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El SAT aprueba la facturación electrónica como un medio de comprobación fiscal. Comprobante Fiscal Digital (CFD).
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La Factura Electrónica se estableció como obligación para todos los contribuyentes en México
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La LFEA fue publicada en el diario oficial de la federación.
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El Art. 28 del CFF en su fracción III establece que se debe enviar la contabilidad por medios electrónicos.
Cátalogo de cuentas, Balanza de comprobación, Pólizas. -
Uso del Buzón Electrónico, el cual tiene su fundamento legal en el Art. 17 K del CFF
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Obligatorio expedir CFDI sustituyendo a los CFD de forma general tanto para personas físicas y morales.
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Art. 28. Obligatoria para Instituciones que componen el sistema financiero y contribuyentes con ingresos de 4 millones de pesos o más.
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Puedes utilizar tu e.firma portable, para autenticarte en las aplicaciones del portal de trámites y servicios del SAT.
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Obligatoria para contribuyentes con ingresos menores a 4 MDP, contribuyentes dedicados al sector primario, PM del Titulo III LISR, etc.
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Fracción XLI del Art. 81 del CFF establece una multa por no enviar la contabilidad electrónica a través de la página de Internet del SAT.
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Art. 28 fracción IV. El envío de la Contabilidad Electrónica es una obligación para todos los contribuyentes.
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Anexo 24 RMF. Se dan a conocer los esquemas de los 5 XML que integran la Contabilidad Electrónica en su versión 1.3.
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Uso obligatorio de la versión 3.3 del CFDI.
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Debes contar con un buzón tributario a partir del 1 de enero para ejercer el derecho de aceptar o negar la cancelación de un CFDI.
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Anexo 24 RMF. Se establecen cambios en los códigos agrupadores de las Cuentas contables que tienen que ver con el estímulo fiscal para la región de frontera norte del país