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John Locke: Crea la teoría “Estado de derecho individualista y liberal burgués”
fin de esta teoría, conservar su propiedad, mediante la estructura de un parlamento, no intervenían hombres sin riqueza ni tierra -
Mercier de la Rivière, justifica la propiedad:
La propiedad es: derecho de gozar.. Atacarla es atacar la libertad y alterar la libertad es alterar la propiedad.
la propiedad privada se eleva a categoría de Derecho Natural
Rebaut de Saint, derechos fundamentales de cada hombre:
La Libertad
La Igualdad
La Propiedad -
propósito de la burguesía-explotar al hombre. prohibe instituciones del derecho colectivo del trabajo Art 4. declaró ilícita la fijación de condiciones generales de trabajo La huelga es acto delictivo. Art 2. prohibe la asociación profesional declaración de guerra que lanzó el estado burgués a los trabajadores.
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Se rompe el principio de igualdad de los hombres ante la ley.
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La edad contemporánea imprimió a la lucha obrera un valor humano e hizo de ella la ley de su vida y se fijo como objetivo la destrucción de la propiedad privada. Siglo XIX – se dieron tres momentos importantes. -La edad heroica
-La era de la tolerancia
-El reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria. -
-Industriales textiles de Puebla, Muro de Berlín, Ley de Chapelier.
*La lucha se inicio gracias a :
-La ley inglesa de Francis Place (1824), Publicación del Manifiesto Comunista -
Comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición, huelga y asociación sindical, sin embargo NO constituían derechos de los trabajadores.
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Constituyo el logro de : -Las luchas del movimiento obrero.
-La fuerza del pensamiento socialista. -
La constitución de 1857; Ponciano Arriaga; en el discurso de presentación se inclinó por la doctrina de los derechos naturales del hombre. aArt 4. consagró la libertad del trabajo.
Art 5. dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
Art 9. a nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
Lo anterior no aplicaba para empresas que disponían de fuerzas políticas. -
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Concluyó con el laudo inhumano del presidente Díaz
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La ley de Agustín Millán (6 Octubre 1915) la primera que reconoció el estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obreras. La facultad de asociarse esta reconocida como un derecho natural del hombre.
-Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas. -
Por su Origen – creación de condiciones decorosas y humanas en la prestación de los servicios. Por su Esencia – derecho a organizarse en asociaciones profesionales; la creación de contratos colectivos. Por sus Fines – creación de un derecho regulador para las relaciones laborales (Art 123).
-Comisión de salarios mínimos.
-Paro como derecho de los patrones.
-Juntas de Conciliación y Arbitraje. -
Fueron destruidas con un numero alto de obreros muertos.
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Ley Federal del Trabajo
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derecho colectivo, antecedentes.pptx
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