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Conociendo a los sistemas penales.

By sanfeje
  • El sistema penal.
    753 BCE

    El sistema penal.

    (Ab urbe condita) en el año 753 a.C. hasta la destitución del último emperador por los bárbaros de Odoacro en 476 d.C.. Durante casi un milenio el sistema penal y la investigación de los delitos fueron cambiando, adecuándose a los diferentes cambios políticos de la urbe.
  • Sistema procesal
    500 BCE

    Sistema procesal

    Aparecio primero que tipo de acusaciòn, en la Grecia antigua hacia el siglo V a.c fue una creacion propia del pueblo.
  • Venganza privada.
    500 BCE

    Venganza privada.

    Se publicó la Ley de las XII Tablas .El
    Estado empieza a regular la venganza privada y comienza a existir una persecución de oficio y una
    instrucciónsumarial.“La venganza privada se conoce también como venganza de la sangre, porque sin duda se originó por el homicidio y las lesiones, delitos por su naturaleza denominados de sangre. Esta venganza recibió entre los germanos, el nombre de blutrache, generalizándose posteriormente a toda clase de delitos”
  • Sistema Inquisitivo.

    Sistema Inquisitivo.

    Este sistema nació a finales del siglo XII
    e inicios del siglo XIII y fue creado por la
    iglesia, se caracteriza porque se opone
    al sistema acusatorio, primeramente,
    porque el procedimiento dejo de ser
    predominantemente publico.
    Se diferencia de los demás sistemas por ser un sistema en el que lamentablemente
    se sacrifican los derechos humanos del imputado, con la justificación de lograr una investigación
    eficiente y obtener una “verdad real” a
    través de me todos crueles para obtener
    pruebas.
  • "Beccaria"

    "Beccaria"

    Antes del siglo XVIII, sólo existían opiniones o elucubraciones sobre el delito, la pena, su fundamento y su fin, y no hasta 1764, al margen de las meras especulaciones filosóficas, con fines políticos, funcionales y pragmáticos, que surge a la luz del libro de "Beccaria", lo en él contenido primordialmente implica una "ardiente acusación contra la barbarie del Derecho Penal del antiguo régimen".
  • Sistema penal acusatorio.

    Sistema penal acusatorio.

    Tiene su origen en el siglo XIII donde se desarrolla con el fin de impedir abusos contra los cuidadanos ingleses por parte de la court of star chamber y las court of High Commission principalmente buscaba garantizar el derechos a sus vidas ,a la libertad personal y a la propiedad.Se diferencia de las demas por que se desahogaba de manera oral, pùblica y ante al pueblo, asistido por un grupo de expertos(ansianos).
  • Sistema causalista.

    Sistema causalista.

    Nace de la obra de Franz Von Liszt,se apoya en el concepto de "acción" como fenómeno causal natural como punto de partida del delito. Se avoca al estudio del Código Penal Alemán de 1871, para desprender de dicho Código la estructura del delito, naciendo así la dogmática jurídica penal. La diferencia de los demás sistemas, es que esta cerrado a cualquier valoración jurídico-cultural político-criminal, la Conducta, cuya percepción es a través de los sentidos.
  • Sistema Mixto.

    Sistema Mixto.

    Consiste en una mezcla entre ambos
    sistemas, es decir, entre el acusatorio e
    inquisitivo. Surge en el siglo XIX durante
    el período de la ilustracion, esto en base
    a los ideales de la Revolucion Francesa,
    pues se buscaba reconocer los derechos
    del ciudadano acusado mediante un
    trato digno, dentro de un contexto
    historico en el que el Estado absolutista
    se torno hacia un Estado de derecho en
    el cual se reconocieron derechos a favor
    de los ciudadanos y se establecieron
    límites a las autoridades.
  • Teoría del Funcionalismo Político Criminal

    Teoría del Funcionalismo Político Criminal

    Su principal exponente es Claus Roxin quien retoma el pensamiento de Von Liszt sobre política criminal, utilizando está postura para sustentar: "el fin de la pena es la prevención general". Se fundamenta en la función político criminal del derecho penal. Surge en Inglaterra en los años 1930.Se diferencia de los demas sistemas penales por el reflejó en el campo de le ley penal, significó la necesidad de entender el contenido de la propia ley penal en relación con la realidad social.
  • Teoría del Finalismo.

    Teoría del Finalismo.

    Planteada en la tercera década del siglo XX, procuró seguir el análisis científico de la ley penal, intentando superar las contradicciones que se apuntaban en los esquemas precedentes de la dogmática penal. Surge así, la corriente del finalismo o teoría de la acción final, corresponde a Hans Welzel ser el creador del finalismo y poner las bases de la nueva construcción de esta estructura sistemática penal.
  • Mèxico avanza hacia la instauraciòn del nuevo sistema penal acusatorio.

    Mèxico avanza hacia la instauraciòn del nuevo sistema penal acusatorio.

    Este proceso dio inicio de manera formal el 9 de marzo de 2007 con el envio del Ejecutivo Federal al Congreso de la Uniòn del proyecto de Reforma Constitucional que culminaria en la transiciòn del sistema penal inquisitivo hasta entonces vigente a la del nuevo sistema penal acusatorio.
  • Transformación de su sistema de justicia.

    Transformación de su sistema de justicia.

    En ese año, el Congreso de la Unión aprobó la Reforma Penal que cambia el modelo a un sistema de justicia penal adversarial y acusatorio. Ésta transformación se realiza para garantizar los derechos de las víctimas y los imputados, la conclusión más rápida de los juicios y que la víctima obtenga la reparación del daño que sufrió; además, para lograr una mayor transparencia en la acción de las autoridades, pues tienen que realizar los juicios de manera oral y pública.