Marco Legal del Servicio Farmacéutico- Elsa Constanza Lozano Herrera (Granada meta)

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    Linea de tiempo marco legal del servicio Farmaceutico

    Abarca la normatividad desde 1993 hasta la fecha actual
  • LEY 100 DE (Diciembre 23) 1993.

    Esta Ley abarca el sistema de seguridad social integral, dentro de ella la salud respaldada con sus normas y procedimientos, ofreciendo a la ciudadanía del pueblo colombiano el goce de una calidad de vida, con el fin de lograr el bienestar e integración de la comunidad, en el articulo 156 se encuentra una Característica básicas en salud,Todos los afiliados al sistema gozara de un plan integral, con la parte preventiva, médico-quirúrgica y medicamentos esenciales, el plan obligatorio de salud.
  • LEY 485 DE (diciembre 21)1998. Se Reglamente Regente de Farmacia

    LEY 485 DE (diciembre 21)1998.  Se Reglamente Regente de Farmacia
    Reglamenta la profesión de Tecnólogo en Regencia de Farmacia,
    ARTICULO 1 - 11, Cumplirá con principios éticos para el Sistema Integral de Seguridad Social en Salud, puede laborar en entidades farmacéuticas como hospitales, clínicas, droguerías, farmacias, capacitado para ejercer actividades docentes y de capacitación formal no formal en el campo de su especialidad, así como en las labores orientadas a la promoción y uso racional de los medicamentos, es gran apoyo para el químico Farmacéutico
  • RESOLUCIÓN 0234 DE Mayo 4 2005.

    RESOLUCIÓN 0234 DE Mayo 4  2005.
    Se establece los procedimientos de registros y anotaciones según el formato que ordenado, todo paciente que sea formulado debe recibir su tratamiento por medio de una formula medica membretiada, el profesional de la salud debe garantizar su formulación para que sea entregada en el mayor tiempo posible, la Secretaría de Salud notificará a las droguerías y farmacias el procedimiento para realizar la venta de medicamentos, desde determinado en el respectivo registro sanitario para cada producto.
  • DECRETO 2200 del 28 junio 2005.

    DECRETO 2200 del 28 junio  2005.
    Su objeto es regular los procesos propios del servicio farmacéutico, aplicando las disposiciones a los establecimiento donde almacenen, comercialicen, distribuyan o dispensen medicamentos, dispositivos médicos.
    De igual forma el el químico farmacéutico debe ser apoyado por el Regente de Farmacia para prestar un excelente servicio en los establecimientos autorizados, todo establecimiento de sanidad donde se dispensen medicamentos debe cumplir con la normas de invima evitando efectos adversos.
  • RESOLUCIÓN 1403 (14 de mayo) 2007

    RESOLUCIÓN  1403 (14 de mayo) 2007
    Determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se
    adopta el manual de condiciones esenciales y procedimientos dictando otras disposiciones dado a conocer un modelo de gestión farmacéutico, Los laboratorios farmacéuticos serán sometidos a la disposición contenidas en la presente resolución, en relación con las actividades, procesos de transporte, distribución y entrega física en la cadena de medicamentos y dispositivos médicos. cumpliendo prácticas de manufactura.
  • Ley Estatutaria 1266 diciembre 31 de 2008.

    Ley Estatutaria 1266 diciembre 31 de 2008.
    Esta ley hace referencia a las disposiciones generales del hábeas data, regulando y asegurando el manejo de las informaciones contenidas en la base de datos personales a las cuales el personal de salud accedemos en este caso nosotros como Regentes de Farmacia una vez iniciemos a laborar nos vamos a encontrar con esta situación, tenemos que ser responsables y tener criterio para no dar información ni divulgar a los demás situaciones de los pacientes o usuarios de los archivos que nos generan.
  • LEY 1480 Octubre 12 de 2011.

    LEY 1480 Octubre 12 de 2011.
    Garantiza los efectos de calidad, idoneidad y seguridad de los productos, bienes y servicios que se comercialicen. El ente quien revista estos procesos es el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos Invima, solicitando a las respectivas empresas o laboratorios farmacéuticos los registros sanitarios, de conformidad con las competencias establecidas en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993, que ordena el control y la vigilancia sobre la calidad y seguridad de los farmacos.
  • Decreto 1782 de 18 Septiembre 2014

    Decreto 1782 de 18 Septiembre 2014
    Establece requisitos y procedimientos para las Evaluaciones Farmacológica y Farmacéutica de los medicamentos biológicos en el trámite del registro sanitario, El consumidor tiene beneficios y derechos para cumplir y hacerlos cumplir, .idoneidad o eficiencia: aptitud del producto para satisfacer la necesidad o necesidades para las cuales ha sido producido o comercializado, siempre y cuando cuente con el registro invima, se deben verificar los medicamentos en el momento de promociones,rifas, ect.
  • Resolución 1352 15 Abril 2016

    Resolución 1352 15 Abril 2016
    Define procedimientos y condiciones a las entidades prestadoras de servicios de salud, la parte farmacéutica debe contar con una lista de medicamentos dentro y fuera del POS, medicamentos utilizados en las salas de imagenologia donde se utilizan medios de contraste para diferentes diagnósticos, es de allí que todo procedimiento debe llevar un código CUPS, para así saber realmente que medicamento se utiliza mediante procedimientos incluso en salas de cirugía y unidades de alta complejidad.
  • LEY 212 - OCTUBRE 26 DE 1995. Se reglamenta el químico farmacéutico.

    El congreso de la república de Colombia decreta
    ARTICULO 1. el principal objetivo de esta ley es fomentar la importancia del profesional en la salud Químico Farmacéutico, con el fin de proteger y salvaguardar el derecho que tiene cada individuo de la población colombiana otorgando responsabilidad, calidad y seguridad, en los medicamentos, cosméticos y preparaciones farmacéuticas con bases en productos naturales y demás insumos de salud relacionados con el campo de la Química Farmacéutica.