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Real Orden de Carlos III: Primera disposición española sobre derechos intelectuales -
Constitución de Apatzingán: elimina la censura previa en la publicación de obras. -
Reglamento de la Libertad de Imprenta: Primer ordenamiento mexicano sobre derechos de autor(propiedad literaria). -
Código civil para el Distrito Federal y Territorios de Tepic y Baja California: Regula propiedad literaria, artística, dramática y científica. -
Código civil: distingue por primera vez entre propiedad industrial y derechos de autor. -
Constitución Política de México: reconoce privilegios de explotación para autores, artistas e inventores. -
Nuevo Código Civil: regula el derecho de autor con plazos específicos de protección (20, 30 y 50 años). -
Reglamento para el Reconocimiento de Derechos Exclusivos de Autor, Traductor o Editor. -
Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor (México la suscribe). -
Primera Ley Federal sobre el Derecho de Autor. -
Nueva Ley de Derechos de Autor: define con precisión derechos de intérpretes y amplía plazos de protección. -
Reformas que establecen derechos morales y patrimoniales. -
En 1982, 1991, 1993 se hacen Reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor, además de que en 1993 se amplía protección a 75 años post mortem -
Actual Ley Federal del Derecho de Autor: adopta formalmente derechos morales y patrimoniales. -
Reformas que aclaran el concepto de daño moral y crean el derecho de “suite” (participación en reventa de obras). -
México amplía la protección de los derechos de autor a 100 años post mortem auctoris, superando el estándar del Convenio de Berna (50 años). -
La diferencia entre derecho intelectual y propiedad intelectual es en si que la primera protege básicamente la idea y al autor de ella, viéndolo de una manera moral, jurídico y patrimonial. Y la segunda habla de manera más amplia abarcando también los beneficios que se obtienen con estos, ósea protegiéndolo como un activo comercial. -
• Ríos Mantufar, R. (2011). La evolución de la propiedad intelectual durante los últimos 100 años. En Sánchez Barroso, J., Cien años de Derecho Civil en México 1910 - 2010 (pp. 39 - 46) Recuperado de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3834/5.pdf