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Gipuzkoa contó con un propio régimen jurídico en el siglo XII, el Fuero de San Sebastián.
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Gipuzkoa se integro en el Reino de Castilla acogiéndosela al Derecho privado del Reino, dejando de lado el Fuero de San Sebastián.
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La cofradía de Arriaga (media Álava) pacta con Alfonso XI la Voluntaria Entrega, esto es, se acoge al Fuero Real.
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El Fuero de Ayala hace referencia ha un conjunto de normas administrativas, penales, y civiles que se aplicaban en la Tierra de Ayala.
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Conjunto de disposiciones administrativas, civiles y penales, que se aplicaban en los territorios aforados de Bizkaia.
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En 1457 la Tierra de Ayala se acoge al Derecho castellano, pero manteniendo la libertad de testar.
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Desplaza al Fuero Viejo de Bizkaia, pero mantiene se mismo modelo.
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Tras la primera guerra carlista Álava, Bizkaia y Gipuzkoa vieron anulado su carácter foral.
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El primer esfuerzo para respetar y conservar las instituciones forales.
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Impulso la redacción de un Código Civil, que respetase los Derechos forales.
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Apéndice redactado por vizcaínos y alaveses.
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Determinó el ámbito de aplicación y estructura de la Compilación de Derecho Civil Foral de Vizcaya y Álava.
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Supuso el cierre del proceso compilador, y garantizo el respeto de las compilaciones.
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El art. 149.1.8 garantiza la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos forales.
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Se asegura que la Comunidad Autónoma tenga competencia exclusiva para la conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil Foral y especial, escrito o consuetudinario, propio de los Territorios Históricos que integran el País Vasco y la fijación del ámbito territorial de su vigencia.
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El parlamento vasco creo una Comisión parlamentaria Especial con el objetivo de actualizar el Derecho Foral Vasco.
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Establece la la mutabilidad del régimen económico matrimonial y la igualdad de los hijos a efectos sucesorios con independencia de su filiación matrimonial o no matrimonial.
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En 1991 la Diputación vizcaína aprobó y remitió a las Juntas Generales de Bizkaia un denominado Anteproyecto de Actualización Urgente del Derecho Civil Foral de Bizkaia y Araba
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Diputación Foral de Álava acordó la creación de una Comisión de expertos para el análisis y estudio de la práctica y uso del Derecho civil Foral de Álava.
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Rememorar el Derecho privado propio que tenía aplicación en el ámbito de la Comunidad autónoma del País Vasco.
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Recurso de inconstitucionalidad, planteado por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley del Parlamento Vasco 3/1992, de 1 de julio. Finalmente retirado, por falta de argumentos.
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Ley por la que accede el Fuero civil de Gipuzkoa al cuerpo normativo vasco.
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Se aprobó en el seno de la Comisión de Instituciones e Interior del Parlamento Vasco la creación de una ponencia para estudiar la actualización y la reforma del Derecho civil foral y especial.
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Se aconseja al Parlamento Vasco a elaborar una normativa con un fin preciso.
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Se disuelve el parlamento Vasco y se convocan elecciones, provocando la disolución de la ponencia
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Tiene como objetivo activar el procedimiento reglamentario oportuno para aprobar la reforma del Derecho civil vasco.
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Regula entre otros aspectos la vecindad civil vasca.