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Grecia, en 1000 a.C., se contemplaba el tratamiento a zapateros
y artesanos. Ademas de una sociedad esclavista. -
ROMA: no tuvo un gran aporte en cuanto a la seguridad social.
can la caída de roma comienza la EDAD MEDIA, que empieza 476 al 1453.En esta época se forman los Estados y recae sobre éste la responsabilidad de proteger al ciudadano, circunstancia que posteriormente fundamento el nacimiento de la salud publica. Además se presenta el renacimiento, que es un estancamiento del saber y desarrollo científico. -
REVOLUCIÓN INDUSTRIAL:
: Con el fenómeno del maquinismo y el desarrollo
pleno de la revolución industrial aumentan los accidentes
en el trabajo, obligando a los Estados a buscar una solución
propia y especial ante la muerte de los trabajadores, originándose
la necesidad de la salud ocupacional y la define noción jurídica
de accidente de trabajo. -
Libertador Simón Bolívar:
El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce
mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad
social y mayor suma de estabilidad política. -
Antes de la Ley 57 de 1915, los trabajadores eran considerados como una fuerza de trabajo barata.
Después la responsabilidad del empleador, la clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización
en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo.
Históricamente establece la primera y estructurada define noción
de Accidente de Trabajo. -
Reglamento del Seguro
Social obligatorio de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales,
donde bajo la filosofía y características del modelo
alemán de Seguro Social Obligatorio, el Instituto Colombiano
de Seguros Sociales inicia la cobertura en riesgos profesionales
para la población trabajadora de las zonas urbanas del sector
formal, industrial y semi-industrial. -
Mediante la Ley 90 de 1946 se crea el Instituto Colombiano de
Seguros Sociales.
En 1950 se expide el Código Sustantivo del
Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la
Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio. (C. S. T. Arts. 55 al 60), las prestaciones por accidente
de trabajo y enfermedad profesional (C. S. T. Arts. 158 al 192)
y la higiene y seguridad en el trabajo (C. S. T. Arts. 348 al 352),
en su mayoría aplicables hoy en día. -
Ley 9 de 1979:
se dictan las medidas sanitarias en las empresas. -
normas que reorientaron la salud ocupacional
y crearon el Sistema General de Riesgos Profesionales, dando
origen a nuevas estructuras técnicas y administrativas. -
El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir les con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
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En el año 2000 a.C.
se estableció en el Código de Hammurabi la protección a los
artesanos y las indemnizaciones por accidentes de trabajo. -
parágrafo. Las prestaciones asistenciales y económicas derivadas de un accidente de
trabajo o de una enfermedad profesional, serán reconocidas y pagadas por la administradora en la
cual se encuentre afiliado el trabajador en el momento de ocurrir el accidente o, en el caso de la
enfermedad profesional, al momento de requerir la prestación. -
EGIPTO: En el año 4000 a. C. se realizaban en Egipto tratamientos
médicos y acciones de salud ocupacional a guerreros,
embalsamadores y fabricantes de armas.