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El primer antecedente de Seguridad Social lo encontramos con el Libertador de Simòn Bolivar, cuando en su discurso ante el Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819 señalò: <El sistema de gobierno màs perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma estabilidad política.
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La ley 57 de 1915, de gran importancia en lo referente a la reglamentaciòn de los Accidentes de Trabajo y las Enfermedades Profesionales, tiene las prestacionales econòmico-asistenciales, la responsabilidad del empleador. La incapacidad, la pensiòn de sobreviviente y la indemnizacion en caso de limitaciones fisicas causas por el trabajo.
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Se crea el Instituto en 1946, entidad de gran importancia en Seguridad Colombiana. Funciono bajo cuatro negocios de la salud: Entidad Promotora de Salud (EPS) junto a la red de clínicas, es decir, Instituto Prestador de Salud (IPS); Asi mismo con cesantias y pensiones y la administración de riesgos profesionales.
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Se expide en 1950, El codigo sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen normas relativas a Salud Ocupacional como la Jornada de Trabajo, el descanso obligatorio, las prestaciones por Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional y la Higiene Industrial y seguridad en el Trabajo.
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Se expide el Decreto 614 de 1984, lo cual establece las bases para la administración de la Salud Ocupacional en el país, crea la obligación legal para diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de salud Ocupacional.
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La resolución 1016 de Marzo 31 de 1989, lo cual reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los empleadores en el país.
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Resoluciòn 1075: Lo cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional.
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Decreto 1295 de 1994, Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, lo cual es un conjunto de entidades publicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo.
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Ley 776 de 2002 se dictan normas sobre la Organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales, donde todo afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional , o como consecuencia de ellos se incapacite, o sufra una invalidez o muera, tendrá derecho a que este Sistema General le preste los servicios asistenciales y le reconozca las prestaciones económicas.
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Resolución 1401 de 2007, por el cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.