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Los orígenes del sindicalismo, se originan con la revolución industrial en el siglo XVIII, la máquina ahora sustituye al trabajador, la fábrica es ahora quien ocupa el lugar de un simple taller, y ya no basta la producción del mercado local, sino que ésta se transforma en producción para el mercado de todo el mundo.
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La Asamblea Nacional de Francia ratificó las ideas de Locke y de los Fisiócratas en el debate de la Declaración de los Derechos del Hombre.
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D´Allarde apoyó la ley de Chapelier la cual dio la libertad para dedicarse al trabajo que se elija: eliminó los beneficios que tenían las corporaciones, la ley prohibía a la generalidad de las instituciones del derecho colectivo del trabajo.
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La edad contemporánea imprimió a la lucha obrera un valor humano a hizo de ella la ley de su vida y se fijo como objetivo la destrucción de la propiedad privada.
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En el Código Penal y el Código Civil de 1810, se rompió el principio de igualdad de los hombres ante la ley.
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Prohibición:
Ley 1862 se prohíben las asociaciones son pena de muerte, esto fue reproducido por el Código Penal de 1872 y considera como delito la asociación de trabajadores. -
Sucesos importantes:
Industriales textiles de Puebla.
Muro de Berlín.
Ley de Chapelier. La lucha se inicio gracias a:
La Ley Inglesa de Fracis Place (1824).
Publicación del Manifiesto Comunista.
Revolución Francesa 1848. -
Fue en la Revolución de 1848, que los obreros lograron que la comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical). La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo no constituían derechos de los trabajadores.
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Ponciano Arríagas; es un discurso de presentación se inclino por la doctrina de los derechos naturales del hombre. Artículo 4° Consagró la libertad del trabajo.
Artículo 5° Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su conocimiento.
Artículo 9° A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto licito. -
El Derecho Colectivo del Trabajo es el Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual, sino en atención a los intereses comunes.
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Se establece la libertad de coalición o mar de organización para la lucha sindical.
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El Manifiesto Comunista, documento programático básico del marxismo, la liga Comunista y la Asociación Internacional de Trabajadores; en la Asociación Internacional de Trabajadores se encontraban los orgullosos y anarquistas.
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Se consagra legalmente el derecho de sindicalización.
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Surge el circulo de obreros en México.
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Se reúne el Tercer Congreso Obrero y se funda la Confederación Sindical, transformada a la Confederación General del Trabajo.
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La organización de los trabajadores en una Segunda Asociación Internacional de Trabajadores conocida como social- democracia.
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Se constituyo básicamente el logro de: *Las luchas del movimiento obrero,
*La fuerza del pensamiento socialista.
*Concepción de una vida social. -
Se dio por la explotación y la miseria que vivían los obreros, la injusticia y la desigualdad entre los trabajadores mexicanos y extranjeros donde "El desarrollo alcanzado en México no beneficiaba en nada al pueblo ni a los trabajadores"
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Concluyó con el lado inhumano del Presidente Diaz. El cual solo tuvo como consecuencia benéfica la prohibición del trabajo a niños menores de 17 años.
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El Estado no interviene.
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La primera que reconoció el Estado de Veracruz con la legitimidad de las asociaciones obreras.
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La facultad de asociarse esta reconocida como un derecho natural del hombre.
Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia.
Unos de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patrones no acceden a las huelgas. -
Constitución de 1917.
La constitución en su artículo 123º XVI, estableció la posibilidad a trabajadores y patrones de asociarse para llegar o defender fines comunes. -
Surge la primera Ley Federal del Trabajo, existió incertidumbre jurídica, ya que todos los Estados tenían sus propias leyes laborales las cuales variaban entre ellas.
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En México se ratifica el convenio a respetar el derecho a huelga.
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Surgen las primeras organizaciones de trabajo.
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Fueron destruidas con un número alto de obreros muertos.
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Articulo 386.
Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.