Derecho laboral

Antecedentes del Derecho Colectivo del Trabajo

  • LEYES DE INDIAS

    LEYES DE INDIAS
    Estas leyes establecieron una serie de principios que fueron el basamento del derecho indiano:
    Se podía obligar a los indios a trabajar con tal de que el trabajo fuese tolerable y el salario justo, aunque se permitía el pago en especie, en lugar de en dinero.
    Prohíbe el trabajo, a partir del cuarto mes de gravidez, en minas y labranzas . La mujer embarazada y posteriormente lactante sólo se ocuparía en tareas caseras.
  • PRIMERA REVOLUCION INDUSTRIAL

    PRIMERA REVOLUCION INDUSTRIAL
    -Formación de la primera y mas numerosa clase obrera
    -Sustitución de mano de obra
    -Compra-venta de mano de obra y contratación asalariada generalizada
  • LEY LE CHAPELIER

    LEY LE CHAPELIER
    Esta ley fue aprobada en el contexto de la desaparición del Antiguo Régimen y de las corporaciones que lo constituían, tanto los órdenes privilegiados como los gremios,
    Art 1. El desmantelamiento de toda clase de corporaciones de ciudadanos del mismo oficio y profesión.
    Art 2. Los ciudadanos del mismo oficio o profesión, empresarios, comerciantes, artesanos, obreros, no pueden, nombrar presidente, secretario o síndico, ni tomar decisiones, ni imponer normas en su interés común.
  • LEY INGLESA DE FRANCIS PLACE

    LEY INGLESA DE FRANCIS PLACE
    En el siglo XIX se inicia una nueva etapa con la Ley Inglesa de Francis Place de 1824, la cual suprime las normas que prohibían las asociaciones de trabajadores y la huelga; de esta forma la agrupación de trabajadores y la huelga dejan de constituir un delito; sin embargo, ello no significaba que fueran reconocidos como derechos.
  • HUELGA Y ASOCIACION

    HUELGA Y ASOCIACION
    Los obreros lograron que la Comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición.
  • CONSTITUCION DE 1857

    CONSTITUCION DE 1857
    Art 4. Consagró la libertad del trabajo.
    -Art 5. Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
    -Art 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
  • GRAN CIRCULO DE OBREROS

    GRAN CIRCULO DE OBREROS
    Reglamento General para regir el Orden de Trabajo en las Fabricas Unidas del valle de México
    Primer contrato colectivo de trabajo en México que nunca fue aplicado
  • HUELGAS MINERAS EN CHIHUAHUA

    HUELGAS MINERAS EN CHIHUAHUA
    Los mineros exigieron el pago semanal de sus salarios, pero la directiva se negó, por lo que aumentó el descontento y la tensión entre ambos. El 20 de enero de 1883 estalló la violencia durante el transcurso de una fiesta; un obrero y un guardia murieron en un duelo, lo que originó la represión general.
  • LEY DE JOSE VICENTE VILLALBA

    LEY DE JOSE VICENTE VILLALBA
    Las primeras leyes laborales surgieron por obra de los gobernadores Vicente Villalba ( estado de Veracruz 1904) y Bernardo Reyes ( estado de Nuevo León 1906 ) obras inspiradas en la ley de Leopoldo II de Bélgica. Esta propone la indeminizaciones por accidentes en el trabajo
  • HUELGA DE MINEROS EN CANANEA

    HUELGA DE MINEROS EN CANANEA
    Los mexicanos vivían una situación laboral mala: largas jornadas de trabajo, condiciones insalubres, sueldos reducidos, discriminación Los mineros decididieron presentar a la Cananea Consolidated Copper Company una serie de demandas encaminadas a mejorar sus condiciones.
    Los trabajadores se declararon la huelga desde las primeras h. Hacia las 3 de la tarde, los obreros realizaron una marcha que derivó en un enfrentamiento en el que los norteamericanos abrieron fuego contra los manifestantes.
  • HUELGA DE RIO BLANCO

    HUELGA DE RIO BLANCO
    El conflicto estalló pocas semanas atrás, cuando en diciembre de 1906 los empresarios impusieron un nuevo reglamento de trabajo que ampliaba las causas de multas y generalizaba el horario de 14 horas diarias. El Reglamento prohibía “recibir en su casa visitas de amigos y parientes y leer periódicos o libros que no sean previamente censurados y por ende autorizados por los administradores de la fábrica”; exigía “aceptar los descuentos en sus salarios para fiestas cívicas o religiosas
  • LEY DE SUELDOS

    LEY DE SUELDOS
    Se expidio un decreto por el gobernador Eulalio Gutiérrez que fijo los salarios mínimos en San Luis Potosí
  • LEY DE AGUSTIN MILLAN

    LEY DE AGUSTIN MILLAN
    Fue la primera que reconoció, en el estado de Veracruz, la legitimidad de las asociaciones obreras.
    -La facultad de asociarse estaba reconocida como un derecho natural del hombre.
    -Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas.
  • VERACRUZ Y YUCATAN

    VERACRUZ Y YUCATAN
    Veracruz y Yucatán a finales de 1916, presentan iniciativas de reforma al artículo 5. Se incluye la jornada máxima de 8 horas, la prohibición del trabajo nocturno industrial de la mujer y niño, así como el descanso semanal.
  • CONSTITUCION MEXICANA DE 1917

    CONSTITUCION MEXICANA DE 1917
    Artículo 123 que otorgaba el derecho al trabajador del Estado a jornada máxima, descansos y vacaciones, salarios, estabilidad laboral, derecho de asociación y de huelga
  • ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO

    ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO
    La Organización Internacional del Trabajo (en inglés ILO - International Labour Organization) es un organismo especializado de la ONU que tiene como objetivos: La promoción de la justicia social y el reconocimiento de las normas fundamentales del trabajo. La creación de oportunidades de empleo.
  • PRIMERA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN MEXICO

    PRIMERA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN MEXICO
    18 de agosto de 1931: Se crea la Primera Ley Federal del Trabajo. El Derecho del Trabajo nació con la Constitución de Querétaro del 5 de febrero de 1917. En la misma se consagraba este derecho, protegiendo a aquellas personas económicamente débiles
  • NUEVA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

    NUEVA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
    Regula el trabajo como derecho y deber social, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta, y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.