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Antecedentes del Derecho Colectivo de Trabajo.

By gabiiee
  • Ley de Chapelier

    Ley de Chapelier
    D' Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones.
    Esta ley prohibió todas las instituciones del derecho colectivo del trabajo.
    La huelga caía dentro de los actos delictivos Art 2. prohibió la asociación profesional.
    Art 4. declaró ilícita la fijación de condiciones generales de trabajo.
  • La propiedad privada

    La propiedad privada
    Principio fundamental de la vida social,económica y política.
    John Locke y los Fisocrátas.
    Se legitimó la división de:
    - Poseedores de tierras y riquezas.
    - Hombres sin tierras ni riqueza.
  • Momentos importantes del Siglo XIX.

    Momentos importantes del Siglo XIX.
    La edad heroica.
    La era de la tolerancia-
    El reconocimiento de las instituciones por la legislación
    ordinaria.
    Huelgas
    Revolución de 1870 (socialista).
  • Edad Heroíca

    Edad Heroíca
    Se inicia:
    - La ley Inglesa de Francis Place (1824)
    - Publicación del Manifiesto del Partido Comunista
    - Revolución Francesa de 1848.
  • Era de la Tolerancia.

    Era de la Tolerancia.
    Fue en la revolución de 1848 , que los obreros lograron que la Comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical), sin embargo no constituían los derechos de los trabajadores.
  • Constitución de 1857

    Constitución de 1857
    Art 4. Consagró la libertad del trabajo.
    Art 5. Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
    Art 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
  • Period: to

    Huelgas

    -En Chihuahua 1883 que fueron destruidas con un numero alto de obreros muertos.
    -En Cananea, en Junio de 1906.
    -Conflicto textil en Puebla 1907.
  • Period: to

    Asociación Sindical.

    Deber negativo del estado:
    -No estorbar la libre sindicación.
    -No obstruir la lucha del trabajo contra el capital.
    Deber positivo al capital:
    -Celebrar contratos colectivos.
    Deber positivo al estado:
    -Obligar a los empresarios cumplir con estos contratos.
    -Proteger el derecho de huelga.
  • Ley Millán

    Ley Millán
    La ley de Agustín Millán (6 de octubre 1915) fue la primera que reconoció, en el estado de Veracruz, la legitimidad de las asociaciones obreras.
  • Revolución de 1910

    Revolución de 1910
    Deefensa de los derecho del Trabajo.
    Rabaut de Saint afirmó que los derechos fundamentales de cada hombre eran:
    -La libertad.
    - La igualdad.
    - La propiedad.
  • Derecho Colectivo de Trabajo

    Derecho Colectivo de Trabajo
    "El conjunto de principios, normas e instituciones que reglamentan la formación y funciones de las asociaciones profesionales de trabajadores y patronos, sus relaciones, su posición frente al estado y los conflictos colectivos del trabajo.”
    Finalidad del movimiento:
    Reconocimiento de los sindicatos.
    Toda controversia debía ser de conocimiento y decisión de los tribunales estatales.
    Reconocimiento del derecho de huelga
    Fijación bilateral – contratos y convenios colectivos.
  • El Derecho Colectivo del Trabajo. Art. 123

    El Derecho Colectivo del Trabajo. Art. 123
    -Por su Origen: la creación de condiciones decorosas y humanas en la prestación de los servicios por lo acontecido.
    -Por su Esencia: el derecho a organizarse en asociaciones profesionales y la creación de contratos colectivos.
    Por sus Fines: creación de un derecho regulador para las relaciones laborales (Art 123).
  • Derecho de Reunión

    Derecho de Reunión
    Art 9. (Constitución Vigente); nos dice
    “ No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito… No se considera ilegal y no podrá ser disuelta.
  • Asociación

    Asociación
    Es la unión permanente de personas, constituida para la realización de un fin distinto al reparto de utilidades.
    El fin que se refiere al reparto de utilidades, esta constituida dentro de las instituciones que conforman al derecho privado.
  • Coalición y Asociación Sindical.

    Coalición y Asociación Sindical.
    Es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores para la defensa de sus intereses comunes.
    La libertad sindical se refiere a la defensa y mejoramiento de las condiciones de trabajo, protección contra determinados poderes sociales.
    La libertad sindical fue la garantía consagrada de la clase que sufría injusticia contra sus explotadores.
  • El Reconocimiento de las Instituciones por la legislación ordinaria

    El Reconocimiento de las Instituciones por la legislación ordinaria
    Logro de :
    Las luchas del movimiento obrero.
    La fuerza del pensamiento socialista.
    Concepción de una vida social.
  • Derecho

    Derecho
    El derecho colectivo impone la igualdad entre las clases.
    “El Derecho Laboral es la hazaña de la libertad y dignidad del trabajo.” Benedetto Croce.