad social lo encontramos con el libertador Simón Bolívar, cuando su discurso ante el congreso angostura el 15 de febrero de 1819 señalo: el sistema de gobierno mas perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política.
  • SEGURIDAD ESTADOS UNIDOS

    SEGURIDAD ESTADOS UNIDOS
    En los Estados Unidos no existía estructura industrial.En este país quedaron establecidas las primeras fábricas de hilados en el periodo comprendido entre los años 1820 y 1840 y en donde la legislación relativa a la seguridad vigente en Inglaterra encuentra amigos y defensores en los Estados unidos. Massachussets se consideró el primer estado en tomar la legislación inglesa sobre las fábricas y también algunas cláusulas de las leyes que se referían a las máquinas peligrosas,
  • NFPA

    NFPA
    NFPA (Asociación Nacional de Protección contra el Fuego)
    Organismo del gobierno de los Estados Unidos al que se suscriben centros de servicios contra incendios, comercios e industrias. Sirve como banco de información y generadora de normas técnicas sobre prevención y combate de incendios.
  • LEY 57 DE 1915

    LEY 57 DE 1915
    Tenemos la Ley 57 de 1915, conocida como la Ley del General Rafael Uribe Uribe, de gran importancia en lo referente a la reglamentación de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, consagra las prestaciones económico-asistenciales, la responsabilidad del empleador, la 13 clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo.
  • SEGURO SOCIAL

    SEGURO SOCIAL
    Históricamente se establece la primera y estructurada definición de Accidente de Trabajo en 1946: Se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana. Funcionó bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora de salud (EPS) junto a una red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS); asimismo con cesantías y pensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARS)
  • CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

    CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO
    En 1950 se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día.
  • REGLAMENTO LABORAL COLOMBIANO

    REGLAMENTO LABORAL COLOMBIANO
    reglamentaron el régimen laboral y prestaciónal de los empleados públicos.Industrial.RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL - Características del que cobija a
    servidores públicos. Reseña histórica / EMPLEADOS PÚBLICOS - Régimen
    salarial y prestacional. Reseña histórica / RÉGIMEN PRESTACIONAL -
    Competencia para fijarlo a los empleados públicos / ENTIDAD
    DESCENTRALIZADA - Competencia para fijar régimen salarial. Limites/
    RÉGIMEN SALARIAL EN EL DISTRITO CAPITAL - Regulación legal.
  • ORGANISMOS INTERNACIONALES QUE VELAN POR LA SEGURIDAD

    ORGANISMOS INTERNACIONALES QUE VELAN POR LA SEGURIDAD
    OSHA (OCUPATIONAL SAFETY AND HEALTH ADMINISTRATION)
    Organismo del gobierno de los Estados Unidos encargado de desarrollar y promulgar normas de prevención de accidentes y salud ocupacional, conduce investigaciones y realiza inspecciones para determinar el grado de cumplimiento de las normas.
  • CÓDIGO SANITARIO

    CÓDIGO SANITARIO
    Nace en 1979 el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas.
    LA LEY 9 DE 1979 TITULO 3:
    ARTÍCULO 80: Para preservar, conservar la salud de los individuos en sus opciones presente ley establece normas tendientes a:
    1) Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;2) Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos, que los puedan afectar.
  • COMITÉ NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL

    COMITÉ NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL
    1983: mediante el Decreto 586 se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional ,Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud Ocupacional se expide el Decreto 614 de 1984, el cual establece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional. Se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional.
  • PLAN NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL

    PLAN NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL
    1984 (marzo 14) Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país.
    Articulo 3. Campo de la aplicación de las normas sobre la salud ocupacional. Las disposiciones sobre la salud ocupacional se aplicaran en todo lugar y clase de trabajo, cualquiera que sea la forma jurídica de su organización y prestación; así mismo regularán las acciones destinadas a proveer y proteger la salud de las personas.
  • SEGURIDAD INDUSTRIAL HIGIENE LABORAL

    SEGURIDAD INDUSTRIAL HIGIENE LABORAL
    RESOLUCIÓN 2013 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud en ejercicio de la facultad que les confiere el artículo 25 del Decreto 614 de 1984, dice: Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez o más TBJR, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad industrial
  • RESOLUCION 1016

    RESOLUCION 1016
    Ministerio de Salud 1989 Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989
    Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
    LOS MINISTROS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE SALUD
    En uso de sus facultades legales y en especial de las que les confieren los Artículos 28, 29 y 30 del Decreto 614 de 1984
  • DECRETO 1295 DE 1994

    DECRETO 1295 DE 1994
    DECRETO 1295 DE 1994, (junio 22)
    Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1. DEFINICIÓN. El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirse con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan.
  • RESOLUCION 1075

    RESOLUCION 1075
    Por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional. EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo .Que es de competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, establecer medidas tendientes a que el trabajo se realice dentro de condiciones apropiadas, para la conservación de la salud y el bienestar de los trabajadores.
  • DECRETO 1295 DE 1994

    DECRETO 1295 DE 1994
    Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de
    Riesgos Profesionales. CAPITULO I. DISPOSICIONES
    ARTICULO 1. El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir les con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan.
  • RESOLUCIÓN NUMERO 2709 DE 1996

    RESOLUCIÓN NUMERO 2709 DE 1996
    Por el cual se expide un acto administrativo.ARTICULO 1. Delegar en las Direcciones Seccionales o Locales de Salud, la función de renovar o sustituir las licencias de Salud Ocupacional que fueron otorgadas por el Ministerio de Salud de conformidad con los requisitos establecidos en los literales b, c, y e del artículo tercero y el artículo cuarto de la Resolución 18575 del 26 de Diciembre de 1989.
  • NTP 139: El trabajo con pantallas de visualización

    NTP 139: El trabajo con pantallas de visualización
    ARTICULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 1997 En todos los campos de actividad, ya sean industriales, administrativos o de gestión, la lectura e información presentada sobre pantallas ha tenido un desarrollo destacado que se ha ampliado considerablemente por la generalización del empleo del ordenador.La visualización y el tratamiento de informaciones sobre pantallas catódicas representa la utilización mayor de este modo de comunicación,
  • LEY 776 DE 2002,

    LEY 776 DE 2002,
    Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales. DERECHO A LAS PRESTACIONES. Todo afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales que, en los términos de la presente ley o del Decreto-ley 1295/94, sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional,ellos se incapacite, se invalide o muera, tendrá derecho a que este Sistema General le preste los servicios asistenciales y las prestaciones económicas
  • Resolución número 1401

     Resolución número 1401
    Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.Campo de aplicación. La presente resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los trabajadores dependientes e independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral
  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2346

    RESOLUCIÓN NÚMERO 2346
    “Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales. La presente resolución se aplica a todos los empleadores, empresas públicas o privadas, contratistas, subcontratistas, entidades administradoras de riesgos profesionales, personas naturales y jurídicas prestadoras, entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de servicios de salud y trabajadores independientes del territorio nacional.
  • RESOLUCION 2646

    RESOLUCION 2646
    Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención, y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
  • RESOLUCIÓN NÚMERO 3673

    RESOLUCIÓN NÚMERO 3673
    Por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas Artículo 1º. Objeto y campo de aplicación. La presente resolución tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas y aplica a todos sus empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económica de todos los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen los trabajos en alturas con peligro de caídas.
  • DECRETO 2566 DEL 2009

    DECRETO 2566 DEL 2009
    El Sistema General de Riesgos Profesionales Colombiano adoptó la Tabla de Enfermedades Profesionales según el Decreto 2566 del 7 de julio de 2009. Según el Ministerio de la Protección Social, el anterior decreto refería una lista de 40 enfermedades que no estaban de acuerdo con el desarrollo técnico del Sistema General de Riesgos Profesionales y denotaba un gran vacío jurídico por el que se vulneraban los derechos de los trabajadores.
  • CIRCULAR 0038 DE 2010

    CIRCULAR 0038 DE 2010
    Fue publicada la Circular 0038 de 2010 proferida por el Ministerio de la Protección Social, por medio de la cual se indican ciertas determinaciones e instrucciones referidas a los espacios libres de humo y de sustancias psicoactivas en las empresas.
  • RESOLUCION 652 DE 2012

    RESOLUCION 652 DE 2012
    El Ministerio del Trabajo establece la obligatoriedad para    todas las empresas privadas y públicas para conformar  el Comité de Convivencia Laboral, el cual identificará e intervendrá frente a los riesgos psicosociales en el trabajo causadas por el estrés ocupacional y acoso laboral, el cual identificará e intervendrá frente a los riesgos psicosociales en el trabajo causadas por el estrés ocupacional y acoso laboral.
  • RESOLUCION 1356 DE 2012

    RESOLUCION 1356 DE 2012
    el Ministerio de Trabajo efectuó ciertas modificaciones a la Resolución 652 de 2012, por medio de la cual se determinó la conformación de los comité de convivencia laboral a cargo de los empleadores.
  • LEY 1562 DE 2012

    LEY 1562 DE 2012
    Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
  • RESOLUCIÓN 1409 DE 2012

    RESOLUCIÓN 1409 DE 2012
    por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas
    La presente resolución tiene por objeto establecer el
    Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajo en alturas con peligro de caídas.
  • RESOLUCION 4502 DE 2012

    RESOLUCION 4502 DE 2012
    Se reconocerá la expedición y renovación de las licencias de salud ocupacional a los profesionales universitarios con especialización en salud ocupacional, a los profesionales universitarios en un área de salud ocupacional, tecnólogos en salud ocupacional y técnicos en salud ocupacional, todos ellos con títulos obtenidos en una institución de educación superior debidamente aprobada por el Ministerio de Educación Nacional”.
  • RESOLUCION 1903 DE 2013

    RESOLUCION 1903 DE 2013
    Por la cual modifica el numeral 5° del artículo 10 y el parágrafo 4° del artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012, por la cual se estableció el Reglamento para Trabajo Seguro en Alturas, y se dictan otras disposiciones.
  • DECRETO 1443 DE 2014

    DECRETO 1443 DE 2014
    El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores