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Se adopta, con fecha veintiocho de junio de mil novecientos treinta, el siguiente Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930, y que será sometido a la ratificación de los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo, de acuerdo con las disposiciones de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.
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Reconocimiento de obreros y patronos de su derecho de asociamiento para su defensa. Se impulsan las instituciones de Seguridad Social.
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Decreto 2 junio 1944, por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado.
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Se adopta, con fecha nueve de julio de mil novecientos cuarenta y ocho, el siguiente Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948.
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Se regula el derecho de Asociación Sindical, depositarán sus Estatutos, conforme a lo prevenido en el artículo 3 de dicha Ley, en la Oficina pública que señala la disposición transitoria.
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En octubre de 1984 se firmó el Acuerdo Económico y Social, bajo la promesa de creación de Empleo. Almunia, como Ministro de Trabajo justificó el abandono de la promesa electoral de jubilación a los 64 años alegando que no era urgente ni prioritario.
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En el debate previo a la reforma laboral de 1990 (ley 50) se discutieron amplia mente los aspectos críticos de la antigua legislación laboral, los cuales, a pesar de que eran reconocidos desde la época de los 80, con la apertura económica fueron destacados como factores adversos a la competitividad de las empresas.
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El 30 de noviembre de 2012 se crea una Reforma laboral la cual promueve regular la sub-contratación del personal, nuevos esquemas de contratación.