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El trabajo era una actividad impropia del ser humano, por lo que era desempeñado por esclavos.
En Roma existieron dispocisiones reguladoras del trabajo, encuadradas dentro del Derecho civil. -
Surgen los gremios que son grupos de artesanos dedicados a los mismos oficios y eran estos gremios los que regulaban las condiciones laborales de sus agremiados.
Las condiciones se basan en la emancipación al haber roto previamente las relaciones feudales de producción.
Son los tiempos de las relaciones de producción de un mercado simple. -
Rigen los principios de la doctrina liberal individualista fundada en la Teoría del Derecho natural y los derechos del ser humano.
Se deja al hombre en libertad para el campo laboral. Esto comprende dos situaciones muy grandes: la libertad de que escoja (sin trabas) con quien trabajar y la libertad de los medios de producción (o sea, ya no es dueño de estos).
El Derecho debe proteger el derecho a la libertad laboral del individuo, según la corriente de la época. -
En esta época se revoluionaron las formas de producción gracias a las invenciones tecnológicas. Una máquina podía sustituir a varios trabajadores, lo que modificó también las relaciones laborales y aumentó las relaciones de explotación de los trabajadores.
Es de destacar la doctrina económica del <<laissez faire, laissez passer>>, que sostenía la libertad económica entre capitalistas y trabajadores.
Por otro lado, el marxismo surge como una corriente de defrensa de los trabajadores. -
Durante los siglos XVIII y XIX, gracias al sistema económico liberal que empezó a surgir, la sociedad se polarizó en dos grupos irreconciliables: los capitalistas (dueños de los medios de producción) y los trabajadores (dueños de la fuerza de trabajo).
Nace en el siglo XX el Derecho Social.
Durante el siglo XIX, el Estado permaneció ajeno a las cuestiones laborales. -
Miguel Hidalgo y Costilla produjo en Valladolid (hoy Morelia) la abolición de la esclavitud, con lo que se reconocía un nuevo derecho en la Nueva España, el de la libertad. Este documento fue promulgado por el intendente Ansorena.
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Influida por dos tesis:
* Infraestructura fabril con apoyo del Estado (por Lucas Alamán
* Concurrencia libre iniciativa privada (por Luis Mora). -
Es el precedente inmediato de la Constitución de 1857.
Contenía una completa declaración de derechos, entre ellos varios correspondientes a las relaciones laborales. -
En sus artículos 4 y 5 consagraba las libertades profesional, industrial y del trabajo.
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<<De los cambios políticos>> (en latín).
El Papa León XIII promulgó esta encíclica, la primera con carácter social de la Iglesia Católica.
Apoyaba a los trabajadores en la formación de sindicatos e instaba a los patrones a regresar al camino de la fe. -
Sientan las bases para mejorar las condiciones laborales y sindicales de los trabajadores en México.
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Como resultado de la Revolución de 1910, la Constitución promulgada en 1917 modificó algunas formas laborales de los trabajadores mexicanos estableciendo en su favor derechos de protección y reivindicación.
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Nace la LFT, la cual regula las relaciones de trabajo a las que refiere el artículo 123 constitucional exclusivamente en su apartado A.