la historia y evolución de la salud ocupacional en el contexto nacional e internacional y normatividad legal en Colombia.
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Paracelso uno de los padres de la química y de las ciencias experimentales publicada bajo el nombre de " De los oficios y enfermedades de la montaña"
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En donde la esperanza de vida de los trabajadores no superaba los 30 años,pero el incipiente desarrollo econonomico los hacia fáciles de reemplazar, no obstante, el desarrollo tecnológico dio origen a un trabajo mas especializado y por ende trabajadores mejor preparados que los hacia difícil de reemplazar.
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Es un hecho que surge muy estrechamente unido al concepto de seguridad social y se inicio en Europa por el siglo XIX por la aprobación de la primera ley de este tipo por el canciller Bismark en Alemania.
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Provocando que los trabajadores exigieran condiciones dignas que no pusieran en peligro su integridad.
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Los movimientos sociales iniciados en el siglo XX, hicieron surgir los primeros intentos de protección a los trabajadores. En nuestro país, Colombia, el marco legal al respecto ha tenido un gran desarrollo y evolución pasando a un modelo enfocado en la prevención y enmarcado dentro de la seguridad social, cuya ultima reforma al respecto se contempla en la ley 100 de 1993.
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El trabajo se clasifica en físico y intelectual, ambos influyen en diversos factores que permitan desempeñar de la mejor manera posible al trabajador.
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Se entiende como trabajo físico el conjunto de esfuerzos orgánicos que se desarrollan en mayor parte por el aparato locomotor, músculos, huesos y articulaciones. Y como trabajo intelectual el conjunto de esfuerzos orgánicos que se desarrollan especialmente en el sistema nervioso.
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Articulo 4. Cierre de empresa. Es prohibido al empleador el cierre intempestivo de su empresa. Si lo hiciere, además de incurrir en las sanciones legales, deberá pagarle a los trabajadores los salarios, prestaciones e indemnizaciones por el lapso que dure cerrada la empresa.
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Articulo 5. Sanción disciplinaria al trabajador. Antes de aplicarse una sanción disciplinaria, el empleador debe oír al trabajador inculpado, directamente, y si éste es sindicalizado deberá estar asistido de dos representantes de la organización sindical a
que pertenezca. No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria impuesta con violación de este trámite. -
Comité Interinstitucional para la Erradicación del trabajo infantil y la protección del menor trabajador. Es un comité adscrito al ministerio del trabajo que tiene entre otras la función de asesorar, coordinar y proponer políticas y programas tendientes a mejorar la condición social laboral del menor trabajador y
desestimular la utilización de la mano de obra infantil. -
Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud
Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. -
Por medio de las administradoras de riesgos laborales (ARL) se hace el reconocimiento y pago de las incapacidades temporales en caso de accidente en el trabajo o enfermedad laboral de acuerdo al articulo 3 de la ley 776 de 2002
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Lo dispuesto en los numerales 11 y 23 del articulo 2 del decreto 4108 de 2011 le compete al ministerio del trabajo, formular las políticas y estrategias orientadas a facilitar la divulgación para el conocimiento de los derechos de las personas en materia de empleo. trabajo decente, salud, seguridad en el trabajo y su reconocimiento por los entes competentes.
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El articulo 1 de la ley 1562 del 11 de junio del 2012 estableció que el programa de salud ocupacional se entenderá como el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST).
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Sistema General de Riesgos Laborales: Es el conjunto de normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles.
seguridad y Salud en el trabajo:Es aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la promoción y prevención de la salud en los trabajadores. -
El Ministerio del Trabajo es la cabeza del
sector del trabajo, que tiene como objetivos, la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos para el trabajo, el respeto por los derechos
fundamentales, las garantías de los trabajadores, el fortalecimiento, promoción y protección de las actividades de la economía solidaria y el trabajo decente, a través un
sistema efectivo de vigilancia, información, registro, inspección y control. -
Articulo 2. La Superintendencia del subsidio familiar. Es una entidad adscrita al ministerio del trabajo, que tiene a su cargo la supervisión de las cajas de compensación familiar, organizaciones y entidades recaudadoras y pagadoras del subsidio familiar en cuanto al cumplimiento de este servicio.