contexto nacional normativo y político de los planes de intervención colectiva (PIC)
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Dicta normas especiales complementarias para el cumplimiento de leyes que regulan los residuos sólidos, concertamente los residuos especiales, en cuanto su clasificación, recolección, transporte y disposición final.
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atención básica, el ministerio de salud definirá un plan de atención básica que complete las acciones previstas en el plan obligatorio de salud de esta ley y las acciones de saneamiento ambiental.
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establece criterios generales, para determinar, identificar, y seleccionar beneficiarios para la aplicación del gasto social atraves de programas financiados con productos provenientes de ingresos corrientes de la nación.
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expide criterios, parámetros y procedimientos meteorológicos para la elaboración y seguimiento de los planes sectoriales y descentralizados de salud.
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expide manual de actividades, intervenciones y procedimientos para usos en el sistema de seguridad social en salud.
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aclara algunos conceptos sobre la operación del régimen contributivo del sistema general de seguridad social de salud.
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adopta la política nacional de salud mental, regula la calidad de los servicios, la prevención de la enfermedad mental mediante la intervención de los factores de riesgo, que son de obligatorio cumplimiento por todas las entidades del sector salud,
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este acuerdo establece obligatorio para las EPS, entidades aptas y transformadas y las administradoras del régimen subsidiado la responsabilidad de cumplimiento de actividades, procedimientos e intervenciones de dementa inducida.
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ordena actividades,, procedimientos e intervenciones con el fin de reducir el riesgo de enfermar y morir.
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Se dicta una norma en cuanto a las disposiciones de los recursos para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
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el plan de salud publica de intervenciones colectivas, remplazara el plan de atención básica.
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Se estipula que el Ministerio de la Protección Social, como ente rector del Sistema de Protección Social, del Sistema General de Seguridad Social en Salud -
SGSSS y del sector salud, tiene la función de proveer de manera integral, las acciones de salud individuales y colectivas con la participación responsable de todos los sectores de la sociedad, que mejoren la condiciones de salud de la población. -
Definir la estrategia de monitorio, seguimiento y control integral al gasto que ejecutan las entidades territoriales con recursos del sistema general de participaciones.
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Por la cual se define la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Salud Territorial, y las acciones que integran el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de las entidades territoriales.
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Artículo 16: Se establece un plan de salud pública de intervenciones colectivas:
1. Promoción de la salud y calidad de vida
2. Acciones de prevención de los riesgos en salud -
Se elabora un plan Decenal de salud publica atreves de un proceso amplio de participación social y en el marco de la estrategia de atención primaria en salud, en el cual deben confluir las políticas sectoriales para mejorar el estado de la salud de la población incluyendo la salud mental, garantizando que el proceso de participación social sea eficaz, mediante la promoción de la capacitación de la ciudadanía y de las organizaciones sociales.
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Se establecen las disposiciones sobre el proceso de planiación integral para la salud.