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El primer antecedente de seguridad social aparece con el Libertador Simón Bolívar, cuando en su discurso ante el Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819 señaló: «El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad
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El General Rafael Uribe fue el primero en hablar sobre la obligación de dar asistencia a los ancianos y a aquellos que por distintas condiciones no podían trabajar. Estableció las leyes sobre:
• Accidentes de trabajo
• Protección del niño, de la joven y de la mujer en los talleres y en los trabajos del campo. -
Uribe pidió que se indemnizara a los trabajadores víctimas de accidentes de trabajo, aduciendo que, si un soldado cae en un campo de batalla, o de por vida queda lisiado, se le indemniza y a un trabajador que pierde su capacidad laboral en su batalla diaria por la vida no se le indemniza.
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Protestas del movimiento obrero, de diferentes sectores económicos (constructor, transporte, manufactura, etc). Exigiendo mejores condiciones de trabajo, incremento de jornales, asistencia médica, horarios. (Arana & Guerrero, 2013; Elías, 2013; Vega, 2002).
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la Ley del General Rafael Uribe Uribe, mediante esta ley las empresas de alumbrado y acueducto público, ferrocarriles y tranvías, fábricas de licores y fósforos, empresas de construcción y albañiles, con no menos de quince obreros, minas, canteras, navegación por embarcaciones mayores, obras públicas nacionales y empresas industriales servidas por maquinas con fuerza mecánica deberán garantizar la asistencia médica y farmacéutica y a pagar indemnizaciones en caso de incapacidad o muerte
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Ley 46 de 1918 – Medida de salubridad publica y asignación de habitaciones higiénicas para la clase trabajadora.
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Ley 37 de 1921 –Seguro de Vida colectivo para empleados.
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Se crea a nivel nacional la Oficina de Medicina Laboral, la cual tenía como finalidad principal el reconocimiento de los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales y de su evaluación en materia de indemnizaciones.
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Ley 10 de 1934 – Reglamenta la Enfermedad Profesional, auxilio de cesantías, vacaciones y contratación laboral.
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Se establece la legislación laboral, en donde se habla de los riesgos del trabajo
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Ley 96 de 1938 – Ministerio de Trabajo, higiene y previsión social, economía nacional.
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Se expide la ley 53 mediante la cual se otorgó protección a la mujer embarazada dándole derecho a ocho semanas de licencia remunerada en la época del parto
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Mediante la Ley 6 se promulgaron disposiciones relativas a las convenciones de trabajo, asociaciones de profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial de los asuntos del trabajo, se modificó esta ley mediante el Decreto 1600 y 1848
Ley 6 de 1945 - Legislación sobre salud ocupacional. / Regula las jornadas de trabajo, salarios, descansos festivos, etc. -
Históricamente establece la primera y estructurada definición de Accidente de Trabajo.
Ley 90 de 1946 - Crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, garantizando el seguro social (salud) obligatorio para trabajadores. -
se crea la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial y posteriormente, con el Decreto 3767 de 1949, se establecen políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo.
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Se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día
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Se adopta la primera tabla de enfermedades profesionales y se categoriza lo que se considera como incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total y gran invalidez.
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El Ministerio de Salud desarrolló un plan de Salud Ocupacional, para capacitar profesionales colombianos, tanto médicos como ingenieros, quienes conformaron una sección anexa de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial
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La OIT, brindo asesoría a Colombia para ejecutar el proyecto SENA (Servicio Nacional de Aprendizaje)
Alianzas estratégicas entre el Ministerio de Trabajo seguridad social y salud y OIT, para reglamentar condiciones de ambiente de trabajo sano, para prevenir la E.P. y A.T. -
El Ministro de Trabajo formo la División de Salud Ocupacional que se encargó de la prevención y control de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
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Decreto 3170 – Aprueba el reglamento del seguro social obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Para la década de los 60, igualmente desarrollo la legislación en salud ocupacional en el sector publico.
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Por el cual se prevé la integración de la seguridad social entre el sector público y el privado y se regula el régimen prestacional de los empleados públicos y trabajadores oficiales. Regulado en 1969 por el decreto 1848 de 1969
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Mediante el Decreto ley 0433 de 1971 fue sustituida casi en su totalidad La ley 90 de 1946, hizo un enfoque universal del Seguro Social. Le dio una nueva reorganización, acorde con las doctrinas y normas de la reforma constitucional y administrativa de 1968.
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Ley 9 de 1979 – Dicta medidas sanitarias, cuidado del medio ambiente, para mejorar las condiciones relacionadas con la salud humana. Uso de residuos de entidades públicas y privadas.
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Nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas
Igualmente se expide la RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 (mayo 22), del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo -
Mediante el Decreto 586 se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional, Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud
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En 1984 se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional con la participación de las entidades que conformaban el Comité
Nacional de Salud Ocupacional, el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias. -
Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo (actualmente Comité Paritario de Salud Ocupacional).
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Mediante la Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989 del Ministerio de Salud se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.
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En el marco del “Primer Congreso Nacional de Entidades Gubernamentales de Salud Ocupacional” efectuado en 1990, se propuso el Segundo Plan Nacional de Salud Ocupacional 1990-
1995, cuyo propósito esencial fue reducir la ocurrencia de accidentes de trabajo y la aparición de enfermedades profesionales. -
Resolución 1792 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social. Por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido
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Mediante la Constitución Política de Colombia; En el artículo 25 considera el derecho al trabajo como una obligación social y goza de protección del Estado; además, la norma constitucional informa que toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas, y en su artículo 49 establece que se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de Promoción, Prevención y Recuperación de la salud, con principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.
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Ley 100 de Seguridad Social. Mediante el cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral, que tiene por objeto mejorar la calidad de vida, acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que afecten la salud, capacidad económica y en general las condiciones de vida de la población, en sus fases de educación, información y fomento de la salud, y en la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación en cantidad, oportunidad, calidad y eficiencia.
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Ley 55 del 2 de julio de 1993. Por medio de la cual se aprueba el "Convenio número 170 y la Recomendación número 177 sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el Trabajo", adoptados por la 77a. Reunión de la Conferencia General de la OIT, Ginebra, 1990.
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Decreto Ley 1295 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
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RESOLUCIÓN NUMERO 2318 DE 1996, (Julio 15)
Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias. -
Por medio de la cual se aprueba el "Convenio número 161, sobre los servicios de salud en el trabajo" adoptado por la 71 Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, Ginebra, 1985.
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Por medio de la cual se aprueba el Convenio 162 sobre Utilización del Asbesto en Condiciones de Seguridad", adoptado en la 72a. Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, Ginebra 1986.
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también llamada Ley de Flexibilización Laboral, permitió la intermediación de la contratación a través de cooperativas de trabajo.
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Por medio de la cual se aprueba el "Convenio 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación", adoptado por la Octogésima Séptima (87a.) Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, O.I.T., Ginebra, Suiza, el diecisiete (17) de junio de mil novecientos noventa.
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Reglamenta las normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema general de Riesgos Profesionales
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Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones del trabajo
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Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo
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Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
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Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
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Establecen normas para promover y regular el teletrabajo.
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Por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas.
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Los médicos especialistas en medicina del trabajo o salud ocupacional que formen parte de los servicios médicos de la empresa, tendrán la guarda y custodia de la historia clínica ocupacional y son responsables de garantizar su confidencialidad (Artículo 16 Resolución 2346 de 2007 modificado por la Resolución 1918 de 2009).
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En el cual se actualizó la lista de enfermedades profesionales a efectos de complementar lo definido en el Sistema General de Riesgos Profesionales en cuanto a protección de los trabajadores contra los riesgos ocupacionales.
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Por la cual se establece el reglamento de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.
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Emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, Por medio de la cual se reglamenta el procedimiento, requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias de salud ocupacional y se dictan otras disposiciones
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Establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas.
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Modifica el sistema de Riesgos Laborales
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Prevención de consumo de sustancias psicoactivas / se crea el premio nacional “entidad comprometida con la prevención del consumo, abuso y adicción a sustancias” psicoactivas
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Define la gestión del riego contra incendios, atención y rescate con materiales peligrosos
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Ley de salud Mental.
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Garantizar los derechos de las personas con discapacidad / medidas de inclusión laboral.
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Regula los aspectos a tener en cuenta en las inspecciones de trabajo y los acuerdos de formalización laboral.
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por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2013-2021.
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A través del cual el Ministerio del Trabajo dicta disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
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Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, reguló desde las competencias del Ministerio de Trabajo, hasta las relaciones laborales individuales, abordando temas como la jornada de trabajo suplementario, las vacaciones, los riesgos laborales, juntas de calificación de invalidez, entre otros
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Por el cual se reglamenta la afiliación voluntaria al sistema general de riesgos laborales de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) así mismo se reglamenta el pago de aportes.
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Por la cual se adopta el Formulario Único de Intermediarios del Sistema General de Riesgos Laborales
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Por medio del cual se reglamenta la seguridad social de los estudiantes que hagan parte de los programas de incentivo para las prácticas laborales y judicatura en el sector público
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Establece los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo
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La presente resolución tiene por objeto unificar y actualizar las reglas de aplicación para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales y adoptar los anexos técnicos de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes — PILA
Resolución 5858 de 2016 Por la cual se modifica la Resolución 2388 de 2016 en relación con el plazo para su implementación y sus anexos técnicos -
El cual modifica las reglas de aproximación de los valores contenidos en la planilla de auto liquidación de aportes; se fijan plazos y condiciones para la auto liquidación y pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, respectivamente
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Por la cual se adopta el formato de identificación de peligros establecido en el Artículo 2.2.4.2.5.2, numerales 6.1 y 6.2 del Decreto 1563 del 2016 y se dictan otras disposiciones
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Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo SG-SST a partir del 01 de junio de 2017, en las siguientes fases:
1.Evaluación Inicial
2.Plan de Mejoramiento conforme a la evaluación inicial
3.Ejecución del SG –SST
4.Seguimiento plan de Mejora
5.Inspección, vigilancia y control. -
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Por el cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. y deroga la Resolución 1111 de 2017
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El 11 de julio de 2019, fue expedida por el Congreso de la República la Ley 1968 de 2019 más conocida como la Ley Ana Cecilia Niño que busca prohibir la explotación, producción, comercialización, importación o exportación y distribución del asbesto en toda Colombia.
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El Ministerio de Trabajo expidió el 22 de julio de 2019 la Resolución 2404 de 2019 donde se publican las baterías para la evaluación y guías de intervención para la identificar, evaluar, monitorear e intervenir los factores de riesgo psicosocial en las empresas, las cuales serán referentes técnicos obligatorios para tal fin.
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El día 20 de noviembre 2019, el Ministerio de Trabajo expidió y actualizó los lineamientos en Seguridad y Salud en el Trabajo para todas las actividades que sean ejecutadas en los procesos de generación de energía convencionales y no convencionales, transmisión, distribución y comercialización de la Energía Eléctrica.
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El día 22 de noviembre, el Presidente Iván Duque firmó el Decreto 2106 de 2019 «Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública», con esta norma se busca mejorar más 2.900 trámites del estado para entrar a la era digital y disminuir el uso excesivo del papel.
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El 24 febrero de 2020, fue expedida la Resolución 0491 de 2020 por el Ministerio de Trabajo que busca definir los requisitos mínimos de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados.
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El dia viernes 31 de enero de 2020 fue sancionada por el Presidente de la República la Ley 2015 de 2020, la cual da inicio al funcionamiento de las historias clínicas electrónicas interoperables. Esta norma busca facilitar, garantizar y agilizar el acceso de los registros y datos clínicos de cada paciente a las clínicas, hospitales y demás centros de salud. Garantizando la protección y confidencialidad de su información conforme a la ley de habeas data.
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Se incluyen como enfermedad laboral directa el Asbestosis, Silicosis, Neumoconiosis del minero de carbón, Mesotelioma maligno por exposición a asbesto, COVID 19 virus identificado, COVID 19 virus no identificado, se incluye obligación de suministrar a los contratistas, los elementos de protección personal necesarios para ejecutar la actividad contratada y otras disposiciones. Expide: Ministerio de Trabajo