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CRONOLOGÍA DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL

  • 2000 BCE

    HAMMURABI

    HAMMURABI
    Creador del codigo Hammurabi de protección y bienestar entre la gente.
  • 1700 BCE

    IMOHTEPH

    IMOHTEPH
    Fundador de la medicina egipcia autor del papiro Edwin Smith acerca de curaciones, dolencias y observaciones anatómicas.
  • 1234 BCE

    RAMSES II

    RAMSES II
    Ofrecía mejores condiciones de trabajo a quienes construían su estatua y eran atendidos ademas en sus accidentes de trabajo.
  • 460 BCE

    HIPOCRATES

    HIPOCRATES
    Describe por primera ves la intoxicación por plomo como una enfermedad ocupacional.
  • 201 BCE

    GALEANO

    GALEANO
    Se caracterizo por enumerar las enfermedades de los mineros y curtidores, por describir la patología del envenenamiento de plomo con precisión y reconocer las exposiciones peligrosas de mineros a la lluvia ácida.
  • 50

    PLINIO EL VIEJO

    PLINIO EL VIEJO
    Da recomendaciones sobre el uso de instrumentos destinados a la protección personal.
  • Jan 1, 1413

    ORDENANZAS DE FRANCIA

    ORDENANZAS DE FRANCIA
    Se establecen normas que velan por la seguridad de la clase trabajadora.
  • Jan 1, 1567

    PARACELSO

    PARACELSO
    Crea la primera obra dedicada a las enfermedades laborales de los mineros y fundidores de metal.
  • BERNARDINO RAMAZZINI

    BERNARDINO RAMAZZINI
    Publico un libro que contiene conceptos de prevención para evitar o disminuir los efectos o exposición a sustancias toxicas y contribuyo siendo el autor del primer tratado sistemático de lo que llamamos medicina laboral.
  • ROBERT OWEN

    ROBERT OWEN
    Puso en marcha un programa para mejoramiento ambiental, social, educacional y moral, otorgándoles mejores condiciones de trabajo, reducción de la jornada, capacitación laboral e instalación de escuelas para los niños trabajadores a los cuales separó de las labores rudas.
  • GEORGE STEPHENSON

    GEORGE STEPHENSON
    Creador de la primera linea ferroviaria, momento histórico relevante de la revolución industrial.
  • FELIX FAURE

    FELIX FAURE
    Estableció en forma definitiva la teoría del riesgo profesional.
  • THOMAS OLIVER

    THOMAS OLIVER
    Creo la obra “Enfermedades Propias de los Oficios” con lo que la Medicina Laboral se difundió por todo el mundo dando inicio a la creación de grupos médicos de estudio dedicados a la atención de estos problemas.
  • RAFAEL URIBE

    RAFAEL URIBE
    Planea el debate alegando por qué razón, si a soldado herido en una batalla se le da una pensión por qué no debe dársela otra igual al trabajador lesionado en su batalla diaria por el sustento.
  • LEY 57

    LEY 57
    Por este medio se dio la reparación por accidentes de trabajo cuando el país no tenía aún una regulación específica sobre el contrato de trabajo.
  • LEY 64

    LEY 64
    Por la cual se crea el Seguro Social en Colombia previendo la organización de seguros de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • CODIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO

    CODIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO
    Que establece además de las prestaciones a cargo del patrono con carácter transitorio, las primeras medidas que regulan la Higiene y Seguridad en el Trabajo.
  • DECRETO 586

    DECRETO 586
    Creó el Comité Nacional de Salud Ocupacional, como máxima entidad coordinadora de todas las actividades que en materia de Salud Ocupacional adelanta el país con entidades tanto privadas como oficiales.
  • DECRETO 614

    DECRETO 614
    Determina las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país.
  • LEY 100

    LEY 100
    Medio por el cual se dio origen al sistema de seguridad social integral destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir les.
  • DECRETO 1295 ARTICULO 9

    DECRETO 1295 ARTICULO 9
    Define el accidente de trabajo como todo suceso repentino que sobrevenga por causa o acción del trabajo.
  • DECRETO 1281

    DECRETO 1281
    Medio del cual se reglamentan las actividades de alto riesgo y se define el régimen especial de invalidez, pensiones y sobrevivientes para periodistas.
  • DECRETO 1346

    DECRETO 1346
    Por medio del cual se reglamenta la integración, financiación y el funcionamiento de las juntas de invalidez.
  • DECRETO 1835

    DECRETO 1835
    Se reglamento la actividades de alto riesgo de los servidores públicos.
  • DECRETO 1832

    DECRETO 1832
    Medio por el cual se adopta la tabla de enfermedades profesionales.
  • DECRETO 1771

    DECRETO 1771
    Mediante el cual se reglamenta la financiación y cotización al sistema de riesgos profesionales.
  • DECRETO 1833

    DECRETO 1833
    Por el cual se determina la administración y funcionamiento del fondo de riesgos profesionales.
  • DECRETO 2644

    DECRETO 2644
    El cual expide la tabla única para las indemnizaciones por pérdida de la capacidad laboral.
  • RESOLUCIÓN 004050

    RESOLUCIÓN 004050
    Medio por el cual se reglamento el procedimiento en materia de salud ocupacional.
  • DECRETO 2318

    DECRETO 2318
    El cual reglamento la expedición de licencias de salud ocupacional.
  • LEY 361

    LEY 361
    Medio por el cual se establecen los mecanismos de integración social de las personas con limitación.
  • LEY 436

    LEY 436
    Por medio del cual se aprueba el Convenio 162 de la OIT sobre utilización del asbesto en condiciones de seguridad.
  • RESOLUCIÓN 1830

    RESOLUCIÓN 1830
    Por la cual se adoptan para Colombia las codificaciones únicas de especialidades en salud, ocupaciones, actividades económicas y medicamentos esenciales.
  • RESOLUCIÓN 01971

    RESOLUCIÓN 01971
    Por la cual se adoptan los formularios e instructivos de solicitud y de dictamen de invalidez.
  • RESOLUCIÓN 2569

    RESOLUCIÓN 2569
    Por la cual se reglamenta el proceso de definición y calificación del origen de los eventos de salud en primera instancia, dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud.
  • DECRETO 47

    DECRETO 47
    Por el cual se expiden normas sobre afiliación, entre ellas las madres comunitarias pierden el derecho a la afiliación a riesgos profesionales.
  • DECRETO 205

    DECRETO 205
    Ejercer las funciones de inspección y dictamen sobre el ejercicio de profesiones y la formación de todo tipo de recurso humano para el sector que adelantan las instituciones públicas, privadas o de cualquier naturaleza.