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  Nemqueteba: Dios mitológico de la Salud Ocupacional en el pueblo Chibcha, le enseño a su pueblo a trabajar el oro, cultivar la tierra, tejer y fabricar ollas en barro y el manejo seguro de las herramientas de trabajo.
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  Cristóbal Colon llega a America junto con los europeos y se produce la mezcla de blancos, negros e indígenas, surge un cambio de costumbres, llegan enfermedades que no existían, inicia una distribución del trabajo.
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  Se produce una epidemia de viruela, mueren mas de 15.000 indígenas y se funda el primer hospital en America.
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  Se determina que los trabajadores no podían laborar a más de 10 leguas de su vivienda.
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  Se obliga a curar a los trabajadores que sufrieran enfermedades o accidentes en el trabajo.
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  Se realiza la Expedición Botánica (Mutis y Humbolt) y se recolecta información acerca de la utilización de plantas como medicamentos.
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  La salud y seguridad cumple un papel importante al fomentar la atención a los enfermos y lesionados como consecuencia al uso de las armas y la guerra.
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  Rafael Uribe Uribe pide que se indemnicen a los trabajadores que se accidentaron en el trabajo.
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  El congreso aprobó la Ley 57 de 1915 donde se obliga a las empresas a prestar asistencia médica y farmacéutica a los trabajadores, además de pagar indemnizaciones a aquellos a los que tuvieran incapacidad o muerte y pagar los gastos funerarios en el último caso, que sea como consecuencia a la labor que realizaban.
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  Se creo la Oficina de Medicina Laboral con el fin de evaluar las indemnizaciones de acuerdo a las evaluaciones de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
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  Se establece la legislación laboral, donde se habla de los riesgos del trabajo.
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  Ley 53 de 1938, se otorga protección a la mujer embarazada (se dan 8 semanas de licencia remunerada en la época del parto).
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  Se funda la Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo y se crea el Seguro Social de acuerdo a la Ley 90 de 1946.
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  Inicia la prestación de servicios del Instituto de Seguro Social operando únicamente con los seguros de enfermedad general y maternidad.
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  Se adopta la primera tabla de enfermedades profesionales, además se categorizan las incapacidades (temporal, permanente parcial, permanente total y gran invalidez); se determinan las prestaciones a las cuales tiene derecho un trabajador accidentado o enfermo a causa del trabajo; se establece la tabla de evaluación de incapacidades producidas por accidentes de trabajo.
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  Se desarrolla en el Ministerio de Salud un plan de salud ocupacional, como consecuencia a los estudios epidemiológicos sobre enfermedades laborales.
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  Se crea la entidad CONALPRA, que años más tarde se convertiría en el Consejo Nacional de Seguridad (CCS).
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  Se forma la División de Salud Ocupacional en el Ministerio de Trabajo, la cual tuvo como misión la prevención y control de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
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- División de la Salud Ocupacional del Ministerio del trabajo
 - Grupo de Salud Ocupacional del INPES del Ministerio de Salud
 - Sección de Salud Ocupacional del Instituto de Seguros Sociales.
 
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  Se sustituye la Ley 90 de 1946 por el Decreto Ley 0433 de 1971 el cual hizo un enfoque universal del Seguro Social.
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  El Ministerio de Protección Social emite la Ley 9 de 1979 (Código Nacional Sanitario) donde se establecen norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones; adicionalmente se emite la Resolución 02400 en las cuales se establecen disposiciones de higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.
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  El ministerio de Protección Social expide el Decreto 614 de 1984 por el cual se determinan las bases para la organización y administración de olas salud ocupacional en Colombia.
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  Se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de salud ocupacional en los lugares de trabajo mediante la Resolución 02013 de 1986 expedida por el Ministerio de Protección Social.
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  El Ministerio de Protección Social Expide la Resolución 1010 de 1989 por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en Colombia.
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  Constitución Política de Colombia 1991. Se consagra en el Artículo 25 el derecho al trabajo como una obligación, social y goza de protección del estado; toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas. En el Artículo 49 se establece que se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección, y recuperación de la salud, con principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.
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  El Ministerio de Protección social expide la Ley 100 de 1993: Ley de Seguridad Social, por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral.
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  El Ministerio de la Protección Social determina las siguientes disposiciones: la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, mediante el Decreto ley 1295 de 1994; Decreto 1281 de 1994 se reglamentan las actividades de alto riesgo; Decreto 1772 de 1994 se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales.
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  Se reglamenta la expedición de licencias de salud ocupacional para personas naturales y jurídicas mediante la Resolución 2318 de 1996 expedida por el Ministerio de Protección Social.
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  El congreso de la Republica dicta normas sobre la organización, administración y prestaciones del sistema general de riesgos laborales mediante la Ley 776 de 2002.
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  El Ministerio de Protección Social Reglamenta el trabajo en alturas mediante la Resolución 3673 de 2008.
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  2009 Se adopta la tabla de enfermedades profesionales en el Decreto 1918 de 2009 expedido por el Ministerio de Protección Social.