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La biblioteca Alejandría fue un sofisticado sistema de getión documental en tanto que rodenaba y custodiaba información y permitía recuperarla a demanda.
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Tenía un marcado carácter patrimonial y administrativo.Solo consideraban la participación de los archiveros cuando los documentos perdian su valor administrativo y pasaban a los archivos históricos.
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Se desarrollaron fundamentalmente dos grandes áreas de atención de la Archivística: los archivos al servicio de fines históricos, culturales y de investigación (archives administration), y los archivos al servicio de las administraciones productoras de los documentos (records management).
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Sebastián de Belalcázar ordenó hacia 1535 que se depositaran en un arca libros y registros de aquello relativo al gobierno de la naciente ciudad de Quito
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En este año surge el Archivo Nacional como una dependencia de la Secretaría de Interior y Relaciones Exteriores.
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El servicio se volco al servicio de la investigacion historica puesto que se había mantenido centrada en buscar maneras de almacenamiento, conservación y restauración de documentos físicos, pero con la llegada de los medios digitales.
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El gobierno colombiano preocupado por la preservación de los documentos, promueve la Ley 4ª llamada de ordenamiento del inventario de archivos, su arreglo y el acceso al público; la Ley 43 del mismo año promueve que se conserven ciertos documentos oficiales.
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El Estado consciente de la importancia de mantener y preservar la identidad cultural, expide la Ley 47 de 1920 con la finalidad de proteger el patrimonio documental y artístico.
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Ley 45 de 1923, crea la Superintendencia Bancaria y establece las normas para los establecimientos bancarios. Esta norma establece que los documentos bancarios deben conservarse.
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En el año 1936 con la Ley 14, que aprueba el tratado internacional sobre protección del patrimonio cultural, creando los permisos de importación y exportación para este tipo de objetos asignando responsables para garantizar la tenencia y buen manejo del patrimonio cultural del país.
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Fue dirigida a la investigación histórica
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Surge la figura del records manager (gestor de documentos) y posteriormente la aceptación del término Record Management (Gestión de Documentos).
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La disciplina comenzó a centrarse en las necesidades que las organizaciones tenían de gestionar su documentación, así como de la investigación, la historia y la cultura.
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Consagra “Que es conveniente darle mayor seguridad a los archivos tanto oficiales de la Administración Pública, como a los demás de interés colectivo, especialmente a los de las instituciones de crédito y las entidades vinculadas a la economía y a la cultura patria”.
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Schellemberg distinguía entre los profesionales que trabajaban con los documentos de uso inmediato e intermedio, identificándolos como gestores documentales, y los profesionales que trabajaban con los documentos de valor secundario o histórico, reconociéndolos como archiveros.
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El fisico Tim Bernes propuso un nuevo sistema de hipertexto para compartir documentos para facilitar la forma de compartir y la puesta al día de la información entre investigadores.
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Ley 23 por la cual se dictan normas en materia de ética médica, y puntualiza que las historias clínicas deben ceñirse al modelo que establezca el Ministerio de Salud y Protección, sometido a reserva, y la Ley 39, la cual crea el comité de Archivo y Micro filmación de Documentos Pertenecientes a la Secretaria de Integración Social.
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Se expide el Decreto 1333 de 1986, que ordena cuidar los archivos y mantenerlos en perfecto estado en las alcaldías, propiciando la transparencia en la actividad pública.
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En 1989 con la sanción de Ley 80,como un establecimiento público del orden nacional adscrito al Ministerio de Gobierno y como ente rector de la política archivística nacional.
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Con el Decreto 1777 de 1990,se adoptan los estatutos que rigen la organización y el funcionamiento del Archivo General de la Nación.
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Inició operaciones como establecimiento público del Archivo General de la Nación en el año de 1992.
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Mediante el Decreto 1126 de 1999 se reestructura el Ministerio de Cultura, y se cambia la adscripción a este Ministerio enmarcándola dentro de él como un ente autónomo adscrito al mismo.
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La Ley 594 de 2000, cuyo fin ha sido establecer los parámetros y principios fundamentales que regulan la función archivística en Colombia, aplicándose a las entidades públicas en todos los niveles y a las entidades privadas que cumplen funciones públicas.
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Se le asigna a esta Entidad la responsabilidad de administrar los archivos centrales de las Entidades Financieras Públicas en Liquidación.
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se constituye en el principal instrumento de control
del Programa de Gestión Documental. Dicha herramienta ha brindado los elementos
administrativos, legales y técnicos. -
En su artículo 160 señala al AGN como miembro del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral Victimas (SNARIV) y en el artículo 144 indica que dentro de las responsabilidades de este Ente Estatal se encuentra la de custodiar los Archivos judiciales en el evento de que la Rama Judicial “lo considere pertinente y oportuno a fin de fortalecer la memoria histórica en los términos de la presente ley”.
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El Gobierno Nacional sanciona el 16 de octubre del año 2012 mediante el decreto 2126 y 2127, y el decreto 1516 de 2013 el Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado adecuó su estructura y planta de personal a lo que demanda su ordenamiento jurídico y los compromisos impuestos por las funciones asignadas.
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El Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado – AGN, considera necesario socializar con la comunidad archivística y las instancias que conforman el Sistema Nacional de Archivos – SNA, los aspectos más relevantes de dicha norma.
http://www.archivogeneral.gov.co/historia -
Por el cual se reglamenta el titulo v de la ley 594 de 2000, dispone en su articulo 3 que la gestión de documentos esta asociada a la actividad administrativa de estado, al cumplimiento de las funciones y al desarrollo de los procesos de todas las entidades de estado.
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se crea para el mejoramiento de la prestación de servicios, desarrollo de los procedimientos y de programas específicos.Por la cual se actualiza y se adoptan el programa de Gestión Documental.