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Antecedentes del Derecho Comercial Argentino

  • Creacion del del Consulado de Comercio de Buenos Aires

    Creacion del del Consulado de Comercio de Buenos Aires
    Se crea en epoca colonial. Este organismo cumplía una función judicial y administrativa dentro del comercio del Virreinato del Río de la Plata. Actuaba como tribunal especializado en litigios mercantiles, independiente del sistema judicial ordinario, y también regulaba aspectos del comercio marítimo y terrestre. Se constituyó con autoridades electas por los comerciantes locales y su procedimiento era rápido, sin necesidad de abogados.
  • Revolucion de Mayo

    Revolucion de Mayo
  • Primera Regulacion comercial "matricula para comerciantes nacionales"

    Primera Regulacion comercial "matricula para comerciantes nacionales"
    la Asamblea del Año XIII crea la matrícula para comerciantes nacionales, regula las consignaciones y permite que peritos contadores participen en litigios.
  • La Bolsa Meercatil

    La Bolsa Meercatil
    Se establece la Bolsa Mercantil y se reglamentan las figuras de corredores y martilleros
  • Creacion de Actos de Comercio

    Creacion de Actos de Comercio
    Bajo el impulso de Bernardino Rivadavia, se dictan decretos sobre actos de comercio y se crean instancias para resolver causas comerciales.
  • Se eliminan los Concursos de Acreedores

    Se eliminan los Concursos de Acreedores
    Rosas elimina los concursos de acreedores, son reestablecidos en 1858.
  • Sancion del Primer Codigo de Comercio

    Sancion del  Primer Codigo de Comercio
    Se sanciona el primer Código de Comercio argentino, basado en el proyecto impulsado por Eduardo Acevedo y Dalmasio Vélez Sarsfield. Originalmente aprobado por la Legislatura de Buenos Aires en 1859, tras la reunificación nacional se extiende a todo el país. Regía operaciones bancarias, contratos mercantiles, navegación, sociedades y quiebras; y tuvo vigencia por más de 150 años donde va a sufrir grandes reformas.
  • Se sanciona el Codigo Civil

    Se sanciona el Codigo Civil
    Se sancionó el Código Civil, y comenzó el debate sobre la conveniencia de mantener dos cuerpos normativos separados. Aun así, el Código de Comercio de 1862 permaneció vigente hasta el 2015, sufriendo reformas, pero conservando su rol como pilar del derecho económico argentino.
  • Incorporacion de Usos y Costumbres

    Incorporacion de Usos y Costumbres
    La reforma reconoció expresamente a los usos y costumbres comerciales como fuente supletoria del derecho, es decir, que en ausencia de ley aplicable, se podían utilizar las prácticas habituales del comercio para resolver conflictos. Esto fue un paso clave hacia un derecho más flexible y adaptado a la realidad del mercado, ya que permitió que las prácticas vivas del comercio tengan valor normativo.
  • Regimen de letras de Cambios y Pagares

    Regimen de letras de Cambios y Pagares
    fue introducido en Argentina por el Decreto-Ley N.º 5965/1963; esta norma incorporó una regulación moderna y específica sobre estos títulos de crédito, esenciales en el comercio por su función como instrumentos de pago y financiamiento.
  • Ley de Seguros

    Ley de Seguros
    Fue introducida mediante la Ley N.º 17.418;Esta ley establece el régimen general del contrato de seguro, definiendo sus elementos esenciales, derechos y obligaciones de las partes (asegurador y asegurado), tipos de seguros (contra daños, de personas, responsabilidad civil, etc.), y cuestiones vinculadas a la vigencia, resolución, prescripción y pago de siniestros. Es la norma madre que regula toda la actividad aseguradora en el país.
  • Ley de sociedades

    Ley de sociedades
    Fue introducida por la Ley N.º 19.550.Esta ley establece el régimen legal de las sociedades comerciales, regulando:
    -Tipos de sociedades: S.A., S.R.L., S.C.A., S.C., entre otras.
    -Constitución, funcionamiento, administración y fiscalización.
    -Transformación, fusión, escisión y disolución.
    -Derechos y obligaciones de socios.
    En 2015, fue modificada parcialmente por el Código Civil y Comercial de la Nación, pero sigue vigente como ley autónoma para aspectos específicos de la vida societaria.
  • Ley de Martilleros

    Ley de Martilleros
    La Ley de Martilleros y Corredores establece el régimen jurídico aplicable a:
    -Requisitos para ejercer como martillero o corredor.
    -Matrícula profesional.
    -Funciones, derechos y deberes.
    -Régimen disciplinario.
    -Subastas públicas y privadas.
    Es fundamental para la regulación del intermediario comercial y para garantizar la transparencia en actos como remates y ventas judiciales.
  • Leyes de Navegacion

    Leyes de Navegacion
    La Ley de Navegación regula toda la actividad relacionada con la navegación marítima, fluvial y lacustre dentro del territorio argentino, incluyendo:
    -Régimen jurídico de los buques.
    -Contratos de transporte por agua.
    -Accidentes y siniestros marítimos.
    -Responsabilidad del armador y del transportista.
    -Jurisdicción y competencia en asuntos marítimos.
    Es clave en el Derecho Marítimo argentino y en el comercio exterior.
  • Rregimen de Cheques y Regimen de Concursos y Quiebras

    Rregimen de Cheques y Regimen de Concursos y Quiebras
    Ley 24.452: Incorpora el régimen de cheques, estableciendo una regulación moderna sobre su emisión, circulación, tipos (común, de pago diferido, etc.) y aspectos relacionados con su protesto y cobro. Ley 24.522: Establece el nuevo régimen de concursos y quiebras, reemplazando al sistema anterior para reorganizar empresas en crisis, proteger créditos y establecer procedimientos más eficaces y transparentes para la liquidación de patrimonios insolventes.
  • Cambio en la Edad Legal ante la Ley

    Cambio en la Edad Legal ante la Ley
    La mayoría de edad se reduce de 21 a 18 años. Estas reformas muestran cómo el Derecho Comercial fue adaptándose a las transformaciones sociales, tecnológicas y económicas del país, manteniendo su vigencia frente a nuevas realidades del comercio nacional e internacional.
  • Nuevo Codigo Civil y Comercial de la Nacion

    Nuevo Codigo Civil y Comercial de la Nacion
    Fue sancionado por la Ley 26.994. Deroga el viejo Codigo e integra el derecho privado en un unico Codigo. No reconoce al comerciante ni al acto de comercio como conceptos jurídicos, eliminando también la distinción entre contratos civiles y comerciales. Ya no existen las categorías de sociedad civil o comercial, ni el registro público de comercio. El nuevo código adopta una visión moderna y unificadora del derecho privado, adaptada a la complejidad de las relaciones contemporáneas.