-
como una dependencia de la Secretaría del Interior y Relaciones Exteriores
-
Surge porque el gobierno ve la necesidad de preservar los documentos, llamada de ordenamiento del inventario de archivos, su arreglo y el acceso al público; la ley 43 del mismo año promueve que se conserven ciertos documentos oficiales.
-
Se expide con el fin de proteger el patrimonio documental y artístico.
-
Establece que los documentos bancarios deben conservarse.
-
Reconoce la propiedad por medio de matrículas inmobiliarias que permitían identificar rápidamente la historia jurídica de los inmuebles; también incluyó el registro y reformas civiles de las personas.
-
Refuerza la ley 47 de 1920. Aprueba el tratado internacional sobre protección del patrimonio cultural creando los permisos de importación y exportación para este tipo de objetos, asignando responsables para garantizar la tendencia y buen manejo del patrimonio cultural del país.
-
Autoriza el uso de microfilm de los archivos y les da valor probatorio.
-
Señala las funciones del ARCHIVO GENERAL DE LA NACION y en su literal b) preceptúa: <<fijar políticas y expedir reglamentos necesarios para organizar la conservación y el uso adecuado del patrimonio documental de la nación, de conformidad con los planes y programas que sobre la materia adopte la junta directiva>>.
-
Se dictan normas en materia de ética médica y puntualiza que las historias clínicas deben ceñirse al modelo que establezca el Ministerio de Salud y Protección, convirtiéndose en un registro obligatorio y privado, sometido a reserva. La Ley 39 que crea el comité de Archivo y Microfilmación de Documentos Pertenecientes a la Secretaria de Integración Social.
-
Ordena cuidar los archivos y mantenerlos en perfecto estado en las alcaldías, propiciando la transparencia en la actividad pública.
-
Por la cual se crea el Archivo general de la Nación y se dictan otras disposiciones.
-
Señala los objetivos del Archivo General de la Nación. Art.8 establece las funciones de la junta directiva.
-
operaciones como establecimiento público
-
por el cual se adopta y se expide el reglamento General de Archivos
-
Ordena a los secretarios generales de los organismos nacionales, efectuar la transferencia de la documentación histórica al ARCHIVO GENERAL DE LA NACION.
-
Se reestructura el Ministerio de Cultura y se cambia la adscripción del AGN a este ministerio, enmarcándole dentro de él como un ente autónomo adscrito al mismo.
-
Ley General de Archivos, cuyo fin ha sido establecer los parámetros y principios fundamentales que regulan la función archivística en Colombia, aplicándose a las entidades públicas en todos los niveles y las entidades privadas que cumplen funciones públicas.
-
Conservación de archivos y documentos. Los libros y papeles de las instituciones vigiladas por la Superintendencia Bancaria deberán conservarse por un periodo no menor a cinco años desde la fecha del respectivo asiento. Vencido este lapso, podrán ser destruidos siempre que, por cualquier medio técnico adecuado, se garantice su reproducción exacta.
-
Se reglamenta el Sistema Nacional de Archivos y se dictan otras disposiciones relativas a los archivos privados.
-
Señala al AGN como miembro del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral de Victimas (SNARIV) y en el artículo 144 indica que dentro de las responsabilidades de este Ente Estatal, se encuentra custodiar los archivos.
-
Se aprueba la modificación de la estructura del Archivo General de la Nación y se determinan las funciones de sus dependencias.
-
Se efectúan modificaciones al presupuesto de gastos de funcionamiento del Archivo General de la Nación para la vigencia fiscal 2013.