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El IASB publicó una norma separada pensada para aplicarse a las pequeñas y medianas entidades (PYMES), entidades privadas, y entidades contables no cotizadoras. Esa norma es la NIIF para las PYMES.
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Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento
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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en cumplimiento de su función, presentó al Gobierno Nacional el Direccionamiento Estratégico del proceso de convergencia de las normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información, con estándares internacionales.
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Se establecen definiciones para el entendimiento conceptual en el proceso de convergencia, ámbito de aplicación, condiciones y plazo máximo (12 de enero) para que las empresas lo hagan voluntariamente. Se definen los informes que se requieren para la etapa y el tiempo de periodo de prueba.
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La Superintendencia de Sociedades mediante Circular Externa 115-000002, ha decidido orientar a las entidades que se encuentran sometidas bajo su supervisión, presentando algunas observaciones y recomendaciones con el fin de que las empresas se pongan a tono con el proceso de convergencia de Normas Locales (2649/93) a Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF.
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“Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas” con la finalidad de establecer un régimen simplificado de contabilidad de causación aplicable a microempresas y demás sujetos obligados, previstos en la norma, con o sin ánimo de lucro.
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Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1.
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Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que se clasifican en el literal a del parágrafo del artículo 10 del Decreto 2784 de 2012 y que hacen parte del Grupo 1
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Por la cual se reglamenta la ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el grupo 2.
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Por la cual se reglamenta la ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que conforman el grupo 1.
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Por el cual se modifica el Marco Técnico Normativo de Información Financiera para las Microempresas,
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Por el cual se modifica el Decreto 2784 de 2012 y se dictan otras disposiciones.
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Por el cual se reglamentan los artículos 4 de la Ley 1314 de 2009, 165 de la Ley 1607 de 2012,773 Y774 del Estatuto Tributario.
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Por el cual se reglamenta la Ley1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para las normas de aseguramiento de la información. Decreto único Reglamentario.
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Régimen Reglamentario de las normas de contabilidad, información financiera y de aseguramiento de la información.
La clasificación se instauró de la siguiente manera:
Grupo I: Estándar Pleno – Anexo 1 (Full IFRS)
Grupo II: Estándar Pymes – Anexo 2 (IFRS for SME’s)
Grupo III: Micro-entidades – Anexo 3 (Marco local) -
Por medio del cual se modifica el Decreto 2420 de 2015 Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información y se dictan otras disposiciones.