pasos a seguir a los fines de concretar una transferencia de fondo de comercio

By Maivilp
  • Publicar un aviso en el diario de publicaciones legales

    Esta publicación deberá ser por 5 días en el Boletín Oficial y en diarios del lugar en el que funcione el establecimiento que se pretende transferir. El anuncio debe indicar la clase y ubicación del negocio, el nombre y domicilio del vendedor y del comprador, y el nombre y domicilio del rematador y del escribano en dado caso que ellos intervengan.
  • Plazo de oposición de los acreedores

    Los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia al comprador (o al rematador o escribano que intervenga) reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente deposito de las sumas retenidas.
  • Entrega de una nota al comprador (previo a la publicación)

    Antes de la publicación del aviso, quien desee transferir un fondo de comercio deberá entregar al comprador una nota firmada con el detalle de los créditos adeudados, nombre y domicilio de los acreedores, monto de los créditos adeudados y las fechas de vencimientos si es que las hay.
  • Deposito del comprador

    Después de la notificación de la oposición del acreedor, el comprador esta obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y depositarlo en una cuenta judicial en el banco correspondiente.
  • Plazo de embargo judicial

    Desde la notificación de la oposición a la transferencia, el acreedor tiene 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor dentro de ese plazo no trabase el embargo judicial, una vez finalizado los 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas.
  • Otorgamiento del Documento de Transferencia

    Transcurrido los 10 días desde la ultima publicación, siempre que no haya oposiciones o que las mismas se hayan resuelto con retenciones y depósitos. Se firma el documento de transferencia, el cual debe extenderse por escrito e inscribirse en el Registro Publico dentro de los 10 días de su otorgamiento.