Deberes y derechos 1

LINEA DE TIEMPO - DERECHOS Y DEBERES

By mtm1996
  • RESOLUCION 13437

     RESOLUCION 13437
    DERECHOS:
    - Toda persona tiene derecho a la Asistencia médica.
    - Elegir libremente al médico e IPS.
    - Recibir un trato digno respetando sus creencias y costumbres, como también sus opiniones personales sobre su enfermedad.
    - A que todos los informes de la historia clínica sean tratados de manera confidencial y secreta y que sólo con su autorización, puedan ser conocidos.

    - A que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible.
  • 2. Resolución 13437 DERECHOS.

     2. Resolución 13437 DERECHOS.
    • Revisar y recibir explicaciones acerca de los costos por los servicios obtenidos, tanto por parte de los profesionales de la salud como por las instituciones sanitarias.
    • En casos de emergencia, los servicios que reciba no estén condicionados al pago anticipado de honorarios.
    • A que se le respete la voluntad de aceptación a rehusar la donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otros enfermos.
    • Morir con dignidad y a que se le respete su voluntad.
  • LEY 100 DERECHOS

    LEY 100 DERECHOS
    Derechos:
    - Crear condiciones de acceso a toda la población.
    - Garantizar los 9 principios previstos en la ley.
    - Recibir el POS.
    - Los usuarios elegirán libremente su EPS.
    - Recibir AIU.
    - Atención materna infantil.
    - Recibir información acerca de su IPS y del servicio que se les presto.
  • LEY 100 DEBERES

    LEY 100 DEBERES
    Deberes:
    - Pagar la cotización los afiliados al régimen contributivo.
    - Afiliar a los familiares al SGSSS.
    - Cuidado de su salud integral y la de su comunidad.
    - Suministrar información completa sobre su estado de salud.
    - Cumplir las normas de las IPS.
  • Decreto 1295 SGRP

    Decreto 1295 SGRP
    DERECHOS:
    - Establezcan actividades de P y P para mejorar las condiciones de trabajo y salud de las personas trabajadoras.
    - Brindar prestaciones de salud a los trabajadores.
    - Incapacidades por riesgos laborales. DEBERES:
    - Ser trabajador y estar afiliado al SGRP.
  • Decreto 1298

    DERECHOS:
    - La atención de los servicios del Plan Obligatorio de Salud por parte de la Entidad Promotora de Salud respectiva a través de las instituciones Prestadoras de servicios adscritas.
    - La atención de urgencias en todo el territorio nacional.
    - La libre escogencia y traslado entre Entidades Promotoras de Salud.
    - La escogencia de las Instituciones Prestadoras de Servicios y de los profesionales entre las opciones que cada Entidad Promotora de Salud ofrezca dentro de su red de servicios
  • Decreto 1485

    DERECHOS:
    - Afiliación obligatoria al SGSSS.
    - Cobertura familiar, los beneficiarios podrán acceder a los servicios del SGSSS si todos los miembros están afiliados a la misma EPS.
    - Las EPS deben garantizar la prestación del POS a sus afiliados.
    - Libre escogencia de su EPS e IPS.
  • DECRETO 1757

    DERECHOS:
    - Que las IPS sean públicas, privadas o mixtas, establezcan los mecanismos de atención a sus usuarios y canalicen adecuadamente sus peticiones.
    - Resolver las inquietudes y peticiones que realicen los ciudadanos en ejercicio de sus derechos y deberes, ante las empresas promotoras de salud.
    - Garantizar que las empresas promotoras de salud y las instituciones prestadoras de los servicios de salud, tomen las medidas correctivas necesarias frente a la calidad de los servicios.
  • LEY 1122 DERECHOS

    LEY 1122 DERECHOS
    Derechos:
    • Recibir incapacidades (régimen contributivo)
    • Licencias de maternidad (R.C)
    • Afiliar a las personas nivel I y II del SISBEN.
    • Que se le cumplan los derechos como afiliados.
    • Gozar de los programas P Y P.
  • LEY 1122 DEBERES

    LEY 1122 DEBERES
    Deberes:
    • Los afiliados al R.S que se trasladen al R.C. tiene que informar, para así realizar suspensión de la afiliación.
  • LEY 1438 DERECHOS

    LEY 1438 DERECHOS
    Derechos:
    - Recibir incapacidades (régimen contributivo)
    - Licencias de maternidad (R.C)
    - Afiliar a las personas nivel I y II del SISBEN.
    - Que se le cumplan los derechos como afiliados.
    - Gozar de los programas P Y P.