ANTECEDENTES DEL DERECHO MEXICANO DEL TRABAJO

  • 1980 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    1. Se promulga la Constitución, establece los Derechos Sociales como una garantía dentro de ella, principios más avanzados del Derecho laboral en el mundo, en su artículo 123.
    2. Se crea la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
    3. Aparece la primera Ley Federal del Trabajo.
    4. Ley Federal del Trabajo. Se reforma el Artículo 123 Constitucional, al que se le agrega un apartado “B”
    5. Reformas importantes en vigor,a la Ley Federal del Trabajo.
  • 1917 BCE

    2.-Época contemporánea (siglo XX)

    Las nuevas corrientes, denuncian la explotación de los trabajadores:
    a) Estado justo y humano.
    b) Doctrina Marx y de Engels (lucha por los trabajadores, esencia de dos sistemas sociales).
    c) Constitución Política de 1917: queda proscrita la explotación del hombre por el hombre.
    d) Derecho del trabajo: conquista de justicia por injusticia. Fundamentado legal, en el Artículo 123, apartado A, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal de trabajo.
  • 1917 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    Influencia de flores Magón.
    • Preside Flores Magón el manifiesto del Partido Liberal.
    • Se analiza al país obreros y campesinos.
    • Reformas a programas políticos, agrarios y de trabajo.
    • Principios e instituciones consagrados en la Declaración de Derechos Sociales de la Constituciones 1917.
  • 1916 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    •Principios del Artículo 123 Constitucional.
    •Surgen las Cinco Leyes Hermanas, Agraria, Hacienda, del catastro y municipio libre.
    •Normas aplicables en los contratos colectivos y laudos del tribunal de arbitraje. Facultando imponer normas y resolver conflictos y sentencias para poner fin a los conflictos jurídicos.
    •Abril de 1915 Se regulan los contratos individuales y colectivos
    •1916 Coahuila Crea sección de trabajo, Ley de accidentes de trabajo, posible reparto de utilidades en contratos.
  • 1916 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    •Revisión el Código Civil, Penal y del Comercio.
    •Igualdad entre el hombre y la mujer en relaciones familiares, reconoce el divorcio.
    •Ley 6 de Enero de 1915, de Luis Cabrera base para el Artículo 27 constitucional.
    •14 de Septiembre de 1916, Asamblea para determinar el rumbo de la Nación en la Constitución.
    •Artículo 39, procedimiento para la Reforma, ejercitara el inalienable Derecho de alterar la forma de gobierno.
  • 1916 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    Constitución de 1917 y el Art. 123.
    •1916 Diciembre, se reforma el art. 5º. Favorece a los trabajadores.
    •No reglamentaron las horas de trabajo, merced de los explotadores, se redacta el proyecto laboral.
    •23 de Enero de 1917 no se modifico de fondo, aprobada por unanimidad.
    •El artículo 123 Constitucional de 1917, reformado en 1930, 1970, 1980 y 2014, En dos apartados
    “A”Ley Federal del Trabajo relaciones obrero-patronales
    “B” regula las relaciones laborales burocráticas, con su propia ley.
  • 1915 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    Primera Ley del Trabajo de la Revolución Constitucionalista
    •28 de Diciembre de 1915, se reglamentó jornada laboral de nueve horas.
    •Se prohíbe el trabajo a menores de 9 años.
    •Salarios mínimos en la ciudad y el campo.
    •Protección a salarios, trabajo a destajo.
    •Aceptación del riesgo de trabajo profesional.
    •Se crea la Secretaria de Conciliación y Arbitraje.
    •4 de Octubre de 1914, descanso semanal.
  • 1915 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESIA

    •19 de Octubre, se expide Ley del Trabajo del Estado.
    •Jornada de nueve horas, descanso semanal.
    •Salario mínimo, riego profesional.
    •Escuelas primarias sostenidas por empresarios.
    •Inspección en el trabajo, organización de justicia obrera.
    •Organización de tribunales del trabajo, juntas de administración civil.
    •6 de Octubre de 1915. Se promulga la Primera Ley de Asociaciones Profesionales de la República.
  • 1914 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    • 23 de Agosto de 1914, Aguas Calientes.
    • Reducción de jornadas de trabajo a 8 horas.
    • Descanso semanal.
    • Prohíbe la reducción de salario.
    • 15 de Septiembre de 1914, S. Luis P. y Tabasco, reduce a ocho horas la jornada.
    • Cancelas deudas de campesinos.
    • 7 de octubre de 1914, Jalisco, menor jornada, descanso semanal y vacaciones
  • 1914 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    Ejército Constitucionalista.
    •5 de Octubre de 1910, Madero expide El Plan de San Luis Potosí desconoce al porfirismo, restablece la Constitución y la “No Reelección”.
    •Se revela Zapata por la traición de Huerta.
    •19 de Febrero de 1913, Carranza desconoce Huerta y lucha por la defensa de la Constitución, sintetizando en El Plan de Guadalupe los ideales del pueblo.
    •|9|7 Nace la Constitución, se consagran de los Derechos de Trabajadores.
    •1914 julio 5. Huerta deja el poder.
  • 1913 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    La Legislación de Carranza.
    •24 de Septiembre de 1913, termina la lucha, convoca al Plan de Guadalupe, principia la lucha social de clases, para establecer justicia libertad igualdad, y establecer conciencia Nacional.
    •12 de Diciembre de 1914 Decreta adiciones y Reformas al Plan de Guadalupe, ofrece Leyes Agrarias, para favorecer la pequeña propiedad, disolver latifundios, restitución de tierras.
    •Mejora la Legislación para mejorar a trabajadores rurales, obreros, mineros, proletarios.
  • 1906 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    1906 Huelga de Cananea
    • Obtención de mejores salarios.
    • Supresión de privilegios a empleados norteamericanos.
    • Huelga aplastada con violencia con intervención de tropas norteamericanas.
    Puebla Huelga en la Industria Textil.
    • Reglamentos de fábrica pasan sobre dignidad y libertad de trabajadores.
    • Patrones declaran huelga general.
    • Porfirio Diaz los apoya prohibiendo solo el trabajo a niños de siete años.
  • 1904 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    Leyes de Estado antes de 1917.
    • 30 de Abril de 1904 Estado de México, atención médica y salario por tres meses, en accidente por riesgos de trabajo.
    • 9 de Noviembre de 1906, N. León, definió el único riesgo de trabajo, el que ocurre a empleados y operarios.
    • Fijo indemnizaciones en caso de incapacidad permanente, hasta dos años de salario.
  • 1870 BCE

    México independiente (1821-1910)

    5.Código civil de 1870 para el distrito federal y baja california
    • Se reglamentaron seis diversos contratos:
    a) el servicio doméstico;
    b) el servicio por jornal;
    c) el contrato de obras a destajo o precio alzado;
    d) el contrato de porteadores y alquiladores;
    e) el contrato de aprendizaje y
    f) el contrato de hospedaje.
  • 1870 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    Época de la Reforma, Código Napoleónico, influyo en el triunfo de la República en 1870, para que Juárez promulga un Código referente al trabajo.
    En 1884, Manuel González establece regulaciones para el trabajo doméstico, jornaleros a destajo e iniciar la justicia laboral.
    1911. Madero. Secretario de Fomento, crea departamento del trabajo, para solucionar los conflictos laborales.
    1914. Alberto D. Fuentes Dávila, Gob. de Aguascalientes, establece el salario de 1 peso y jornada en 9 horas.
  • 1865 BCE

    México independiente (1821-1910)

    4.Maximiliano de Habsburgo:
    • 10/04/1865 Estatuto provisional del imperio: art. 69 y 70, garantías individuales, prohíbe trabajo gratuito y forzoso, autorización de trabajos para menores de edad.
  • 1865 BCE

    México independiente (1821-1910)

    4.- • 01/11/1865 Ley del trabajo del imperio
    a) Libertad de renunciar a su trabajo los campesinos
    b) Jornada de trabajo de sol a sol

    c) Descanso semanal
    d) Pagos en efectivo
    e) Reglamentan deudas
    f) Libertad de comerciantes a centros de trabajo
    g) Supresión de cárceles y de castigos
    h) Escuelas en haciendas

    i)Inspección de centro de trabajo
    j) Sanciones pecuniarias, por incumplir
  • 1857 BCE

    México independiente (1821-1910)

    1. Constitución de 1857 • Declaración de derechos • Articulo 4 y 5, consignan la libertad de profesión, industria y trabajo, y el principio de “nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin justa retribución y sin su pleno consentimiento” • Constituyente: Ignacio Ramírez pugnaba que se legislara la protección al trabajador, en tanto Ignacio L. Vallarta estaba en contra, decía que eran problemas que se podía dejar en leyes reglamentarias.
  • 1825 BCE

    Época contemporánea (siglo XX)

    1.-Derecho del trabajo, surge por factores como:
    División entre dueños del capital y la fuerza de trabajo (siglo XVII Y XIX):
    Ajeno a relaciones, solo para reprimir los movimientos de sindicatos y huelga.
    a) Favorece intereses, surgen suburbios de obreros.
    b) Mujeres y niños en malas condiciones de trabajo.
    c)1815, 1818 y 1825 despido excesivo de trabajadores.
    d) El pauperismo y la crisis; en duda la teoría de Smith de la armonía de intereses.
  • 1821 BCE

    Colonia (1521 a 1821)

    2.Ordenanzas de Gremios
    • Burguesía industrial
    • Gremios regulados por Ordenanzas
    • Organización gremial
    • Gobierno absolutista (control de la actividad de los hombres)
    • Las condiciones de trabajo no eran el objetivo principal de este ordenamiento
    • Declaración de la Ley de 08 de junio de 1813, desaparecen los gremios, al establecer la libertad de trabajo (oficio) e industria (fabricas).
  • 1821 BCE

    México independiente (1821-1910)

    1.Constitución de 1824:
    • Año de 1823
    a) Extensas jornadas de trabajo (18 horas) y salarios bajos
    b) Mujeres y niños con percepción de 1 salario real en la industria textil
    c) Mayor número de trabajadores y de jornadas de trabajo
    d) Obligación del trabajador a comprar en la tienda de raya
    2. Año de 1856
    • Estatuto Orgánico Provisional De La República Mexicana (legislación civilista)
  • 1821 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    1821.“El decreto constitucional de la América Mexicana”, otorga la independencia, sólo un artículo laboral 1857. Se consagraba la libertad de comercio e industria.
    1848 Marx y Engels publican el manifiesto comunista.
    1856. Alemania expide leyes que prohíben el trabajo en menores de 10 años y el trabajo nocturno.
    1. Dicta el “Estatus Provisional del Imperio”, establece edad mínima y 1 día de descanso por 6 de trabajo con sueldo, jornada mínima de sol a sol
  • 1820 BCE

    EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    1814, López Rayón en los “Elementos Constitucionales” consagra la idea de que se prohíban los exámenes artesanales.
    1815. En los “Sentimientos de la Nación”, Morelos visualiza la importancia del trabajo. “Toda ley debe de ser buena” Se debe de establecer un salario que permita mejorar a la clase obrera, sus costumbres, su vida y los aleje de la rapiña.
    1820. El bando de Hidalgo, prohíbe la esclavitud.
  • 1814 BCE

    Época moderna (siglo XV Y XVIII)

    1.-Declaración francesa (1789) Constitución de Apatzingán 1814):
    Derechos Universales del individuo:
    Libertad (desempeños de sus actividades)
    Estado-policía
    Adam Smith, “espontaneidad de instituciones”
    14/06/1971 Ley Chapellier: para contener exigencias, pro de mejores condiciones de trabajo.
    Código Penal, atenta contra la libertad y la propiedad privada.
    Código civil, regula la contratación , condiciones, inhumanas -jornadas excesivas, salario ínfimo y castigos, sin distinción.
  • 1810 BCE

    Colonia (1521 a 1821)

    3.Decreto de Apatzingán
    • Art.38.- Ningún género de cultura, industria o comercio, puede ser prohibido a los ciudadanos, excepto los que conformen la subsistencia pública.
    4.Independencia (1810-1821)
    • Abolición de la esclavitud
    • 14 de septiembre 1813, Sentimientos de la Nación, nuestro Congreso y obligue a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje, ignorancia, rapiña y hurto.
  • 1521 BCE

    Colonia (1521 a 1821)

    1.Leyes de indias (laboral):
    •Percepción efectiva del salario
    •Jornada 8 horas
    •Salario mínimo
    •Prohíben tiendas de raya
    •Descanso semanal
    •Protección embarazadas
    •Edad mínima para laborar
    •Protección de labores insalubres y peligrosas
    •otorgan casas higiénicas
    •Atención medica obligatoria
    •Fue legislación vigente pero no positiva (muerta)
  • 1492 BCE

    Origen etimológico de la palabra trabajo.

    Del latín trabs, trabis, que significa traba, el trabajo significa una traba para los individuos, les representa un esfuerzo.Trabajo dentro del griego thlibo, que significa oprimir.
  • 1492 BCE

    La Ley Federal del trabajo en su artículo 8 lo define como:

    “toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio”
    El objeto del Derecho del Trabajo, es el de regular las relaciones entre el patrón y el trabajador ya que el mismo artículo señala lo siguiente:
    “trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.”
  • 1492 BCE

    1.-Evolución del Derecho del trabajo, Cuatro Etapas.

    La edad antigua: Romana y Grecia el trabajo, actividad indigna, solo de esclavos , sin derechos, ni bienes. Se convertían en esclavos por la guerra, por nacimiento, por cometer un delito.
  • 1492 BCE

    2.-Evolución Del Trabajo.

    La edad media caída de Imperio Romano de Occidente, en el año 476 d.C. y finaliza en el siglo XV, en 1492, se descubre América.
    Jornadas de sol a sol.
    Desaparece esclavismo ,clases sociales nuevas, el siervo y el señor feudal,los proteje el feudo, sin libertad para siervos.
    Aparecen los gremios, el artesano y el siervo rompen con el señor feudal y pasan a formar parte de los gremios.
  • EL PORFIRIATO ALIADO DE LA BURGUESÍA

    Este artículo ha sufrido más de 25 reformas, la última, es decir su texto actual el 24 de febrero de 2017, pendientes las reformas al primer párrafo del apartado B, que entrará en vigor el 1 de enero de 2020.
    Época prehispánica o durante la colonia no existía ninguna ley o código de Derecho laboral. Las únicas leyes que hacían alguna referencia al trabajo eran las leyes de Indias, puestas en vigor por Carlos II en 1680.
    1802, La ley Inglesa, prohibía las jornadas laborales de más de 12 horas.