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El mencionado documento estipula en su Título II, de la Parte III, las disposiciones relacionadas con la Educación Ambiental en el sector formal. Dichas disposiciones establecidas en este código y reglamentadas mediante el decreto 1337 de 1978, ubican el tema de la educación ecológica y la preservación ambiental en el
sector educativo. Las limitaciones del mismo, se enmarcan en que la Educación Ambiental se trabaja, con perspectiva conservacionista y preservacion ambiental. -
mmediante la cual se ratifica el Tratado de Cooperación Amazónica firmado el 12 de marzo de 1981, para promover el desarrollo armónico de los territorios amazónicos, buscando equidad, preservación del medio ambiente y conservación y utilización racional de sus recursos naturales.
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Se establecen una vez más parámetros legales que posibilitan el trabajo en Educación Ambiental, demostrando así que el país ha ido adquiriendo progresivamente una conciencia más clara sobre los propósitos de manejo del ambiente y de promoción de una cultura
responsable y ética al respecto. -
Constitucion politica de 1991. La Carta Constitucional define el carácter social del Estado y en este marco reconoce la protección del medio ambiente como principio fundamental y derecho colectivo. Allí, se establecen y sintetizan los elementos claves que hoy orientan el manejo ambiental del país: protección del ambiente; compromiso con la sostenibilidad y la eficiencia económica; control fiscal; participación ciudadana y respeto por la cultura.
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en 1992 se firma un convenio con la
Universidad Nacional de Colombia. Dicho convenio tenía como objetivo impulsar un equipo
interdisciplinario de trabajo, conformado por profesionales tanto del Ministerio de Educación como
del Instituto de Estudios Ambientales de la Universidad Nacional cuya función era
empezar a explorar las posibilidades estratégicas y metodológicas, entre otras, de la
Educación Ambiental, reflexionar críticamente en torno al concepto de formación integral. -
La Agenda 21 fue suscrita por 172 países miembro de Naciones Unidas. Estos países se comprometen a aplicar políticas ambientales, económicas y sociales en el ámbito local encaminadas a lograr un desarrollo sostenible.
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La Ley 99 de 1993 –Ley del Medio Ambiente, crea el Ministerio del Medio Ambiente (hoy Ministerio de Ambiente y desarrollo sostenible), reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, y organiza el Sistema Nacional Ambiental –SINA-, entre otros.
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(Sistema nacional ambiental),El Sina nació en diciembre de 1993 como resultado de una gradual toma de conciencia entre los ambientalistas públicos y privados del país sobre la urgencia de contar con esquemas institucionales y sociales acordes con la responsabilidad de proteger y hacer un uso sostenible del patrimonio ambiental colombiano, considerado entre los cinco más ricos del planeta.
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El SINA está liderando por el Ministerio del Medio Ambiente, como organismo rector de la política y la normatividad ambiental. Lo integran, además, 34 CAR y de Desarrollo Sostenible, que actúan como autoridades ambientales regionales;cinco institutos de investigación, encargados de dar el soporte técnico y científico a la gestión; cinco autoridades ambientales urbanas en las principales ciudades; una Unidad de Parques Nacionales Naturales.
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Ministerio del Medio Ambiente
Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam)
Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas, Sinchi
Instituto de Investigación de Recursos Biológicos, Alexander Von Humboldt
Villa de Leyva - Claustro de San Agustín
Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico (IIAP)
Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras, José Benito Vives de Andreis (Invemar) -
La ley 152 establece la obligatoriedad de incorporar programas y proyectos ambientales en los planes de desarrollo de las entidades territoriales en Colombia.
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Colombia se adhiere a los convenios marco de las naciones unidas sobre el cambio climático y el convenio de la diversidad biologica
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instrumento político fundamental para
la Educación Ambiental en Colombia, a través del cual se institucionaliza el Proyecto de Educación
Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan criterios para la promoción de la
Educación Ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos de coordinación entre el
Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente. -
mediante la cual se ratifica el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático, el cual propende por lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera, a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático.
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Promover planeacion y ejecucion de proyectos o actividades de educacion ambiental a nivel nacional regional y municipal.
Formular estrategias que incorporen la educacion ambiental como pilar importante para el desarrollo sostenible y transversal que se generen en planes de gestion ambiental.
Generar procesos de investigacion hacia la educacion ambiental
Nutrir por medio del sina a las organizaciones regionales y nacionales. -
La fase de profundización ha tenido cono uno de sus mayores logros la inclusión de la Educación
Ambiental en la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación13) dicha Ley, en el Artículo 5, inciso
10, define como uno de los fines primordiales de la educación "La adquisición de una conciencia
para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso
racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura
ecológica. -
aprueba el Convenio Sobre la Diversidad Biológica cuyos objetivos son la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos
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En 1995, atendiendo a la sistematización de los resultados de implementación, tanto de las fases de exploración como de profundizaron, el Programa de Educación Ambiental del Ministerio de Educación elabora el documento "Lineamientos Generales para una Política Nacional de Educación Ambiental", a través del cual se promueven las bases contextúales y conceptuales fundamentales para la Educación Ambiental en el país, en el marco de las políticas nacionales educativas y ambientales.
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en áreas rurales y pequeño urbanas del país”, a través del Convenio MEN – MMA. (Crédito BID). Este proyecto se ha venido desarrollando en catorce departamentos (Amazonas, Antioquia,
Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Chocó, Córdoba, Magdalena, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca) y ha centrado sus esfuerzos en la consolidación de los Proyectos
Ambientales Escolares (PRAES) y su contextualización, en las propuestas ambientales locales y/o
regionales. -
En este se hace especial énfasis en la necesidad de lograr
una sociedad equitativa y respetuosa de los derechos humanos que
reconozca su identidad y la prioridad de conservar el capital cultural social. En
este mismo sentido el plan amplía las competencias y responsabilidades en materia de protección y
manejo del ambiente cuando señala que los cambios imprescindibles en los individuos, no sólo son
responsabilidad del sistema educativo, sino que deben ser una acción de la sociedad en su
conjunto.