Derecho de trabajo en el tiempo.

  • 1542

    Leyes de Indias.

    Esas Leyes, cuya inspiración se en cuenta en el pensamiento de la reina Isabel la Católica, estuvieron destinadas a proteger al indio de América, al de los antiguos imperios de México y Perú, y a impedir la explotación despiadada que llevaban al cabo los encomenderos. Recopilan la presencia de numerosas disposiciones, que bien podrían quedar incluidas en una legislación contemporánea del trabajo, en especial las que pro curaron asegurar a los indios la percepción efectiva del salario.
  • 1542

    Leyes de Indias.

    No existen en los cuatro tomos de que se compone la re-compilación disposiciones que tiendan a la igualdad de derechos entre el indio y el amo, sino que son más bien medidas de misericordia.
  • Sentimientos de la Nación.

    "Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto" (No es reconocido como ley del trabajo)
  • Declaración de Derechos.

    Son particularmente importantes para el tema que nos ocupa, los artículos, cuarto, quinto y noveno, relativos a las libertades de profesión, industria y trabajo
  • Estatuto provisional.

    El archiduque Maximiliano de Habsburgo, expidió una legislación social que representa un esfuerzo generoso en defensa de los campesinos y de los trabajadores, y en sus arts. 69 y 7 incluidos en el capitulo de "Las garantías individuales", prohibió los trabajos gratuitos y forzados, previno que nadie podía obligar sus ser vicios sino temporalmente y ordenó que los padres o tutores debían autorizar el trabajo de los menores.
  • Ley de riesgos del trabajo.

    Se declaró que en los casos de riesgos de trabajo, debe el patrono prestar la atención médica requerida y pagar el salario de la víctima hasta por tres meses.
  • Lucha de clases

    1.- Los obreros mineros de Cananea declararon una huelga para obtener mejores salarios y suprimir los privilegios que la empresa otorgaba a los empleados norteamericanos.
    2.- Se iniciaron las escaramuzas en la industria textil: los empresarios de Puebla impusieron un reglamento de fábrica que destruye la libertad y la dignidad de los hombres.
  • Manifiesto y programa a favor del derecho del trabajo.

    El documento analiza la situación del país y las condiciones de las clases campesina y obrera, y concluye proponiendo reformas trascendentales en los problemas político, agrario y de trabajo.
  • Ley de accidentes de trabajo.

    El gobernador Bernardo Reyes también la convicción de que era indispensable una ley de accidentes de trabajo y definió al accidente de trabajo como aquel que"ocurre a los empleados y operarios en el desempeño de su trabajo o en ocasión de él"; y fijó indemnizaciones que llegaban al importe de dos años de salario para los casos de incapacidad permanente total.
  • Plan de San Luis.

    En el punto tercero hizo una referencia expresa al problema agrario, que sería con el tiempo el punto de partida de la transformación de la revolución de política en social.
  • Decreto en San Luis Potosí.

    Fija los salarios mínimos.
  • Decreto en Tabasco.

    Fija los salarios mínimos, se redujo a ocho horas la jornada de trabajo y se cancelaron las deudas de los campesinos.
  • Decreto en Veracruz.

    Se impuso el descanso semanal en el Estado de Veracruz.
  • Expedición de la Ley del trabajo en Veracruz.

    Cándido Aguilar expidió la Ley del trabajo del Estado, cuya resonancia fue muy grande en toda la República: jornada máxima de nueve horas, descanso semanal, salario mínimo, teoría del riesgo profesional, escuelas primarias sostenidas por los empresarios, inspección del trabajo, reorganización de la justicia obrera.
  • Ley del Trabajo.

    reconoció y declara algunos de los principios básicos que más tarde integrarían el Artículo 123 de la Constitución también comprende las bases del derecho individual del trabajo; jornada máxima, descanso semanal, salario mínimo defensa de las retribuciones. Se encuentran también las normas para el trabajo de las mujeres y de los menores de edad, las re glas sobre higiene y seguridad en las fábricas y las prevenciones sobre riesgos de trabajo.
  • Proyecto de ley del contrato de Trabajo.

    Fue un proyecto bastante completo que reguló los contratos individual y colectivo de trabajo
  • Ley de accidentes de trabajo.

    Su interés principal radica en las disposiciones que ordenaban que en los contratos de trabajo se consignaran las normas sobre la participación obrera en las utilidades
  • Legislación del estado de Coahuila.

    Creó dentro de los departamentos gubernamentales una sección de trabajo.
  • Proyecto de articulo quinto.

    Incluyó en él el principio de la jornada máxima de ocho horas, prohibió el trabajo nocturno industrial de las mujeres y de los niños y consignó el descanso hebdomadario.
  • Declaración de Derechos Sociales.

    Fuente del derecho agrario y del derecho del trabajo. Nació como un grito de rebeldía del hombre que sufría injusticia en el campo, en las minas, en las fábricas y en el taller. En el derecho del trabajo, la justicia dejó de ser una fórmula fría, aplicada a las relaciones externas entre los hombres, y se convirtió en la manifestación de las necesidades y de los anhelos del hombre que entrega su energía de trabajo al reino de la economía.
  • Decreto del presidente Carranza.

    Señaló la forma de integración de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y las medidas que debían adoptar en los casos de paros empresariales.
  • Primera ley del trabajo de la Revolución constitucionalista,

    Aguirre Berlanga publicó el decreto.
    Jornada de trabajo de nueve horas, prohibición del trabajo de los menores de nueve años, salarios mínimos en el campo y en la ciudad, protección del salario, reglamentación del trabajo a destajo, aceptación de la teoría del riesgo profesional y creación de las Juntas de Conciliación y Arbitraje
  • Legislatura federal.

    Creía preferible dictar leyes separadas para cada uno de los temas de trabajo.
  • Ley del Trabajo de Veracruz.

    No solamente es la primera de la República, sino que, salvo disposiciones dispersas de algunas naciones del sur, es también la primera de nuestro Continente.
    Sirvió como precedente a la ley federal del trabajo de 1931.
  • Los fines de la Organización Internacional del Trabajo.

    Fue una garantía para todos los trabajadores para que sirviera de estímulo y de base a las legislaciones nacionales para la adopción de condiciones de trabajo que superan la miseria y la injusticias. Pero ningún es fuerzo noble puede triunfar ahí donde el capital es el amo y señor de los hombres y de los pueblos.
  • La Declaración de derechos sociales del Tratado de Versalles.

    Es un principio que sirve de punto de partida a la concepción nueva de nuestra disciplina, a la que apartó para siempre del derecho civil y se enuncia el derecho de asociación.
  • Decreto del presidente Carranza.

    Reglamentó el descanso semanario.
  • Proyecto de ley.

    Se encuentra una reglamentación del derecho obrero a una participación en las utilidades y la regulación de un sistema de cajas de ahorro.
  • Nacimiento de la Organización Internacional del Trabajo.

    La relación dialéctica de la justicia social y la paz universal determino la creación de la Sociedad de Naciones, cuya misión seria la preservación de la paz universal, y bajo la presión de las clases trabajadoras, el nacimiento de la Organización Internacional del Trabajo..
  • Ley reglamentaria de la libertad del trabajo.

    Se contemplaron algunos problemas de la huelga.
  • Proyecto de ley.

    "El trabajo humano no puede ser tomado como mercancía".
  • Decreto.

    Sobre la jornada de trabajo en los establecimientos comerciales.
  • Modificación en el párrafo introductorio de la Declaración.

    La ley del trabajo sería unitaria y se expediría por el Congreso federal. pero su aplicación correspondería a las autoridades federales y a las locales mediante una distribución de competencias incluida en la misma reforma.
  • Ley Federal del trabo.

  • La Declaración de Filadelfia.

    Magnífica del pensamiento de la institución, que a la vez que engloba algunas medidas concretas para el derecho del trabajo, señala un plan de acción social, de colaboración en el propósito de elevar los niveles de vida de los hombres
  • La Carta de las Naciones Unidas.

    Además de alguna disposición que ya conocemos, el art. 55 dice que las Naciones Unidas promover «niveles de vida más eleva dos, trabajo permanente para todos y condiciones de progreso y desarrollo económico y social».
  • La Declaración Universal de los Derechos Humanos.

    Para el derecho del trabajo posee una importancia grande, porque en ella se dio a sus principios fundamentales el mismo rango y la base filosófica y jurídica que corresponde a los tradicionales derechos del hombre. Pero todos coinciden en un principio: el fundamento de las viejas declaraciones y el de las nuevas es uno mismo, a saber, el respeto integral a la dignidad de la persona humana.
  • El Derecho Internacional Americano del Trabajo.

    Recordaremos que fue en 1923, en Santiago de Chile, en la quinta Conferencia Internacional Americana, donde se trató por vez primera un tema de trabajo.
    Saltamos a la novena Conferencia Internacional Americana que se celebró en Bogotá en el año de 1948. La importancia de aquella Conferencia es para México doble, por que en ella se aprobó la Carta de la Organización de los Estados Americos.