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Se consideraban que únicamente las bestias y los esclavos debían trabajar. Así que en Roma no existía el derecho laboral.
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Surge el feudalismo en el que el señor feudal por su estado de nobleza, que poseía grandes extensiones de tierra, y que por los altos costos de intereses que se pagaban, daba trabajo a los siervos para que estos pudieran sobrevivir y obtener protección del señor feudal.
Para emanciparse o romper la relación con el señor feudal, surgen los gremios o agrupaciones de individuos dedicados a los mismos oficios; regulando las condiciones de sus agremiados y la reciprocidad de ayuda entre ellos. -
En esta etapa las principales fuerzas de trabajo fueron los indígenas, esto fue, una explotación de los indígenas por parte de los españoles, colonizadores de América.
La corona estableció esta institución, mediante la cual un castellano o encomendero, tenía a su disposición un grupo de indígenas para que le sirvieran, vigilados por un cacique, cuyo propósito era proteger a los nativos de las guerras entre tribus.
Pero fue más bien un privilegio dado a los encomenderos por la Corona. -
Estas leyes en general establecían que los indios son libres y deben ser tratados como tal; debían, que el trabajo debe ser conforme a su constitución, teniendo derecho a habitación propias, de ser instruidos en la fe y salarios justos; fue determinante para el nacimiento del derecho internacional y el reconocimiento de los derechos humanos.
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Fue un intento para poner fin a las encomiendas. Proclamaban el principio de la personalidad humana, la igualdad jurídica de las razas y los derechos individuales de los indígenas.
Pero en materia de trabajo estas leyes trataban de beneficiar solo a los españoles. -
Marcado por continuos inventos, la pila eléctrica, la primera locomotora de vapor, la máquina de hilar, el telégrafo, los cuales permitieron el surgimiento de la industria a través de grandes fábricas, la expansión de los mercados, que conlleva a grandes necesidades sociales.
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Durante las decadas de 1830 y 1840 se fundan asociaciones obreras como: La "Great Trade Union",en Inglaterra que era una unión de sindicatos de oficios, con el objetivo de prestar ayuda entre sus miembros y reivindicar sus salarios.
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Carta del papa León XIII, dirigida a todos los obispos, sobre las condiciones de la clase trabajadora, en apoyo al derecho laboral de formar sindicatos y a los poderosos de volver a la fe.
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Como consecuencia de que los trabajadores mexicanos, victimas de la explotación capitalista y secular por varios siglos, se intentaba modificar y proteger a las condiciones de los obreros y campesinos, reivindicando las condiciones de los salarios y protegiendo sus garantías.
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Creado en la Constitución de 1917, establece las normas para regular el procedimiento laboral, pauta los ideales, aspiraciones y necesidades de los trabajadores; nos plantea que la consolidación de un estado democrático que es incluyente también en el ámbito laboral, para garantizar los derechos fundamentales para los trabajadores.
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El derecho del trabajo se encuentra fundamentado en la Constitución de 1917, artículo 123 y la Ley federal del Trabajo de 1931 y la vigente de 1970; que rige las relaciones de los trabajadores con el patrón.
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El 14 de Enero de 1918, el Congreso del Estado de Veracruz, expidió su Ley del trabajo, que tiene mérito en ser la primera en el país y haber servido como precedente de la ley federal del trabajo de 1931.
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Establece normas que rigen el funcionamiento del instituto mexicano del seguro social, que se encarga de otorgar prestaciones para satisfacer las necesidades médicas de los trabajadores mexicanos y también las necesidades físicas, culturales, económicas y sociales que tienen (Moreno, 2011).
En esta ley se contempla el acceso a los servicios de la seguridad social a los trabajadores y sus familias. -
En 1970 fue publicada en el diario oficial de la federación la Nueva ley federal del Trabajo, en el sexenio de Gustavo Diaz Ordaz, que estuvo vigente 40 años y 8 meses. A partir de Noviembre de 2012 entró en vigencia la reforma a la LFT, la cual regula las relaciones laborales entre los trabajadores y empresarios.
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Fue durante el mandato de José López Portillo, cuando se reforma el artículo 923, que permite no dar trámite a un emplazamiento de huelga, sino se cumplía con los requisitos legales.