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ANTECEDENTES DE DERECHO ECONÓMICO

  • CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ

    CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ
    Propiciaba un impulso a las actividades primarias, como la agrícola, la industria, comercio y una incipiente protección a la propiedad intelectual.
  • CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN

    CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN
    Las grandes haciendas y una mano de obra campesina e indígena, pero católica, configuraban el escenario de un país que comenzaba a pugnar por convertirse en un estado independiente.
  • CONSTITUCIÓN DE 1824

    CONSTITUCIÓN DE 1824
    1. Compete a los estados de la federación el fortalecimiento y la protección de las actividades agrícolas, industriales y comerciales.
    2. Reconoce la propiedad de tierras y aguas inmersas en el territorio mexicano
    3. Faculta al ejecutivo a expropiar propiedades privadas por causa de utilidad público, previa indemnización y aprobación del senado; y
    4. El poder ejecutivo tiene facultades presupuéstales.
  • CONSTITUCIÓN DE 1836

    CONSTITUCIÓN DE 1836
    Se restringió el derecho de ciudadanía a los propietarios, las elecciones, la administración de la hacienda pública y la milicia.
    A las juntas departamentales se les concedió en materia económica, la facultad de iniciativa de leyes referidas a impuestos, educación pública, industria, comercio y administración municipal.
  • LAS BASES DE ORGANIZACIÓN POLITICA DE LA REPÚBLICA MEXICANA

    LAS BASES DE ORGANIZACIÓN POLITICA DE LA REPÚBLICA MEXICANA
    Se caracteriza por preservar logros legislativos como: la abolición de la esclavitud, la libertad de imprenta y de opinión, la seguridad personal, la inviolabilidad de la propiedad y el domicilio.
    También el ejecutivo recobra control sobre los ingresos del estado y este mismo es el encargado de conducir las políticas de comercio exterior.
  • CONSTITUCIÓN DE 1857

    CONSTITUCIÓN DE 1857
    1. El art. 27 constitucional era suficiente para el proceso de expropiación y reparto equitativo de tierras; permitía profundizar las leyes de reforma, en el sentido de establecer la incapacidad, tanto de las corporaciones civiles y eclesiásticas para adquirir bienes raíces, como de las sociedades anónimas, civiles y comerciales.
    2. Se pretendía combatir eficazmente los monopolios.
    3. Entregar al legislativo federal la capacidad de expedir leyes en materia laboral.
  • LOS PROYECTOS ECONOMICOS DE ANDRÉS MOLINA ENRÍQUEZ Y PASTOR ROUAIX

    LOS PROYECTOS ECONOMICOS DE ANDRÉS MOLINA ENRÍQUEZ Y PASTOR ROUAIX
    Andres Molina, fue uno de los grandes intelectuales en el proceso de favorecimiento de los sectores más vulnerables del país.
    La labor en materia agraria de Rouaix fueron decisivas a favor de acabar con los grandes rezagos que se habían heredado del régimen porfirista, fue fundamental su participación en el impulso redactor de los artículos 5, 27 y 123 constitucional de 1917.
  • LEY AGRARIA 1915

    LEY AGRARIA 1915
    Venustiano Carranza, emitió el decreto que declaraba nulas todas las enajenaciones de tierras, aguas y montes pertenecientes a los pueblos otorgadas en contravención a lo dispuesto en la ley de 25 de junio de 1856
  • CARTA DE QUERETARO 1917

    CARTA DE QUERETARO 1917
    El Derecho Económico adquiere relevancia constitucional, en sí, los antecedentes económicos están en esta constitución, pues es la que faculto al estado para planificar en forma concentrada e indicativa el desarrollo de económico y social de México, y ya estaba implícito el principio de la rectoría económica del Estado.
  • ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL

    ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL
    Recoge las aspiraciones de los trabajadores: mineros, textileros, industriales, ferrocarrileros y de comercio, desarrolla los siguientes puntos:
    1. El trabajo como derecho y deber social.
    2. La relación jurídica laboral.
    3. Los sujetos de las relaciones individuales y colectivas del trabajo.
    4. Las condiciones de trabajo..
    5. La jornada de trabajo.
    6. El trabajo de los menores y las mujeres.
    7. La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.
    Entre otros.
  • ETAPA DE CREACIÓN DE INSTITUCIONES

    ETAPA DE CREACIÓN DE INSTITUCIONES
    Comienza una etapa de notable creación institucional política y económica, para lograr una transformación de las condiciones de la vida social mexicana.
    Se crea, el Banco Centra y de la Banca de Desarrollo; y el Banco de México.
  • ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL

    ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL
    Fue denominado el artículo sobre la tierra, en la medida que permite a la nación imponer limitaciones a la propiedad privada en en función del interés público y los derechos patrimoniales de este art. son:
    1. La propiedad de las tierras y aguas del territorio nacional corresponden originariamente a la nación.
    2. El régimen de expropiación.
    3. La propiedad privada esta subordinada al interés social.
    4. La prohibición de los latifundios.
    Entre otros.
  • CARTA DE WEIMAR

    CARTA DE WEIMAR
    La primera constitución en el mundo que hace alusión a disposiciones relacionadas con los derechos sociales asistencias, concretamente a la seguridad social.
  • JUSTUS WILHELM HEDEMANN

    JUSTUS WILHELM HEDEMANN
    Para el Derecho Económico es una simple manera de enfocar y apreciar los problemas Jurídicos de la época; en 1939 al publicar la segunda edición de su obra, dice que este viene a ser el derecho de la economía política.
  • LA CREACIÓN DE LA ASIGNATURA “DERECHO ECONÓMICO” EN EL PLAN DE ESTUDIOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNAM

    LA CREACIÓN DE LA ASIGNATURA “DERECHO ECONÓMICO” EN EL PLAN DE ESTUDIOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNAM
    La transformación de las instituciones políticas, económicas y sociales también trascendió en el ámbito académico, pues se incorporo en el plan de estudios la asignatura con carácter obligatorio "Derecho Económico"
  • LA INCORPORACIÓN DEL CAPÍTULO ECONÓMICO EN LA CPEUM

    LA INCORPORACIÓN DEL CAPÍTULO ECONÓMICO EN LA CPEUM
    Miguel de Madrid propuso modificaciones a los artículos:
    Art. 25 Establecer un sistema nacional de planeación que permitiera fomentar el desarrollo del país.
    Art. 27 Definir el concepto de desarrollo rural y establecer las bases para hacer expedita la justicia agraria.
    Art. 28 Fortalecer la capacidad del Estado para combatir las formas de concentración económica.
    Art. 73 Atribuir al Congreso del la Unión facultades expresas para legislar en materia de planeación nacional de desarrollo.
  • LA CRISIS ECONÓMICA Y EL CAMBIO DE MODELO ECONÓMICO

    LA CRISIS ECONÓMICA Y EL CAMBIO DE MODELO ECONÓMICO
    Devaluaciones monetarias, rápido crecimiento de la inflación, crisis de la deuda externa, estancamiento económico, crecimiento del desempleo, elevación del déficit del sector publico, etc.
    Crisis política y económica que provocaría profundos cambios estructurales en todos los ámbitos, y el jurídico no fue la excepción.
  • SE REFORMO LA CONSTITUCIÓN

    SE REFORMO LA CONSTITUCIÓN
    En esta reforma se señalo lo que es un derecho económico y doto de un claro mandato social al sistema de economía mixta.
    En si la reforma solo se desplegaron y actualizaron los principios existentes.
  • EL INGRESO AL GATT EN PROYECCIÓN A UNA ECONOMÍA DE MERCADO ABIRTA

    EL INGRESO AL GATT EN PROYECCIÓN A UNA ECONOMÍA DE MERCADO ABIRTA
    Loa párrafos 3, 4 y 5 del Protocolo de Adhesión, se refirieron a:
    Se reconoció el carácter prioritario que México concedía al sector agrícola en sus políticas económicas y sociales.
    Se reconoció la intención que tenia México de aplicar su Plan Nacional de Desarrollo y sus programas sectoriales y regionales.
    Se reconoció el derecho de mantener ciertas restricciones a la exportación relacionadas con la conservación de los recursos naturales en el sector energético.
  • PRIVATIZACIÓN Y REGULACIÓN ECONÓMICA

    PRIVATIZACIÓN Y REGULACIÓN ECONÓMICA
    En este proceso de privatización y regulación económica se relega al estado de la rectoría económica.
  • LOS DERECHOS RESERVADOS CONSTITUCIONALES EN EL TELECAN

    LOS DERECHOS RESERVADOS CONSTITUCIONALES EN EL TELECAN
    Entro en vigor el TLCAN de América del Norte, trato que contiene 22 capítulos y dos acuerdos paralelos en materia laboral y ambiental.
  • SE REFORMO EL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL

    SE REFORMO EL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL
    Esta reforma permitió la entrada de inversión extranjera o local en transporte, almacenaje, distribución de petróleo y gas natural, esta normativa permitió a los inversionistas privados construir, operar y poseer gaseoductos, almacenajes y una libre concurrencia en la venta y obtención de gas natural.
  • EL PACTO POR MÉXICO

    EL PACTO POR MÉXICO
    se pretendía impulsar cinco acuerdos específicos: para una sociedad de derechos y libertades, para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad; para la seguridad y la justicia; para la transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción; y, para la gobernabilidad democrática.
  • LA REFORMA EN TELECOMUNICACIÓNES

    LA REFORMA EN TELECOMUNICACIÓNES
    Se crean dos organismos encargados de la legislación de competencia, con el rango de órganos constitucionales autónomos y con función competencial propia, en razón de su materia: COFECE y IFETEL