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La civilización hebrea se ubicó en la zona de Mesopotamia, se estima que tuvo lugar cerca de los años 1800 a.C.
Los hebreos se dedicaron a la agricultura y la ganadería, cultivaban olivares y vides. Los camellos, caballos y bueyes ayudaban a pastorear los rebaños de cabras y ovejas. -
Fundada en 2500 a.C, una antigua región de Oriente Próximo, comprende las áreas de lo que hoy se conoce como Siria, Israel, Líbano y Palestina. Destaco por el intercambio comercial con Egipto, siendo entre 1200-750 a.C la potencia comercial del mediterráneo, considerada como una de las primeras civilizaciones con acuerdos comerciales muy importantes.
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Fue aquí donde se creo el Código Hammurabi en 1750 a.c, considerado como el conjunto de leyes mas antiguo que se ha encontrado, dentro de este código, se empiezan a fijar ciertas normas relacionadas con el derecho laboral, como es: Los precios, los honorarios de los médicos varían según se atienda a un hombre libre o a un esclavo. Los salarios, varían según la naturaleza de los trabajos realizados y así como la responsabilidad profesional.
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A partir del siglo III a.C se empezó a desarrollar la civilización China, esta se dividió en la cabeza el emperador con autoridad absoluta, después los señores que disputaban el dominio de las tierras, inferiormente estaban los comerciantes y artesanos, sujetos a las ordenes del emperador y por ultimo los campesinos y esclavos que trabajaban la tierra cultivando cereales como arroz y soya.
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Desarrollada entre 3300 y 1300 a.C, estaban divido en cinco categorías,rígidamente jerarquizadas, dentro de estas, los Vaisias eran los que se dedican al comercio y agricultura, los sudras eran los esclavos y los Parias, personas dedicadas a la limpieza, esta organización esta establecida dentro del código Manú
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En el año 3050 a.C, de acuerdo a la jerarquizar social, los esclavos estaban hasta el ultimo, los cuales eran los encargados de trabajar en las minas, hacer, tareas domesticas y trabajar dentro de la agricultura, La forma de organización en el trabajo era dada por el faraón, quien repartía a las tierras para trabajar. Los trabajadores de las tierras solo se quedaban con una porción muy menor y lo demás era repartido entre clases altas.
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Dentro de ellas se plasmo el monumento legislativo mas humano de los tiempos modernos, inspiradas en el pensamiento de la reina Isabel la Católica, tuvieron el propósito de proteger al Indio de América , al de los antiguos Imperios de México y Perú, y a impedir la explotación que llevaban a cabo los encomenderos, sin embargo, en ninguna parte se tiende a la igualdad de derechos entre el indio y el amo.
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Esta etapa corresponde a la lucha sindical, pero también pertenece al derecho del trabajo, porque se luchaba por las libertades sindicales de huelga, negociación y contratación colectiva. Esta lucha tuvo lugar como primer escenario a Inglaterra.
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Los trabajadores de Inglaterra solicitaban al parlamento una estructura democrática que permitiera al trabajador hablar dentro de las tribunas del gobierno.
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Se da la derogación de normas penales que sancionaban la formación de sindicatos y huelgas.
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En los artículos 69 y 70 de este documento se incluye el capitulo de las Garantías Individuales, donde Maximiliano de Habsburgo prohibió los trabajos gratuitos y forzados y ordenó que los padres y tutores debían autorizar el trabajo de los menores.
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Una vez mas, Maximiliano de Habsburgo, estableció la libertad de los campesinos para separarse en cualquier tiempo de la finca, jornada de trabajo de sol a sol con dos horas intermedias de reposo, pago de salario en efectivo, reglamentación de las deudas de los campesinos, entre otras cosas.
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En este código se procuro dignificar el trabajo, declarando que la prestación de servicios no podía ser equiparada al contrato de arrendamiento, porque el hombre no es, ni podía ser tratado como las cosas.
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En lugares como Prusia, Alemania, Francia, empezaron una lucha económica, tomo mas fuerza el movimiento sindicalista, empezó la reivindicación de algunos benéficos que deberían corresponder a los trabajadores en el proceso de producción, se busco ampliamente la promoción del bienestar de los trabajadores.
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Los trabajadores pudieron asociarse libremente, sin temor a ser perseguidos y sin que el Estado pudiera estorbar en su formación, dando paso a la libertad de sindicación, sin embargo, no trajo consigo su reconocimiento legal como personas jurídicas, solo fueron asociaciones, razón por la cual los empresarios no estaban obligados a negociar las condiciones de trabajo.
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El 30 de abril de 1904 en el Estado de México se creó un primer cuerpo normativo que en rigor se identifica como laboral la Ley sobre Accidentes de Trabajo, expedida por el gobernador José Vicente Villada, en la que se declaro que es los casos de riesgo de trabajo, debía el patrón prestar la atención medica requerida y pagar el salario de la victima hasta por tres meses.
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En el mes de noviembre de 1906 los empresarios de Puebla impusieron un Reglamento de Fabrica donde se destruía la libertad y dignidad de los hombres, por lo que los trabajadores de la industria textil se declararon en huelga, acudiendo los obreros con el Presidente Porfirio Díaz, sin embargo, él defendió a los empresarios e impidió marcar un nuevo camino para la ruta del Derecho del trabajo. Lo único que lograron los obreros es que se diera la prohibición del trabajo a menores de siete años.
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Los obreros mineros de Cananea declararon una huelga para obtener mejores salarios y suprimir los privilegios que la empresa daba a los empleados norteamericanos. Esta huelga se considera uno de los antecedentes mas importantes del derecho laboral en México.
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Es un documento pre-revolucionario muy importante en favor del Derecho del trabajo, donde se analiza las condiciones de la clase campesina y obrera, concluyendo con proponer reformas trascendentales en lo político, agrario y del trabajo, recalcando la necesidad de crear las bases generales para una legislación del trabajo.
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Entre 1914 y 1918 en Alemania los trabajadores se impusieron al Estado y lo obligaron a superar la legislación obrera, lo que a su vez produjo un derecho del Trabajo desde otro punto de vista, ya no pertenecía al derecho publico, ni al derecho privado, decía Radbruch, ahora daba paso a ser considerado como parte del Derecho Social.
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Los Estados en guerra lanzaron la idea de que necesitaban un tratado que pusiera fin a la lucha de los trabajadores, donde se incluyeran las normas fundamentales para la protección futura de los trabajadores. Esta idea finalizo con la propuesta del secretario francés Justin Godard, para que se redactara una carta internacional del trabajo.
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El 19 de Octubre de 1914 Cándido Aguilar expidió la Ley del Trabajo para el Estado, en la que impuso para los trabajadores un descanso semanal, salario mínimo, teoría del riesgo profesional, escuelas primarias sostenidas por los empresarios y reorganización de la justicia obrera.
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El general Salvador Alvarado se propuso reformar el orden social y económico de Yucatán, por lo que expidió las leyes que se conocen como "las cinco hermanas", que son la agraria, de hacienda, catastro, del municipio libre y del trabajo.
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Proyecto presidido por Rafael Zubarán,en el que busco regular los contratos individuales y colectivos del trabajo.
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Esta ley fue elaborada por Agustín Millan, en la cual se otorgo el reconocimiento legal al movimiento obrero y estimulaba la organización de sindicatos del Estado.
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Aguirre Berlanga publicó el decreto de la primera Ley del trabajo de la Revolución Constitucionalista, donde se estipulo la jornada de trabajo de nueve horas, prohibición del trabajo a los menores de nueve años, salarios mínimos en el campo y la ciudad, protección del salario, aceptación de la teoría del riesgo profesional y concreciona de las Juntas de Conciliación y Arbitraje
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En esta declaración se enuncian medidas importantes como el derecho de asociación, salario que asegure un nivel adecuado de vida, jornada de ocho horas por día, un descanso, supresión al trabajo de los niños, salario igual sin distinción de sexo.
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Después de algunos debates entre Natividad Macias y Pastor Rouaix, designados para integrar la comisión que redactaría el proyecto del nuevo titulo sobre el trabajo, se formulo un proyecto fina,l que paso a la Comisión del Congreso, encargada de presentarlo a la asamblea. Finalmente, la Comisión respeto gran parte del texto original y después de una breve discusión, el Articulo 123 fue aprobado. Siendo la Constitución mexicana, como una de las primeras en contemplar los derechos sociales.
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Es considerada como la primera en la República y también de nuestro continente. Fue un modelo para las leyes restantes de las entidades federativas y sirvió como precedente para la LFT de 1931. Dio el reconocimiento al derecho de libertad sindical, de huelga y agrego disposiciones sobre el salario y las condiciones de trabajo
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Gracias al tratado de Versalles, se da la creación de la Organización Internacional del Trabajo, mejor conocida como OIT.
En dicho tratado de señalan tres razones principales que motivaron a la creación de la OIT, como es 1) La sociedad de las naciones unidas tiene como objeto paz universal, basada en la justicia social. 2) Mejorar las condiciones de trabajo. 3)La no adopción por una nación cualquiera de un régimen de trabajo humano, es un obstáculo a los esfuerzos de los pueblos. -
Esta constitución de Alemania, es la primera de Europa que dedico un capitulo a los derechos del trabajo.
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Dentro de los pueblos americanos, fue en la Quinta Conferencia Internacional Americana, donde se trató por primera vez un tema de trabajo, ratificándose en aquella conferencia el principio de que el trabajo humano no debe considerarse como articulo de comercio.
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En esta ley principalmente se trataron de llenar aquellas lagunas y controversias que existían sobre el derecho de huelga.
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Este decreto es creador de la Junta de Conciliación y Arbitraje y de las Juntas Federales de Conciliación, ademas, se declaro reglamentario de las leyes de ferrocarriles, petroleo y minería.
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Este documento publicado, se considera el primer antecedente concreto a la elaboración de la ley federal del trabajo de 1931.
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Elaborado por los juristas Enrique Delhumeau, Pradexis Balboa y Alfredo Iñárritu . Fue publicado después de la reforma constitucional del artículo 73. fracción X y articulo 123
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Con la Secretaria de Industria, Comercio y Trabajo, se redacto un nuevo proyecto, en el que intervino principalmente el Lic. Eduardo Suárez, dicho proyecto ya no se lo nombro código, sino ley. Fue discutido en el consejo de ministros y remitido al Congreso de la Unión, donde fue debatido y previo a ciertas modificaciones, finalmente fue aprobado y promulgado, estado como presidente de la república Pascual Ortiz Rubio.
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En la etapa de la segunda guerra mundial se dio la división de la humanidad en pueblos ricos y explotadores, así como, pueblos pobres y explotados, se perdieron muchos fines que se habían logrado, sin embargo, hubo documentos que intentaron retomar los derechos esenciales del trabajo, es así como la OIT por medio de su de declaración de Filadelfia, señalo que "una paz duradera y universal sólo puede ser alcanzada cunado está fundamentada en el trato decente de los trabajadores"
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La carta de las naciones unidas proclamada en San francisco, señalo que es deber de OIT promover niveles de vida mas elevados, trabajo permanente y condiciones de progreso y desarrollo económico y social
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Esta carta es muy importante para México porque el canciller logro que se incorporara a la carta un capitulo de Normas Sociales, cuyas ideas cabe destacar están también en la LFT.
Posteriormente, en 1967 se reformo la carta donde se le agrego un tercer párrafo, reconociendo que los países miembro dedicarían sus esfuerzos a la aplicación de ciertos principios, como son todos los seres humanos sin distinción de raza tienen derecho al bienestar material y reconocer que el trabajo es un derecho -
Esta declaración recogió los principios generales fundamentales del derecho del trabajo, los que servirían para asegurar al trabajador y a su familia una existencia conforme a la dignidad humana.
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En 1960 se realizó la discutible reforma constitucional que dio paso al apartado B del 123 y su ley reglamentaria la de los
trabajadores al servicio del Estado. Tal disposición consignó de manera categórica que los trabajadores al servicio del Estado eran distintos, por lo cual se les ubicaba en un apartado diferente, en rigor, con la única finalidad de limitarles el derecho a
la estabilidad en el empleo y sus derechos colectivos -
Esta segunda ley del trabajo tuvo diversas ventajas en relación con su antecesora, principalmente mejor estructura y tratamiento puntual de cuestiones que la anterior hizo con serias deficiencias.