
SST. SENA. TEC. INSTALACIONES ELÉCTRICAS RESIDENCIALES. FICHA N°1443062. INTEGRANTES: JESÚS FAVIAN FAJARDO ORTEGA, JHONATAN FABIÁN JIMENEZ GUANPE, LUIS HERNÁN DELGADO VALENCIA, SEGUNDO MODESTO TORO MOTOA
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Periodo colonial cuya legislación fueron las reales cédulas, las reales ordenanzas, y los autos y las provisiones, las cuales provenían del rey o de las autoridades legislativas de la época.
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LINEA DE TIEMPO SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TEC INSTALACIONES ELECTRICAS RESIDENCIALES
FICHA N° 1443062 -
Prohibición a trabajar los domingos y fiestas de guarda
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Obligación de curar a los indígenas víctimas de los accidentes y enfermedades en el trabajo
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Discurso de Simón Bolívar ante el congreso de angostura, “El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política"
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Ley 57 conocida como la Ley del General Rafael Uribe Uribe, que reglamenta los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, consagra las prestaciones económico- asistenciales, la responsabilidad del empleador, las trece clases de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo.
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Ley 90 por la cual se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales
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Se expide el código Sustantivo del Trabajo y las normas de salud ocupacional por lo que se hace claridad con los relacionado a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y la higiene y salud en el trabajo.
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Se crea el decreto 3170 que aprueba el reglamento del seguro social obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
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La protección para accidentes de trabajo y enfermedad profesional de los servidores del sector público está a cargo de Caja Nacional de Prevención Social (CAJANAL)
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Ley 9 donde nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas
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Mediante el Decreto 586 se crea el comité nacional de salud ocupacional
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Se elabora el primer plan nacional de salud ocupacional con la participación de las entidades que conforman el comité nacional de salud ocupacional
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Mediante la Resolución 2013 se creó (Comités de medicina, higiene y seguridad industrial; hoy comité paritario de salud ocupacional COPASO)
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Mediante la Resolución 1016, por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
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1990-1995 se propuso el segundo plan nacional de salud ocupacional, cuyo propósito esencial fue reducir la ocurrencia de accidentes de trabajo y la aparición de enfermedades profesionales.
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Se expide la ley 100 y en su articulo 139 facultó al presidente de la república para reglamentar el sistema general de riesgos profesionales.
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Mediante el Decreto Ley 1295 con el cual se crearon el sistema de riesgos profesionales dando origen a nuevas estructuras técnicas y administrativas.
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A partir de la ley 100 de 1993, con el decreto legislativo 1295 de 1994 y la ley 776 de 2002, trajo al país importantes cambios en uno de los aspectos más significativos de la seguridad social, como es la protección contra los riesgos propios del trabajo.
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2003- 2007 el comité nacional de salud ocupacional conformo una comisión integrada por representantes de los trabajadores, empleadores, administradoras de riesgos profesionales y el gobierno nacional. Buscaban que el tercer plan nacional de salud ocupacional estuviese acorde con las necesidades de la sociedad.
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2012 la ley 1562 modifica el nombre de sistema general de riesgos profesionales al sistema general de riesgos laborales. En cuanto a la salud ocupacional se entenderá como “seguridad y salud en el trabajo”. Y el programa de salud ocupacional en adelante se entenderá como el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SGSST)