normatividad ambiental en colombia andrea

  • Normatividad sobre flora silvestre y bosques

    Ley 2 Reserva forestal y protección de suelos y agua
  • Normatividad sobre el recurso hídrico

    Decreto 1449 Disposiciones sobre conservación y protección de aguas, bosques, fauna terrestre y acuática
  • Normatividad sobre fauna silvestre y caza

    Ley 84 Adopta el Estatuto nacional de protección de los animales
  • Diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana

    El artículo 7 de la Carta Política reconoce y protege la existencia de la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana
  • Normatividad sobre participación comunitaria y patrimonio cultural

    Ley 24 Organización y funcionamiento de la defensoría del pueblo.
  • Registro Único de Ecosistemas y Áreas Ambientales y se adoptan otras disposiciones.

    Ley 99 consagró dentro de los principios
    generales que debe seguir la política ambiental colombiana
  • Ministerio del Medio Ambiente

    Ley 99 de Crea el Ministerio del Medio Ambiente y Organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA). Reforma el sector Público encargado de la gestión ambiental.
  • Licencia ambiental

    Decreto 1753 Define la licencia ambiental LA: naturaleza, modalidad y efectos; contenido, procedimientos, requisitos y competencias para el otorgamiento de LA.
  • Normas Generales

    Decreto 2150 y sus normas reglamentarias. Reglamenta la licencia ambiental y otros permisos. Define los casos en que se debe presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas, Plan de Manejo Ambiental y Estudio de Impacto Ambiental. Suprime la licencia ambiental ordinaria
  • Normatividad sobre el recurso atmosférico

    Resolución 005 Reglamenta niveles permisibles de emisión de contaminantes por fuentes móviles
  • Normatividad sobre patrimonio natural y monumentos nacionales

    Decreto 3048 Consejo de monumentos nacionales
  • Atención de la salud y saneamiento ambiental

    Artículo 49. Consagra como servicio público la atención de la salud y el saneamiento ambiental y ordena al Estado la organización, dirección y reglamentación de los mismos.
  • Función ecológica de la propiedad privada

    articulo 58 Establece que la propiedad es una función social que implica obligaciones y que, como tal, le es inherente una función ecológica.
  • EL DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO

    En su Artículo 79, la Constitución Nacional (CN) consagra que: ¨ Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines ¨.
  • Bienes de uso público

    Articulo 63 Determina que los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
  • MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

    Decreto 1397 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible “Por el cual se establecen las condiciones para el montaje, instalación y puesta en funcionamiento de zonas del territorio nacional para la ubicación temporal de miembros de las organizaciones armadas al margen de la ley en el marco de un proceso de paz”