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Del siglo VII a. C. al V d. C.
En está etapa existió la esclavitud. En Roma existieron disposiciones que regularon la prestación del trabajo, se encuadro dentro del derecho Civil, bajo las figuras de arrendamiento y compraventa: de esclavos y hombres libres que se arrendaron. -
Del siglo V d. C. al siglo XV d. C.
Cobran gran auge el artesano y surgen los gremios, siendo agrupaciones de individuos dedicados a los mismos oficios, ellos regulaban las condiciones de prestación de servicios a sus agremiados y la reciprocidad de la ayuda económica entre ellos, estando formados por maestros, oficiales y compañeros. -
Los gremios nacen como emancipación, rompiendo relaciones con el señor feudal y emigrando a las ciudades, dónde se dedican a una determinada actividad.
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Se elevo la doctrina liberal a la categoría de los Derechos Universales del individuo.
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Siglos XIX Y XX.
Rigen los principios de la doctrina liberal individualista, una concepción filosófica de la sociedad y del hombre, se funda en la teoría del derecho natural y los derechos del ser humano. -
La abolición de la esclavitud, por Miguel Hidalgo y Costilla en Valladolid, por medio de un bando que cumplimentaba al intendente de la provincia. Reconociéndose un derecho que no se reconocía ni la condición humana.
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Por el aumento del jornal obrero, continuando con la labor de Hidalgo, sentó bases fundamentales para estructurar la nación estado mexicano con 23 puntos con concepción de la justicia social.
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Se elevó la doctrina liberal a la categoría de los Derechos Universales del Individuo y en México contemplo estos derechos la primera Constitución.
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Yucatán. (Carrillo Puerto).
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Dos tesis Lucas Alamán infraestructura fabril con apoyo del Estado, y otra Luis Mora, concurrencia libre, iniciativa privada.
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Proclama la abolición de la esclavitud, derecho a la enseñanza.
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La revolución de Ayutla buscaba derrocar a Santa Anna y con el fin de reconocer los derechos fundamentales del hombre.
Los Artículos 4 y 5 consignaron las libertades profesional, industrial y del trabajo. -
Régimen monárquico, legislación social para el desarrollo de la nación.
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El Derecho Natural pugnaba porque se dejara al hombre del campo totalmente libre, sin trabas, ni sujeciones, en el desempeño de sus actividades porque el hombre es por su naturaleza libre y el Estado debe proteger este Derecho.
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Siglo XX.
Nace el derecho Social a causa de: Dos sectores irreconciliables por un lado los dueños del capital, y por el otro quienes subsistían mediante el alquiler de su fuerza de trabajo en los siglos XVIII y XIX. -
En el inicio del siglo XIX, el triunfo del liberalismo era total; el Estado permanece ajeno a la vida económica y particularmente respecto de las relaciones obrero patronal, salvo que se trata de reprimir la coalición sindical y los movimientos de huelga.
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Huelga de Cananea.
Fue una huelga laboral en la mina de cobre de Cananea, Sonora, México, contra la empresa "Cananea Consolidated Copper Company" (CCCC), propiedad de un coronel estadounidense llamado William C. Greene. Este acontecimiento se considera precursor de la Revolución mexicana de 1910 y a Cananea se le llama "Cuna de la Revolución".Fue la huelga más grande registrada en la mina. -
Fundó en 1906, junto a su hermano Enrique, el Partido Liberal mexicano, que ejerció una gran influencia sobre la clase obrera, ya que en su manifiesto de fundación no sólo criticaba la dictadura del gobierno sino que exigía la jornada laboral de ocho horas, el descanso dominical obligatorio y el reparto de tierras a los campesinos.
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Huelga de Río Blanco .
Fue una rebelión obrera en la fábrica de tejidos de Río Blanco, en Veracruz, México, que se extendió a las fábricas aledañas de Nogales y Santa Rosa. La rebelión de Río Blanco es considerada un suceso precursor de la Revolución mexicana de 1910. -
Publicada en el Periódico Oficial de la entidad federativa; tiempo en que Carranza era gobernador de Coahuila. Proclama que los propietarios de una empresa son responsables civilmente de los accidentes que ocurran a sus empleados y operarios en el desempeño de sus labores.
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En el artículo 123 de la Constitución Pólítica de los Estados Unidos Mexicanos, se indica que correspondería a los estados y al congreso de la unión, respecto del Distrito federal dictar las leyes reglamentarias del Artículo 123, respecto a derechos laborales y de huelga.
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Ley laboral en Veracruz.
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Yucatán. (Álvaro Torres Díaz)
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Se publica la primer Ley Federal del Trabajo.