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Origen y evolución del concepto de propiedad intelectual en México

  • Primera disposición

    Primera disposición

    Real Orden de Carlos III: Primera disposición española sobre derechos intelectuales
  • Cambios en Apatzingán

    Cambios en Apatzingán

    Constitución de Apatzingán: elimina la censura previa en la publicación de obras.
  • Implementación de reglamento

    Implementación de reglamento

    Reglamento de la Libertad de Imprenta: Primer ordenamiento mexicano sobre derechos de autor(propiedad literaria).
  • Implementación del codigo civil

    Implementación del codigo civil

    Código civil para el Distrito Federal y Territorios de Tepic y Baja California: Regula propiedad literaria, artística, dramática y científica.
  • Nueva modificación del código civil

    Nueva modificación del código civil

    Código civil: distingue por primera vez entre propiedad industrial y derechos de autor.
  • Entra la constitución

    Entra la constitución

    Constitución Política de México: reconoce privilegios de explotación para autores, artistas e inventores.
  • Nuevo código civil

    Nuevo código civil

    Nuevo Código Civil: regula el derecho de autor con plazos específicos de protección (20, 30 y 50 años).
  • Nuevo reglamento

    Nuevo reglamento

    Reglamento para el Reconocimiento de Derechos Exclusivos de Autor, Traductor o Editor.
  • Surge una Convención

    Surge una Convención

    Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor (México la suscribe).
  • Se crea primer Ley

    Se crea primer Ley

    Primera Ley Federal sobre el Derecho de Autor.
  • Nueva Ley

    Nueva Ley

    Nueva Ley de Derechos de Autor: define con precisión derechos de intérpretes y amplía plazos de protección.
  • Implementación de reformas

    Implementación de reformas

    Reformas que establecen derechos morales y patrimoniales.
  • Nuevas reformas

    Nuevas reformas

    En 1982, 1991, 1993 se hacen Reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor, además de que en 1993 se amplía protección a 75 años post mortem
  • Actual Ley

    Actual Ley

    Actual Ley Federal del Derecho de Autor: adopta formalmente derechos morales y patrimoniales.
  • Nuevas reformas

    Nuevas reformas

    Reformas que aclaran el concepto de daño moral y crean el derecho de “suite” (participación en reventa de obras).
  • Actualidad

    Actualidad

    México amplía la protección de los derechos de autor a 100 años post mortem auctoris, superando el estándar del Convenio de Berna (50 años).
  • Conclusión

    Conclusión

    La diferencia entre derecho intelectual y propiedad intelectual es en si que la primera protege básicamente la idea y al autor de ella, viéndolo de una manera moral, jurídico y patrimonial. Y la segunda habla de manera más amplia abarcando también los beneficios que se obtienen con estos, ósea protegiéndolo como un activo comercial.
  • Bibliografía

    • Ríos Mantufar, R. (2011). La evolución de la propiedad intelectual durante los últimos 100 años. En Sánchez Barroso, J., Cien años de Derecho Civil en México 1910 - 2010 (pp. 39 - 46) Recuperado de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3834/5.pdf