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México (N.E.) Leyes cuya inspiración se encuentra en el pensamiento de la reina Isabel la Católica.
La Corona española emitió estas leyes mediante las cuales se regulaba la vida social, económica y política de las colonias.
Destinadas a proteger al indio de América y a impedir la explotación despiadada llevada a cabo por los encomenderos. Establecían el trato que debía recibir el nativo, estipulando que los indios son libres, pero son súbditos de los Reyes Católicos. -
México (N.E.) Carlos V convocó una junta de juristas que elaboraron las Leyes Nuevas. Estas leyes, intentaron mejorar las condiciones a las que estaban sometidos los nativos, mediante la prohibición de la esclavitud de los aborígenes, protección de la Corona, y la prohibición de la creación de nuevas encomiendas.
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U.K. Robert Owen fue un teórico y activista por los derechos laborales y sociales. Es considerado padre del laborismo inglés. Defendió la cooperación y la fraternidad para reducir las desigualdades sociales, frente a la revolución y la lucha de clases.
El director Industrial, concluyó, dentro de su empresa hilandera New Lanark en Escocia, que todos los males y vicios de la clase obrera eran consecuencia de su miseria.
Contribuyó al desarollo del movimiento cooperativo. -
U.K. Sismondi elaboró su propia teoría sobre el capitalismo y su visión del liberalismo económico. En su obra "De la riqueza comercial" denunció el error de los economistas clásicos, que daban prioridad a la riqueza, ya que ésta viene acompañada de graves miserias, como consecuencia de la mala distribución. Afirmó que la riqueza de las naciones consiste en la extensión de los beneficios a todos.
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Francia. Él pugnó porque el trabajo se hiciera agradable a los hombres, debían organizarse comunidades libres de trabajadores para la producción de los bienes adecuados a las necesidades de los hombres, a las que les dio el nombre de falansterios.
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México. (N.E.) Autorizó a "todos los hombres avecindados en las ciudades del reino a establecer libremente las fábricas y oficios que estimaran conveniente, sin necesidad de licencia o de ingresar a un gremio"
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México (N.E.) En el párrafo 12 de este documento, presentado por Morelos al congreso de Anáhuac, reunido en Chilpancingo, expresa: "Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre..."
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México. (N.E.) Expedido por el congreso de Anáhuac a sugerencia del jefe de las tropas libertadoras, Don José maría Morelos y Pavón, declaró en su artículo 38 que "ningún género de cultura, industria o comercio, puede ser prohibido a los ciudadanos, excepto los que formen la subsitencia pública".
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Francia. Realizó una apelación a los hombres de ciencia para la creación de una ciencia nueva destinada a procurar el bienestar humano.
Saint Simón invita a los productores a fundar un partido político para reclamar libertad económica, también los incita a transformar la naturaleza de las relaciones sociales existentes e impugnar el principio capitalista de la propiedad privada. -
U.K. Francis Place logró que el parlamento aprobara una ley que derogaba las prohibiciones de las leyes de 1799 y 1800. Una vez que se conquistaron las libertades colectivas, los trabajadores exigirían al estado que contemplara su organización y su lucha para conseguir las condiciones de trabajo que el estado no podía ni quería imponer.
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U.K. Parlamento Inglés reconoció la libertad de asociación
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U.K. Denominación que corresponde a la lucha sindical y al derecho del trabajo. Las libertades sindicales de huelga, de negociación y contratación colectivas son su finalidad.
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Bélgica. Artículo 20: "Los belgas tienen el derecho de asociarse, sin someterse a ninguna medida preventiva".
Precedente de la libertad sindical. No se utilizó. -
Francia. Pensador y luchador. Intervino en los disturbios que se sucedieron en Francia y pasó varios años en las cárceles. Partidario de la acción revolucionaria, creía que el tránsito a la sociedad nueva se operaría a través de la dictadura del proletariado. Comenzó su actividad revolucionaria a los 17 años y no la abandonó hasta el final de sus vida, que pasó organizando a los trabajadores revolucionarios de París.
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U.K. Primera acción democrático-revolucionaria de los trabajadores.
Recibe este nombre en virtud de la carta-petición en la que solicitaban del parlamento una estructura democrática que permitiera al trabajo hablar en aquella tribuna. Los trabajadores iniciaron una marcha hacia Londres que fue disuelta cruelmente por la policía. El cartismo supuso la toma de contacto de las masas obreras con la acción política. -
Francia. En su obra "Viaje a Icaria" se declaró partidario de una sociedad plenamente comunista. Todos los hombres serían iguales y desaparecería la propiedad privada. Él creía que sería posible convencer a los ricos y a los gobiernos de los beneficios de la transformación social y económica. En todas sus obras se mostró partidario de implantar un régimen económico basado en la colectivización de las fuerzas de producción.
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U.K. Se publicó en Londres el Manifiesto Comunista. El documento del siglo. Es la palabra que despertó de su sueño al proletariado, su publicación determinó el curso de la Historia.
Contiene un lenguaje claro y sencillo, al alcance de las grandes masas trabajadoras. -
Francia. Estalló en París la revolución. Alphonse de Lamartine, poeta excelso cuya palabra inclinó la balanza en favor de la caída del Rey y frente al purblo sublevado. En un discurso célebre, decidió a los diputados por la forma republicana. En el gobierno provisional se creó la comisión de Luxemburgo. Su finalidad era preparar una legislación del Trabajo.
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México. En torno al debate sobre las libertades de profesión, industria y trabajo, Ignacio Vallarta leyó un discurso en el que expuso la explotación de que eran objeto los trabajadores y la urgencia de evitarla. Concluyó diciendo que las libertades de trabajo e industria no permitían la intervención de la ley.
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México. Posee un sentido individualista y liberal. Artículos 4, 5 y 9, relativos a las libertades de profesión, industria y trabajo. "Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin una justa retribución y sin su pleno consentimiento"
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El 8 de marzo de 1857, en plena revolución industrial, miles de mujeres con el lema “Pan y Rosas” salieron a las calles de Nueva York para protestar por la precarización laboral, así como para exigir un recorte de las jornadas y el cese de la explotación infantil.
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Alemania. Ferdinand Lasalle fue uno de los fundadores de la Asociación General de Trabajadores de Alemania en Leipzig.
El primer partido socialista y obrero alemán. El origen de esta organización se encontraría en un grupo de alemanes que habían participado en la Revolución de 1848 y, tras una visita a Londres conocieron el alto nivel organizativo de las Trade Unions. La idea era organizar un Congreso Obrero en Berlín para el año 1863. -
Francia. Derogación de las normas penales que sancionaban la formación de los sindicatos y las huelgas.
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México. El archiduque Maximiliano de Habsburgo, convencido de que el progreso de las naciones no puede fincarse en la explotación del hombre, expidió una legislación social. Esfuerzo generoso en defensa de los campesinos y de los trabajadores. En sus arts. 69 y 70, prohibió los trabajos gratuitos y forzados.
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México. Libertad de los campesinos para separarse en cualquier tiempo de la finca a la que prestaran sus servicios, jornada de trabajo de sol a sol con dos horas intermedias de reposo, pago del salario en efectivo, libre acceso de los comerciantes a los centros de trabajo, supresión de las cárceles privadas y de los castigos corporales, entre otras disposiciones.
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Alemania. Constituyó una prueba de la fuerza del movimiento sindical y de la libertad que principiaba a disfrutarse, se aprobó un programa con una amplia reivindicación de los beneficios que deberían corresponder a los trabajadores en el proceso de la producción.
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Alemania. Bismarck inició la política social. La esencia de la política social consistió en la promoción del bienestar de los trabajadores, a cuyo fin se promulgó "Die Gewerbeordnung" primera ley reglamentaria de las relaciones de trabajo del siglo XIX.
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México. Nuestros juristas procuraron dignificar el trabajo declarando que la prestación de servicios no podía ser equiparada al contrato de arrendamiento, porque el hombre no es ni podía ser tratado como las cosas.
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Francia. Primera revolución del proletariado. Uno de los mayores acontecimientos revolucionarios de la historia.
Por primera vez el proletariado se sublevó y fue capaz de derrocar el poder establecido, formar sus propios órganos de gobierno y reemplazar al Estado monárquico, burgués y capitalista. -
Alemania. Una ley del recién formado imperio generalizó las libertades.
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Los trabajadores pudieron asociarse libremente, sin temor a ser perseguidos y sin que el estado pudiera estorbar su formación. Las reformas a las leyes penales y la libertad de sindicación, no trajo consigo su reconocimiento legal. Los empresarios no estaban obligados a negociar las condiciones de trabajo.
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Alemania. Ala del marxismo ortodoxo, representada por Bebel y Liebknecht, aprobó este programa. Constituyó un esfuerzo en defensa de los derechos del trabajo.
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Alemania. Bismarck lanzó una ley que prohibió la formación de asociaciones que tendieran a la transformación del régimen social, económico y político.
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Alemania. Al contemplar la inquietud obrera, el emperador Guillermo I anunció la institución de los seguros sociales.
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Francia. Una ley del parlamento reconoció a las asociaciones sindicales la personalidad jurídica.
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El 1° de mayo se conmemora en todo el Mundo el Día Internacional del Trabajador en homenaje a los llamados Mártires de Chicago, un grupo de sindicalistas anarquistas ejecutados en 1886. Ese mismo año, la Noble Order of the Knights of Labor, una organización de trabajadores, logró que el sector empresarial cediese ante las huelgas en todos los EEUU y reconociera la Jornada laboral de 8 horas.
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Alemania. Conferencia internacional sobre el trabajo en las fábricas y minas. Después de dos semanas de sesiones, estableció recomendaciones detalladas para reglamentar o prohibir el trabajo en las minas, el trabajo dominical, el trabajo de los niños y el empleo de los jóvenes y de las mujeres, sin que se asumieran compromisos internacionales formales.
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Francia. Se expidió la ley de accidentes de trabajo, introductora de la teoría del riesgo profesional.
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México. A solicitud del gobernador José Vicente Villada, la Legislatura del Estado de México dictó una ley, en la que se declaró que en los casos de riesgo de trabajo, debía el patrono prestar la atención médica requerida y pagar el salario de la víctima hasta por tres meses.
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México. Se iniciaron las escaramuzas en la industria textil: los empresarios de Puebla impusieron un reglamento de fábrica que destruía la libertad y dignidad de los hombres; los trabajadores se declararon en huelga, pero los empresarios poblanos convencieron a los dueños de fábricas para que decretaran un paro general.
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México. Los obreros mineros de Cananea declararon una huelga para obtener mejores salarios y suprimir los privilegios que la empresa otorgaba a los empleados norteamericanos. El gobernador de Sonora, Izábal, aplastó el movimiento con ayuda de las tropas de los Estados Unidos del Norte.
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El partido liberal, cuyo presidente era Ricardo Flores Magón, publicó un manifiesto y programa, que contiene un documento pre-revolucionario en favor de un derecho del trabajo; en él están delineados algunos de los principios e instituciones de nuestra Declaración de Derechos Sociales.
El partido recalcó la necesidad de crear las bases generales para una legislación humana del trabajo. -
México. El gobernador Bernardo Reyes impulsó el desarollo industrial de Nuevo León, tuvo la convicción de que era indispensable una ley de accidentes de trabajo. Los definió como aquellos que "ocurren a los empleados y operarios en el desempeño de su trabajo o en ocasión de él"
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México. En Veracruz, se inicia la huelga en la fábrica Río Blanco, donde cerca de 2000 trabajadores comienzan las manifestaciones de protesta para exigir mejores condiciones laborales.
Las fuerzas públicas reprimieron a fuego y sangre sin distinción de sexo o edad. Se estima que hubó entre 400 y 800 personas asesinadas. -
Más de 15 mil mujeres del partido socialista tomaron las calles de New York para demandar la reducción de los horarios de trabajo, aumento de salarios y derecho al voto.
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Alemania. El estado se vio obligado a intervenir en los procesos de producción y de distribución, lo que dio nacimiento a un derecho económico activo; además, los trabajadores se impusieron al estado y esto produjo un derecho del trabajo de nuevo cuño. Preludio a un régimen social, económico y jurídico más justo.
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México. El general Salvador Alvarado se propuso reformar el orden social y económico del estado de Yucatán, a cuyo efecto expidió las leyes que se conocen con el nombre de "Las cinco hermanas" Agraria, de hacienda, del catastro, del municipio libre y del trabajo. Un Intento de socialización de la vida.
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México. Proyecto que reguló los contratos individual y colectivo de trabajo. El segundo fue concebido como un contrato normativo.
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U.K. Trabajadores de Estados Unidos de Norteamérica, de Francia, de Inglaterra, de Bélgica e Italia emitieron un voto en el sentido de que el futuro tratado de paz debería poner fuera del alcance de la competencia de todos los países "un mínimo de garantías de orden moral y material en la organización y ejecución del trabajo"
También reclamaba la creación de una comisión que vigilara la aplicación de esas disposiciones y organizara futuras conferencias internacionales. -
Rusia. La Revolución de Octubre fue uno de los principales acontecimientos del siglo XX. Estableció el régimen comunista, hizo ver a los pueblos y a los hombres la urgencia de encontrar sistemas que se inspiraran en los principios de la justicia social.
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Suiza. Con la entrada de los Estados Unidos en la guerra era lógico que la Federación Americana del Trabajo iba a sumar su peso a las propuestas. Se reunieron en Berna delegados obreros de los Estados de Europa central y de los países neutrales para formular reivindicaciones. No diferían fundamentalmente de las presentadas por la conferencia de Leeds.
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México. Derecho Internacional del Trabajo es un derecho nuevo; un derecho de los hombres, cualesquiera que sean el lugar donde se encuentren, su nacionalidad, su raza, su credo, o su doctrina política.
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México. Primera declaración de Derechos Sociales de la Historia y el derecho mexicano del trabajo. Fuente del derecho agrario y del derecho del trabajo. Grito de rebeldía del hombre que sufría injusticia en el campo, en las minas, en las fábricas y en el taller. Brotó de la tragedia y del dolor de un pueblo y fue creación natural, genuina y propia del mexicano.
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México. El estado de Veracruz expidió su ley del trabajo, es la primera de la república y la primera de nuestro continente. Modelo para las leyes del resto de las entidades federativas.
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Francia. Se designa una comisión de legislación del trabajo, serían los encargados de preparar la parte XIII del Tratado de Versalles.
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Francia. Su creación queda estipulada en el Tratado de Versalles.
Se ocupa del bienestar de la clase trabajadora. Su obra ha servido para impulsar a las legislaciones nacionales de los pueblos. -
Francia. Declaración de derechos sociales. "El principio rector del derecho internacional del trabajo consiste en que el trabajo no debe ser considerado como mercancía o artículo de comercio".
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Alemania. Se proclama la Constitución Alemana de Weimar.
La primera de Europa que dedicó un capítulo a los derechos del trabajo, los cuales se elevaron a la categoría de los viejos derechos del hombre. Según Schmitt era "una nueva decisión política y jurídica fundamental" -
E.U.A. Su primera conferencia inició las sesiones en la ciudad de Washington.
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Chile. Se trató por vez primera un tema de trabajo. Se ratificó el principio de que el trabajo humano no debe considerarse como mercadería o artículo de comercio.
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México. El poder ejecutivo expide un decreto creador de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, decreto que se declaró reglamentario de las leyes de ferrocarriles, petróleo y minería.
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México. La secretaría de gobernación convocó una asamblea en la ciudad de México y le presentó para su estudio un Proyecto de código federal del trabajo.
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México. La secretaría de Industria, Comercio y Trabajo redactó un nuevo proyecto. Esta vez no recibió el nombre de código sino el de Ley. Aprobado y promulgado en 1931
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E.U.A. La OIT expresó que "la experiencia ha demostrado plenamente la legitimidad de la Declaración contenida en la carta constitutiva de la Organización, según la cual, no puede establecerse una paz duradera sino sobre la base de la justicia social". Después de esto ratificó y amplió los principios de 1919.
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E.U.A. Señala el deber de la organización de promover "niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos y condiciones de progreso y desarrollo económico y social".
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Francia. El pueblo galo ratificó los principios de la Declaración de derechos de 1789 y añadió los derechos del hombre a un trabajo libre.
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E.U.A. Con el respaldo moral y la simpatía de los trabajadores y de los empresarios, la OIT logró firmar el acuerdo en el que fue reconocida, por las Naciones Unidas, como un organismo internacional especializado.
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Italia. El pueblo italiano, en su constitución, declaró que "la República reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo y procura las condiciones que lo hagan posible"
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Colombia. En ella se aprobó la Carta de la Organización de los Estados Americanos. Nuestra delegación logró que se incorporara a la Carta un capítulo de normas sociales, cuyas ideas están recogidas en la Ley de 1970.
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Francia. Recogió los principios generales fundamentales del derecho del trabajo, los que servirían para asegurar "al trabajador y a su familia una existencia conforme a la dignidad humana"
Los artículos 20, 22, 23, 24 y 25 se ocupan concretamente del derecho del Trabajo.
Art. 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar. -
Argentina. Se reformó la Carta de la Organización. Las normas de 1948 permanecieron intactas, pero se agregó un párrafo tercero al artículo 43, el cual contiene las normas de trabajo.
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(Vigente en la actualidad)