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La propiedad no es otra cosa que el derecho de gozar... Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad, es alterar la propiedad.
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El fin principal de esta teoría era conservar su propiedad, mediante la estructura de un parlamento, en la que no intervenían hombres sin riqueza ni tierra, ya que no tenían que defender.
Elevó la institución de la propiedad privada a categoría de Derecho Natural fundamental, de la vida en sociedad. -
Esta ley prohibió todas las instituciones del derecho colectivo del trabajo.
Proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones. -
Se dieron tres momentos importantes.
La edad heroica
La era de la tolerancia
El reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria. -
La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo NO constituían derechos de los trabajadores.
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Los trabajadores colocaron las banderas rojiblancas en los accesos a la minera y manifestaron que las autoridades se han negado a cumplir una serie de acuerdos para modificar el contrato colectivo a fin de que los empleados aumenten sus ingresos, por lo cual solicitaron la intervención de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
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El 1 de junio de 1906 estalló en el mineral de Cananea, Sonora, una huelga que se convirtió en un símbolo del movimiento obrero en los últimos años del Porfiriato.
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Más de 500 trabajadores de Puebla buscaron alcanzar derechos laborales y se reunieron dando lugar a una gran movilización en la que participaron más de 6 000 obreros poblanos y 800 provenientes de Tlaxcala.
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Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
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La facultad de asociarse estaba reconocida como un derecho natural del hombre.
Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas.
Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia. -
123 constitucional, XVI.
Derechos Colectivos
Agruparse, Huelga, Autoridades laborales.