
Elementos relevantes sobre la educación inclusiva en el contexto nacional e Internacional
By lpintor1
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En su artículo 2º proclama que todas las personas tienen derecho al goce efectivo de sus derechos fundamentales independiente de sus características de etnia, cultura, religión, género, entre otras variables
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La Convención de la UNESCO ocupa un lugar importante en la lucha contra la discriminación ya que: "Se trata del primer instrumento internacional jurídicamente vinculante completamente dedicado al derecho a la educación." (UNESCO, 2022) y es el pilar de la Agenda de Educación 2030.
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Esta reconoce además el derecho de todos los niños a recibir una educación sin discriminación por motivo alguno.
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Mediante una reunión llevada a cabo en Jomtien, Tailandia; se refuerza la idea de una educación básica para todos, que satisfaga las necesidades básicas de aprendizaje.
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la Constitución Política en Colombia ha adelantado importantes acciones que favorecen los procesos de participación en contextos escolares de personas con discapacidad, desde la construcción y desarrollo de políticas públicas por parte de entidades como el Ministerio de Educación nacional y las secretarías de educación departamentales y municipales; las cuales se adhieren a tendencias mundiales. (Artículos que promueven la inclusión 1, 13, 20, 41, 44, 45, 47, 52, 54, 67,68, 69, 70)
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Las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad fueron aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su cuadragésimo octavo período de sesiones. Estas establecen no sólo la igualdad del derecho a la educación para todos los niños, jóvenes y adultos discapacitados, sino que declaran además que la educación debería impartirse en "entornos integrados" y en el "marco de las estructuras comunes de educación".
Foto: jannoon028 -
Por la cual se expide la ley general de educación; esta incluyó la inclusión, el régimen de los maestros, cambió una educación por logros a una por competencias, y reglamenta los estándares básicos de competencia
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Estipulan (párrafo 3) que "las escuelas deben acoger a todos los niños, independientemente de sus condiciones físicas, intelectuales, sociales, emocionales, lingüísticas u otras. Deben acoger a niños discapacitados y niños bien dotados, a niños que viven en la calle y que trabajan, niños de poblaciones remotas o nómadas, niños de minorías lingüísticas, étnicas o culturales y niños de otros grupos o zonas desfavorecidos o marginados"
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Por la cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales (capítulos I, II, III, IV, V, VI)
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Exigen que todos los niños tengan acceso a una educación primaria obligatoria y gratuita de aquí al año 2015; asimismo, se hace hincapié en los grupos marginados y las niñas
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La UNESCO inicia un programa emblemático de la Educación para todos (EPT) sobre el derecho a la educación de personas con discapacidades
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Es una ley para la Igualdad y la equidad de oportunidades de las mujeres, en los ámbitos público y privado. (artículo 1,2)
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La Asamblea General de las Naciones Unidas adopta la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad cuyo artículo 24 se dedica especialmente a la educación (ausencia de discriminación, igualdad de oportunidades; sistema de educación inclusivo; educación primaria inclusiva; enseñanza para desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad; desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad).
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Por medio de la cual se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan otras disposiciones.
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Por medio del cual se establecen los lineamientos de la Política Pública para la garantía plena de los derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales y transgeneristas - LGBT - y sobre identidades de género y orientaciones sexuales en el Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones.
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La 48ª reunión de la Conferencia Internacional de Educación (CIE) organizada por la Oficina Internacional de la Educación de la UNESCO (OIE) se celebrará en Ginebra del 25 al 28 de noviembre de 2008 en torno al tema: "La educación inclusiva: el camino hacia el futuro"
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Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales, en el marco de la educación inclusiva."
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Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. (por competencias)
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Esta Ley tiene como objeto: Garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la ley 1346 del 2009
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Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.
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Este decreto reglamenta en el marco de la educación inclusiva, la atención a la educación con discapacidad (esta reglamentación es la norma más específica e innovadora sobre el tema e incluye herramientas de gestión prometedoras; no obstante, resta un largo camino para que el derecho a la educación inclusiva sea una realidad local para las personas con discapacidad) (DUA El diseño universal para el aprendizaje) y el PIAR (El plan individualizado de ajustes razonables).