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Reglamento general de contabilidad.
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Por la cual se establece un régimen que promueva y facilite la reactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurar la función social de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones y se dictan disposiciones para armonizar el régimen legal vigente con las normas de esta ley
ARTÍCULO 63: Armonización de las normas contables con los usos y reglas internacionales -
IDENTIFICA:
*El modelo contable local es una adopción incompleta de los estándares internacionales de contabilidad. *Los entes reguladores se dedican más a expedir normas de contabilidad que a hacerlas cumplir. *Establecer un Consejo superior encargado de expedir las normas de contabilidad y auditoría. *Fijar disposiciones para la presentación de estados financieros. -
Por la cual se establece el Régimen de Insolvencia Empresarial en la República de Colombia y se dictan otras disposiciones. ART. 122.
Armonización de normas contables y subsidio de liquidadores -
Por la cual el Estado colombiano adopta las Normas Internacionales de Información Financiera para la presentación de informes contables.
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Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e
información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.
ADOPCIÓN: “copia el modelo contable internacional tal y como es formulado por el IASB”
ADAPTACIÓN:“ajusta o acomoda NIIF al modelo contable colombiano" -
Por el cual se reglamenta la ley 1314 de 2009 sobre el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las microempresas.
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Tiene el objetivo de orientar el desarrollo efectivo del proceso de convergencia hacia las normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información, con estándares internacionales. *FORMAS DE APLICACION DE LA NORMA *GRUPO DE USUARIOS *IDIOMA OFICIAL DE LAS NORMAS *CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS
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Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1.
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Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre Marco Técnico Normativo para los preparadores de información Financiera que se clasifiquen en el literal a) del parágrafo del artículo 1° del Decreto 2784 de 2012 y que hacen parte del grupo I.
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Por el cual se modifica parcialmente el Marco Técnico Normativo de Información Financiera que conforman el grupo I contenido en el anexo del Decreto 2784 de 2012.
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NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA EL GRUPO II
Empresas de tamaño grande y mediano que no sean emisores de valores y ni entidades de interés público, quienes aplicarán NIIF PYMES:
Fecha de transición (Balance de apertura): 1 de enero de 2015.
Fecha de aplicación (Primer comparativo): 31 de diciembre de 2015.
Fecha de reporte (Estados financieros en NIIF): 31 de diciembre de 2016. -
Por el cual se modifica el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas, anexo al Decreto 2706 de 2012.
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Por el cual se modifica el Decreto 2784 de 2012 y se dictan otras disposiciones.
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'Convergencia a NIIF, sistema de registro bases fiscales, libro tributario¨ Uno de los temas que mayor importancia cobró con el proceso de convergencia a NIIF radicó en la convivencia entre este nuevo marco normativo y las normas tributarias vigentes. *El presente decreto precisa que este periodo para cada uno de los diferentes grupos dentro de la implementación de las NIF. Entre otros...
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Por el cual se reglamentan los artículos 4 de la Ley 1314 de 2009, 165 de la Ley 1607 de 2012,773 y 774 del Estatuto Tributario.
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Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información y se dictan otras disposiciones
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Por medio del cual se modifica el Decreto 2420 de 2015 Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información y se dictan otras disposiciones
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Entidades que no Cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha, a la Parte 1 del Libro 1 del Decreto 2420 de 2015, Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, y se dictan otras disposiciones
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“Por medio del cual se modifican parcialmente los marcos técnicos de las Normas de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información previstos en los artículos 1.1.1.2 y 1.2.1.1 del Libro 1, del Decreto 2420 de 2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 2131 Y 2132 de 2016, respectivamente, y se dictan otras disposiciones”