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(Ab urbe condita) en el año 753 a.C. hasta la destitución del último emperador por los bárbaros de Odoacro en 476 d.C.. Durante casi un milenio el sistema penal y la investigación de los delitos fueron cambiando, adecuándose a los diferentes cambios políticos de la urbe. -
Aparecio primero que tipo de acusaciòn, en la Grecia antigua hacia el siglo V a.c fue una creacion propia del pueblo. -
Se publicó la Ley de las XII Tablas .El
Estado empieza a regular la venganza privada y comienza a existir una persecución de oficio y una
instrucciónsumarial.“La venganza privada se conoce también como venganza de la sangre, porque sin duda se originó por el homicidio y las lesiones, delitos por su naturaleza denominados de sangre. Esta venganza recibió entre los germanos, el nombre de blutrache, generalizándose posteriormente a toda clase de delitos” -
Este sistema nació a finales del siglo XII
e inicios del siglo XIII y fue creado por la
iglesia, se caracteriza porque se opone
al sistema acusatorio, primeramente,
porque el procedimiento dejo de ser
predominantemente publico.
Se diferencia de los demás sistemas por ser un sistema en el que lamentablemente
se sacrifican los derechos humanos del imputado, con la justificación de lograr una investigación
eficiente y obtener una “verdad real” a
través de me todos crueles para obtener
pruebas. -
Antes del siglo XVIII, sólo existían opiniones o elucubraciones sobre el delito, la pena, su fundamento y su fin, y no hasta 1764, al margen de las meras especulaciones filosóficas, con fines políticos, funcionales y pragmáticos, que surge a la luz del libro de "Beccaria", lo en él contenido primordialmente implica una "ardiente acusación contra la barbarie del Derecho Penal del antiguo régimen". -
Tiene su origen en el siglo XIII donde se desarrolla con el fin de impedir abusos contra los cuidadanos ingleses por parte de la court of star chamber y las court of High Commission principalmente buscaba garantizar el derechos a sus vidas ,a la libertad personal y a la propiedad.Se diferencia de las demas por que se desahogaba de manera oral, pùblica y ante al pueblo, asistido por un grupo de expertos(ansianos). -
Nace de la obra de Franz Von Liszt,se apoya en el concepto de "acción" como fenómeno causal natural como punto de partida del delito. Se avoca al estudio del Código Penal Alemán de 1871, para desprender de dicho Código la estructura del delito, naciendo así la dogmática jurídica penal. La diferencia de los demás sistemas, es que esta cerrado a cualquier valoración jurídico-cultural político-criminal, la Conducta, cuya percepción es a través de los sentidos. -
Consiste en una mezcla entre ambos
sistemas, es decir, entre el acusatorio e
inquisitivo. Surge en el siglo XIX durante
el período de la ilustracion, esto en base
a los ideales de la Revolucion Francesa,
pues se buscaba reconocer los derechos
del ciudadano acusado mediante un
trato digno, dentro de un contexto
historico en el que el Estado absolutista
se torno hacia un Estado de derecho en
el cual se reconocieron derechos a favor
de los ciudadanos y se establecieron
límites a las autoridades. -
Su principal exponente es Claus Roxin quien retoma el pensamiento de Von Liszt sobre política criminal, utilizando está postura para sustentar: "el fin de la pena es la prevención general". Se fundamenta en la función político criminal del derecho penal. Surge en Inglaterra en los años 1930.Se diferencia de los demas sistemas penales por el reflejó en el campo de le ley penal, significó la necesidad de entender el contenido de la propia ley penal en relación con la realidad social. -
Planteada en la tercera década del siglo XX, procuró seguir el análisis científico de la ley penal, intentando superar las contradicciones que se apuntaban en los esquemas precedentes de la dogmática penal. Surge así, la corriente del finalismo o teoría de la acción final, corresponde a Hans Welzel ser el creador del finalismo y poner las bases de la nueva construcción de esta estructura sistemática penal. -
Este proceso dio inicio de manera formal el 9 de marzo de 2007 con el envio del Ejecutivo Federal al Congreso de la Uniòn del proyecto de Reforma Constitucional que culminaria en la transiciòn del sistema penal inquisitivo hasta entonces vigente a la del nuevo sistema penal acusatorio. -
En ese año, el Congreso de la Unión aprobó la Reforma Penal que cambia el modelo a un sistema de justicia penal adversarial y acusatorio. Ésta transformación se realiza para garantizar los derechos de las víctimas y los imputados, la conclusión más rápida de los juicios y que la víctima obtenga la reparación del daño que sufrió; además, para lograr una mayor transparencia en la acción de las autoridades, pues tienen que realizar los juicios de manera oral y pública.