Línea del tiempo - Recogiendo saberes en torno a la diversidad

  • El estado Colombia

    El estado Colombia
    El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana además de fomentar la diversidad cultural en muchos aspectos como en los casos que haya desigualdades en el acceso a la cultura para sectores particulares de la población y en circunstancias en las que aspectos específicos de un grupo cultural se encuentren en riesgo de desaparecer
  • La Ley 70

    La Ley 70
    reconoce y protege derechos territoriales y culturales de comunidades negras del Pacífico dando alcance al artículo transitorio 55 de la Constitución Política de Colombia. Además, informa que se entiende por comunidad negra el conjunto de familias de ascendencia afrocolombiana que poseen una cultura propia, comparten una historia y tienen sus propias tradiciones dentro de la relación campo-poblado, que revelan y conservan conciencia de identidad que las distinguen de otros grupos étnicos.
  • La Corte Constitucional de Colombia

    La Corte Constitucional de Colombia
    Establece, reconoce, visibiliza y fortalecimiento que los raizales son un grupo étnico claramente definido, como lo evidencian su aspecto físico, sus costumbres, su idioma entre otras cosas además Fomenta y desarrollo de la cultura raizal a través de medidas y estrategias que garanticen su preservación, protección y transmisión a las diferentes generaciones de raizales, especialmente jóvenes, niñas y niños residentes en la capital.
  • Mediante la Educación

    Mediante la Educación
    El hombre puede ir más allá de las limitaciones de concepciones tradicionales, además de un proceso social básico por el cual las personas adquieren la cultura de su sociedad, a ese proceso le podemos denominar socialización, esto último va de la mano con el firme propósito de articular la participación comunitaria e institucional para garantizar la conservación ambiental y la sostenibilidad ecológica en las áreas rurales y de reserva de varias localidades del Distrito.
  • Ministerio de Educación Nacional

    Ministerio de Educación Nacional
    La etnoeducación: realidad y esperanza de los pueblos indígenas y afrocolombianos. En materia etnoeducativa, esta ley se reglamentó mediante los Decretos 2249 de 1995
  • Los Grupos

    Los Grupos
    Los grupos considerados como minorías o más bien, no reconocidos iniciaron luchas por el reconocimiento por otro lado se definieron lineamientos para garantizar los derechos culturales basándose en el proteger y fomentar respeto a la diversidad cultural y el goce efectivo de la enorme diversidad de manifestaciones culturales, en muchos aspectos.
  • La Comisión Pedagógica de Comunidades Negras

    La Comisión Pedagógica de Comunidades Negras
    Se conforma la Comisión Pedagógica de Comunidades Negras, como instancia asesora del Ministerio de Educación Nacional , para la formulación y ejecución de políticas etnoeducativas. Además, se expiden normas para el desarrollo de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos.
  • El ministerio del Interior y de Justicia

    El ministerio del Interior y de Justicia
    El pueblo gitano como grupo étnico colombiano. Ya que conservan varios rasgos culturales como el idioma romaní, las formas de vestir y un sistema de valores centrado en la solidaridad y la libertad y por último la Política Pública Distrital cuenta con un importante componente cultural para este grupo, De hecho, en su primer eje señala la necesidad de adoptar medidas para identificar, proteger y mantener las prácticas culturales y patrimoniales que permitan la supervivencia del pueblo gitano.
  • Reglamenta la ley de participación de la mujer

    Reglamenta la ley de participación de la mujer
    En los niveles decisorios de las diferentes ramas del poder público. También se pueden mencionar aquí las becas en programas escolares o universitarios para estudiantes de grupos étnicos además afirmativa eventos públicos institucionalizados que generan espacios para el reconocimiento y visibilización de los diferentes grupos poblacionales.
  • Unesco

    Unesco
    Celebra la existencia de diferentes formas de expresión humana y la presenta como una puerta importante para fortalecer la creatividad de los individuos, una alternativa para el desarrollo de las sociedades y una herencia común a toda la humanidad. Por ello, invita a todos los gobiernos a adoptar medidas que permitan garantizar el derecho a la diferencia y a fomentar la solidaridad y el diálogo entre diferentes grupos culturales
  • Carta Andina para la Protección y Promoción de los Derechos Humanos

    Carta Andina para la Protección y Promoción de los Derechos Humanos
    Señala la obligación de los Estados de proteger a las personas de la discriminación que pueda resultar de su orientación u opción sexual y demanda de los Estados el desarrollo de legislaciones al respecto.
  • Equidad de Género

    Equidad de Género
    • Acuerdo Distrital 091 de 2003 Determina el Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género en el Distrito Capital. • Acuerdo 79 de 2003. Código de Policía de Bogotá Artículo 10°: Respetar las manifestaciones de las personas, independientemente de su etnia, raza, edad, género, orientación sexual, creencias religiosas, preferencias políticas y apariencia personal.
  • Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas de Bogotá

    Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas de Bogotá
    • Bogotá Sin Indiferencia. Un compromiso social contra la pobreza y la exclusión. Art. 4°: Creación de condiciones para la igualdad de oportunidades, el ejercicio efectivo de los derechos, el respeto al libre desarrollo de la personalidad. Este Acuerdo sienta las bases a partir de las cuales se consolida el 1er. acuerdo de políticas para las personas LGBTI. • Ac. 137 de 2004 Establece el Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en Condición de Discapacidad en el Distrito Capital
  • En Colombia existen 87 comunidades indígenas distribuidas por el territorio nacional.

    En Colombia existen 87 comunidades indígenas distribuidas por el territorio nacional.
    Varios grupos han llegado a la ciudad capital debido a factores históricos asociados a la violencia en algunas zonas del país o por migraciones motivadas por la búsqueda de oportunidades o la necesidad de las comunidades indígenas de establecer un diálogo en muchos niveles con el resto de la sociedad del país.
  • El Ministerio de Cultura reconoce a las personas con discapacidad como expresión fundamental de la riqueza y diversidad cultural colombiana.

    El Ministerio de Cultura reconoce a las personas con discapacidad como expresión fundamental de la riqueza y diversidad cultural colombiana.
    Su aporte cultural, traducido en sus diversas maneras de expresión y diálogo con el entorno, entendido como un campo de acción idóneo para la inclusión y participación de la población en el desarrollo social y cultural del país (Ministerio de Cultura, 2013, p. 20).
  • LGTBI

    LGTBI
    Esta sigla hace referencia a las categorías de lesbianas, gays, bisexuales, transgeneristas e intersexuales que definen orientaciones sexuales e identidades de género diferentes a la heterosexualidad. La unión de estas categorías es el producto de la articulación de movimientos que luchan por derechos y libertades asociados a la orientación sexual y la identidad de género (SCRD, 2006c).
  • La igualdad de género y la autonomía de la mujer

    La igualdad de género y la autonomía de la mujer
    Objetivos de Desarrollo del Milenio (ONU), 2000 El tercer objetivo del milenio contempla promover la igualdad de género y la autonomía de la mujer. Los objetivos son adoptados por el Distrito en el acuerdo 301 de 2007