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Bajo este modelo, la provisión de salubridad pública se limitaba a atender aspectos de carácter sanitario, mientras que la atención preventiva y curativa en salud tenía que ser financiada por los propios usuarios o por algunas instituciones religiosas de caridad.
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Tratamiento de niños con lesiones óseas y musculares, empleo de medios fisicos en el Hospital San Juan de Dios.
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Atendía la salud de los empleados públicos
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Atendía a los empleados del sector privado formal
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Creación de la primera escuela de formación como modalidades físicas y eléctricas para ser implementado en el Instituto Roosevelt. Posteriormente se crear la Escuela Colombiana de fisioterapia por el Dr. Ruiz Mora. Con las primeras graduadas en 1953 fue fundada la asociación Colombiana de Fisioterapia.
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Ofreció por primera vez ésta carrera que inició labores en la capital del país, como dependencia anexa al Instituto Colombiano de Ortopedia Delano Roosevelt, bajo la dirección de su fundador, el Dr. Juan Ruiz Mora.
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La Asociación colombiana de fisioterapia es creada como el ente gremial de la profesión, es a partir de esta fecha que se conmemora el día del Fisioterapeuta.
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Los recursos del gobierno central para la salud eran transferidos a la red de instituciones públicas hospitalarias.
El servicio de salud se convierte en parte integral de la planeación socioeconómica del país.
También se crea un esquema tripartito (estado - empleadores - empleados) de financiación para la prestación de los servicios de salud a la población trabajadora formal; sin embargo, tal Sistema seguía sin proporcionar una atención integral en salud a la población de escasos recursos. -
Mediante la cual se le reconoció a la fisioterapia el nivel de formación profesional universitaria.
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Se define la fisioterapia como profesión del área de la salud dedicada al estudio y manejo de la fisiocinética humana y a su desarrollo normal a través de las diferentes etapas de la vida.
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La Entidad surge con el nombre de "Superintendencia de Seguros de Salud", con el fin de ejercer control y vigilancia sobre la administración, los servicios y prestaciones de la salud de los seguros sociales obligatorios, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Salud, como sujeto el Instituto de Seguros Sociales
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El Congreso de la República aprobó la Ley 15 de 1989, a través de la cual se expidieron normas sobre la organización, financiamiento y control de los servicios de salud y la asistencia pública, reorganizando las funciones de la Superintendencia y cambiando su denominación al de Superintendencia Nacional de Salud.
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Se reorganiza la Superintendencia y se le establece como objeto el de ser autoridad técnica en materia de inspección, vigilancia y control de: a) la calidad y eficiencia de la prestación de los servicios de Salud; b) sobre la liquidación, recaudo, giro, cobro y utilización de los recursos que se apliquen a tales actividades; c) la eficiencia en la obtención y aplicación de los recursos en las entidades del subsector oficial del sector salud.
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En acuerdo con el artículo 36 de la Constitución Política del 86 que elevó el servicio de salud al rango de servicio público, hasta la actualidad.
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Colombia: Estado Social de Derecho que consagra la vida como un derecho fundamental e inviolable (Art.11,). De allí la obligatoriedad jurídica para provisión de servicios de salud por parte del Estado (y/o agentes particulares) en aras de garantizar el mencionado derecho fundamental.
Seguridad Social como “un servicio público de carácter obligatorio” (Art.48), dentro de la cual “la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado” (Art.49). -
Se propendió por la apertura y el aumento
de la oferta educativa, ocasionando el incremento
general de universidades y programas académicos. -
Las reformas estructurales tendientes a la privatización de algunas empresas del Estado, en combinación con la creación de incentivos de mercado para la competencia en la prestación de servicios sociales como la salud, inspiraron la concepción del esquema de competencia regulada que se instauró en Colombia a partir de la Ley 100 de 1993.
Creación de un Sistema de aseguramiento para la provisión de servicios a través de una red privada de instituciones -
Promovió la participación de los agentes privados en el aseguramiento y la provisión de servicios de salud bajo un esquema de solidaridad en la financiación del aseguramiento para los más pobres.
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Régimen contributivo y subsidiado
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Vincula a los trabajadores formales, los trabajadores independientes con capacidad de pago, los pensionados y las familias de estos grupos; la financiación de la atención en salud para este régimen se realiza por medio contribuciones obligatorias efectuadas por los empleadores y los empleados o pensionados.
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Vincula a la población pobre y vulnerable que ha sido previamente identificada por el Estado y se financia con recursos de ingresos corrientes de la nación que se transfieren a los entes territoriales (Sistema General de Participaciones), el 1% de los aportes recaudados en el régimen contributivo y otras fuentes de ley.
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En la cual se reglamenta el ejercicio profesional de fisioterapia, y por ende se empieza a establecer los campos de acción
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Ley 1122 por medio de la cual se crea el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el cual quedó en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud, con base en los siguientes ejes: financiamiento, aseguramiento, prestación de servicios de atención en salud pública, atención al usuario y participación social, acciones y medidas especiales, información y focalización de los subsidios en salud.
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Fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de un modelo de prestación del servicio público en salud que en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable.
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Organización sin ánimo de lucro originada en el ejercicio del derecho de la libre asociación de profesionales del área de la fisioterapia, que se congrega bajo una estructura democrática con la finalidad de promover la utilidad, el significado social y el desarrollo de la profesión.
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Se reestructura de nuevo la Superintendencia de Salud, a través del Decreto 2462 de este mismo año, luego de que el Plan de Desarrollo del presidente Juan Manuel Santos ordenara un cambio de filosofía para la entidad, con el fin de que la Superintendencia se volcara a la protección de los derechos de los usuarios del Sistema de Salud.
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El Ministerio de Salud y Protección Social, entrega al Colegio Colombiano de Fisioterapeutas (COLFI), las funciones publicas de la profesión, lo que implica que la profesión asume el control del ejercicio profesional.