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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA ALUMNA: CLAUDIA VENTURA TEPOX MATERIA: DOGMÁTICA JURÍDICA PENAL FACILITADOR: JORGE ALBERTO DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ ACTIVIDAD: LÍNEA DE TIEMPO
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ES EL PRIMER PERIODO, CORRESPONDE AL IMPULSO DE LA DEFENSA O DE LA VENGAZA Es en donde cada particular, cada familia y cada grupo se protege y se hace justicia por si mismo, ante la falta de protección y seguridad, por lo que, no había autoridad para castigar a los culpables, moderación de ofendidos, aseguramiento del orden y paz social
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Se llama así porque se originó por el homicidio y las lesiones, delitos denominados de sangre, entre los germanos se llamo "blutrache"
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Esta ley surge, debido a que las personas que causaban venganza se excedían en el castigo, por lo que se comenzó a limitar la venganza mediante la fórmula del "talión", siendo ojo por ojo y diente por diente.
el ofendido causaba un mal de igual intensidad al sufrido, esto significo un avance, ya que, de paso al "sistema de composiciones", en donde el ofensor podía comprar el derecho de venganza -
En este periodo, el delito causa descontento de los dioses, por lo que los jueces y tribunales juzgan en nombre de la divinidad ofendida, imponiendo sentencias y penas para satisfacer la ira y el desistimiento de su indignación. la Justicia represiva era manejada por la clase sacerdotal, ya que no había diferencia entre pecado y delito, las penas eran públicas e iba acompañada de tormentos. Surge en el Periodo Teocrático
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En este periodo, los Estados comienzan a formarse con solidez, por lo que se comienza hacer la distinción entre delitos privados y delitos públicos, de acuerdo con los intereses que perjudica, siendo particulares o de orden público, para lo cual los tribunales juzgan en nombre de la colectividad, siendo representantes de la sociedad.
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"A toda acción corresponde una reacción de igual intensidad, pero en sentido contrario"
La teoría humanitaria inicia con César Bonné-sana, también intervienen en él Montesquieu, DÁlembert, Voltaire, Rosseau, entre otros. -
Periodo de los tres reinos al no haber una sola nacían establecida.
Este pueblo domino militarmente la mayor parte de los reinos, impulso las practicas jurídicas, se alcanzaron metas en el derecho penal.
El orden social estaba comprendido entre la religión y la tribu, para el pueblo todo dependía de la obediencia religiosa.
Quienes violaban el orden social, tenían un estatus de inferioridad, se aprovechaba del trabajo, en especie de esclavitud, educaba a los jóvenes para las armas -
Se tiene conocimiento del conocimiento de la crueldad de las penas, el adulterio no solo se castigaba con la muerte, sino que trascendía a la familia, los bienes del culpable eran confiscados, , al forzador de mujeres se le rompía la boca hasta las orejas, se le lapidaba, en ocasiones el cuerpo era dejado para que fuera comido por las aves
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No se tiene datos sobre el derecho Penal anterior a la llegada de los conquistadores. únicamente alude a los tres pueblos principales de América, siendo el maya, tarasco y azteca.
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En los pueblos mayas, las leyes penales eran severas, los batabs o caciques tenían la función de castigar, aplicaban como penal la esclavitud y al pena de muerte.
en este periodo no no uso la pena ni los azotes, pero en su lugar utilizaban jaulas de madera -
La conquista puso en contacto al pueblo español con el grupos de las razas, los integrantes fueron siervos y los europeos los años, se declara a los indicios libres y se les dejaba abierto el camino a la emancipación y elevación social por medio del trabajo, el estudio y la esclavitud.
se puso en vigor la legislación de Castilla, conocida con el nombre de Leyes de Toro, tendía a mantener las diferencias de castas, con un cruel sistema intimidatorio para los negros, mulatos y castas -
En este periodo se ponían penas mas crueles e inhumanas, ya que según Eugenio Cuello Calón, en este periodo nadie se respetaba, ni siquiera las tumbas, pues desenterraban a los cadáveres y se les procesaba. los jueces y tribunales castigaban aunque el hecho no estuviera considerado como delito en las leyes, por lo que ya no actuaban bajo el servicio de justicia, sino al servicio de los déspotas y tiranos
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De entre los puntos mas importantes del libro de Beccaria destacan los siguientes:
1) el derecho a castigar se basa en el contrato social, la justicia humana y divina son independientes
2) las penas únicamente pueden ser establecidas por las leyes.
3) las penas deben ser públicas, prontas y necesarias, nunca deben ser atroces
4) los jueces carecen de facultad de interpretar la ley.
5) El fin de la pena es evitar que el autor comete nuevos delitos
6) La pena de muerte es injusta -
En el libro "DEI DELITTI E DELLE PENE" escrito por Cesar Bonné-sana, se realiza una crítica de los sistemas empleados y se propone la creación de nuevos conceptos y nuevas prácticas, se habla de la exclusión de suplicios y crueldades, se considera la peligrosidad del delincuente como punto para determinar las sanciones, para proscribir la interpretación de la ley.
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Impera en Europa, Oriente y América, para que a través del miedo y del terror, los súbditos se sometieran al soberano y a los grupos políticos fuertes. Carranca y Trujillo, se inventaron suplicio, la tortura era utilizada antes de la ejecución para obtener confesiones y revelaciones. nacen los calabozos, donde las victimas sufrían prisión perpetua, la jaula de hierro o madera, la argolla, el "pilori", la horca, azotes, galeras, hoguera, decapitación, marcas con hierro
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Iniciado el movimiento de independencia por Hidalgo, Morelos decreto la abolición de la esclavitud.
Se procuro organizar a la policía y reglamentar la portación de armas y el consumo de bebidas alcohólicas, combatir la vagancia, la mendicidad, el robo y el asalto -
La primera codificación de la Republica en materia penal, se expidió en el estadio de Veracruz, por Decreto de 8 de abril de 1835, por lo que Veracruz, fue el primer Estado en contar con un código penal local.
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Comienza esta etapa desde la sistematización en los estudios sobre materia penal.
esta etapa comienza con Beccaria y culmina con Francisco Carrara, quien es el principal exponente de la Escuela Clásica del Derecho Penal. Los positivistas confeccionan ciencias causales explicativas de la criminalidad, pero no del derecho.
en este caso, para la existencia de un conocimiento científico basta con tener un fin o una verdad en forma ordenada y sistemática. -
El autor Fran Von Liszt, en su obra "TRATADO DE DERECHO PENAL", lo definió a este como "el conjunto de reglas establecidas por el Estado, que asocian al crimen como hecho y a la pena como su legítima consecuencia"
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El Presidente General Porfirio Díaz, designo una Comisión presidida por el Licenciado Miguel S. Sacedo, para llevar a cabo una revisión de la legislación penal.
Los trabajo se terminan en 1912, pero el Proyecto de Reformas no se pudo plasmar porque el país se encontraba en plena revolución -
El Licenciado Emilio Portes Gil, expide el Código en 1929, quien expresa que se acordó presentar un proyecto fundado en la Escuela Positiva.
se destaca la supresión de la pena capital y la elasticidad para la aplicación de de las sanciones, ya que se establecen mínimos y máximos de diferentes delitos. -
Fue promulgado por el Presidente Ortiz Rubio y publicado en el diario oficial de la Federación, con el nombre de Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, en materia de fuero común y para toda la Republica en Materia de Fuero Federal.
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En México, Celestino Porte Petit, sostiene en su obra, que el Derecho Penal debe entenderse como el conjunto de normas jurídicas que prohíben determinadas conductas o hechos u ordenan ciertas acciones, bajo la amenaza de esta
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Hanz Welzel, establece que es aquella parte del ordenamiento jurídico que determina las características de la acción delictuosa y le impone penas o medidas de seguridad
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- De los Ángeles Vargas, P. (2023). Contenido de la Unidad 1. Introducción. Material elaborado para la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.
- Castellanos Tena, F. (2011), "Lineamientos elementales de derecho penal", 16a. edición, Porrúa S. A., México. pp. 31-50. https://www.derechopenalenlared.com/libros/lineamientos-elementales-del-derecho-penal-castellanos.pdf
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- CHÁVEZ OROZCO LUIS: "Tres capítulos de historia diplomática". México, Editorial Patria, 1985. HISTORIA SINOPTICA DEL DERECHO PENAL. MIGUEL S. Macedo.