Derecho civil 5 e1569023904789

Antecedentes del derecho civil

  • IUS CIVILE
    753 BCE

    IUS CIVILE

    El derecho civil (ius civile), fue el creado en la antigua Roma, para que se rigiesen por él los ciudadanos romanos. Trataba sobre el derecho que tenian los ciudadanos romanos entre si, basado en sus propias relaciones.
  • La Ley de las XII Tablas
    390 BCE

    La Ley de las XII Tablas

    Fue un texto legal que contenia normas para regular la convivencia del pueblo romano.
    en esta ley resalta la creacion de una division del derecho en publico y privado.
  • IUS GENTIUM
    242 BCE

    IUS GENTIUM

    El ius gentium rellenó el vacío jurídico existente frente a los extranjeros (llamados peregrinos), ya que los tratados con las ciudades extranjeras no otorgaba una protección a las mismas, de este modo, los extranjeros no eran regulados por el ius civile (derecho civil).Se basaba en las relaciones existenciales entre los ciudadanos romanos y el resto del pueblo
  • Period: 476 to 1492

    Edad media

    Durante la caida del imperio romano, los derechos que surgieron en el derecho romano, fueron acogidos por los pueblos barbaros.
    se penso que al ser este derecho acogido daria como resultado la extincion del derecho romano.
  • Period: 1200 to 1500

    Surgieron los Postglosadores

    surgieron los postglosadores, es decir; A los glosadores sucedió otra escuela de juristas a quienes se llamó "posglosadores", por ser discípulos de los primeros,
  • El derecho civil en la edad moderna
    1492

    El derecho civil en la edad moderna

    En la Edad Moderna, el Estado se convierte en el Estado absoluto que tiende a que su Derecho nacional sea el exclusivo o predominante. De ahí que el Derecho civil, entendido como Derecho romano, sufra un gran eclipse, si bien ello ya estaba preparado desde finales de la Edad Media por la crítica a que se somete: las fuentes que se manejaban -se dice- no son genuinas; las glosas y comentarios a los textos romanos eran cada vez más contradictorios y más abundantes;
  • Se promulgo el codigo de napoleon

    Se promulgo el codigo de napoleon

    El código que de manera sobresaliente recogió las exigencias, que fueron concebidas a partir de la Ilustración, sobre la forma que debía tener un cuerpo legislativo moderno, fue el Code Civil que promulgó Napoleón en 1804, razón por la cual también es conocido como Código de Napoleón. Este resultó ser el modelo que, por imitación o imposición, se expandió por los países europeos y americanos.
  • surge el Codigo civil

    surge el Codigo civil

    La codificación civil en México es un fenómeno, que da inicio en el siglo XIX, mediante el cual se da la creación y expedición de cuerpos legales que contienen un conjunto ordenado y sistematizado de normas jurídicas para regular el derecho civil mexicano.
  • El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

    El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

    Entró en vigor el 23 de marzo de 1976 y ha sido ratificado por 167 Estados ,es un tratado multilateral general que reconoce Derechos civiles y políticos, partes en el Pacto asumen la obligación, respecto de toda persona en su territorio o bajo su jurisdicción, de respetar y garantizar los derechos humanos
  • La protección de los menores desamparados en el derecho civil Catalán

    La protección de los menores desamparados en el derecho civil Catalán

    Fue adoptada el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España el 20 de diciembre de 1990. Este convenio considera fundamental que el niño esté con su familia de origen “como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros” y que “el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión”.
  • Modificación de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears

    Modificación de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears

    Repasamos las últimas modificaciones operadas en la Compilación de derecho civil de las Illes Balears a través de la reciente Ley 7/2017, de 3 de agosto, y vigente desde el día 6. Entre otras novedades, se elimina el efecto de pérdida de legítima solo en los casos donde la separación matrimonial es simplemente “de hecho”.